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Subvenciones nominativas del Instituto Balear de la Mujer

El objeto del procedimiento es tramitar las diferentes subvenciones a entidades de naturaleza pública y privada contempladas en el presupuesto del Instituto Balear de la Mujer, para financiar diferentes actuaciones y servicios.

Código SIA

2983105

Personas destinatarias

- Congregación de Germanas Oblates del Santísimo Redentor

- Universitat de les Illes Balears

- Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca

- Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca

- Cambra Oficial de Comerç, Indústria, Serveis i Navegació d'Eivissa i Formentera

-Médicos del Mundo.

-Cruz Roja Española

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a contar de la fecha de entrada de la solicitud al Instituto Balear de la Mujer

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Trámites

X

Solicitud de la subvención

Requisitos

1. Ser una entidad destinataria de una subvención nominativa de las previstas en el presupuesto vigente del Instituto Balear de la Mujer.

Documentación a presentar

- Solicitud de subvención

- Proyecto de actividad o servicio por el cual se solicita la subvención

- Presupuesto de la actividad o servicio

- Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos para recibir subvenciones

- Declaración responsable sobre la recepción otras fuentes de financiación

- Declaración sobre la veracidad de los datos bancarios

Modelos:

Plazo máximo

No hay

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

(ibdona@ibdona.caib.es)

X

Justificación Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca

Requisitos

Sólo se entenderán justificadas las actividades realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024 (ambos incluídos).

La justificación se tiene que hacer a través de una cuenta justificativa, con el desglose siguiente:

1. Una MEMORIA DE ACTUACIÓN que debe contener: las actividades llevadas a cabo, los resultados lorgrados y un listado de usuarias del servicio, con especificación de las que han finalizado el proceso de asesoramiento y de cómo lo han acabado: con plan de empresa, alta de autónoma o constitución de la sociedad. Esta memoria se tiene que confeccionar de acuerdo con el modelo adjunto.

- A la memoria de actuación se tiene que acompañar un bloque documental que contenga una ficha de atención por cada mujer usuaria del servicio. Cada ficha tiene que ser firmada por cada una de las usuarias y por el/la profesional de la Cámara que lo atienda, donde consten los servicios solicitados y los que la Cámara acabe finalmente prestándole. Se tiene que presentar ordenada de acuerdo con el listado del apartado anterior.

2. Una MEMORIA ECONÓMICA, que tiene que incluir una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, la fecha de emisión y, en su caso, la de pago. Esta memoria se tiene que confeccionar de acuerdo con el modelo adjunto.

- A la memoria económica se tiene que anexar un bloque documental que tiene que contener:

a) Las facturas de los gastos vinculados al objeto de la subvención, con fecha y número de la factura, datos del expedidor, del destinatario, importes con los tributos desglosados y descripción detallada del servicio o producto prestado, que permita vincularla.

b) En relación con los gastos laborales, el modelo 190 del AEAT y las nóminas de los trabajadores en cuanto a las retribuciones, y los modelos de RLC y RNT (antiguos TC1 y TC2) de la TGSS en cuanto a las cuotas de la Seguridad Social.

c) Los documentos acreditativos del pago de los gastos e inversiones anteriores, con la fecha de pago y la identificación del ordenante y del beneficiario.

3. Un CERTIFICADO DEL SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA que acredite que se han imputado al objeto de la subvención los gastos señalados.

Documentación a presentar

1. Memoria de actuación según el modelo publicado en esta sede electrónica.

2. Bloque documental adjunto a la memoria de actuación.

3. Memoria económica según el modelo publicado en esta sede electrònica.

4. Bloque documental adjunto a la memoria económica.

5. Certificado del Secretario General de la Cámara

Modelos:

Plazo máximo

15/11/24

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

(ibdona@ibdona.caib.es)

Observaciones

Las memorias de actuación y económica, así como el certificado del secretario general, se tienen que presentar de forma telemática, en tres archivos electrónicos, uno por cada memoria y otro por el certificado.

Los bloques documentales anexos a las memorias se tienen que presentar en dos archivos electrónicos, uno por cada bloque documental.

Por razones técnicas justificadas, si no fuera posible presentar los bloques documentales del párrafo anterior en el formato indicado, se acepta que se presenten en papel a una oficina de asistencia en materia de Registro.

X

Justificación de la Cámara Oficial de Comercio de Menorca y de la Cámara Oficial de Comercio de Ibiza y Formentera

Requisitos

Sólo se entenderán justificadas las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024.

La justificación se deberá hacer a través de una cuenta justificativa SIMPLIFICADA, con el desglose siguiente:

1) Una MEMORIA DE ACTUACIÓN que debe contener: Las actividades llevadas a cabo, los resultados logrados y un listado de usuarias del servicio, con especificación de las que han finalizado el proceso de asesoramiento y de cómo lo han acabado: con plan de empresa, alta de autónoma o constitución de la sociedad. Esta memoria se tiene que confeccionar de acuerdo con el modelo adjunto.

2) Una MEMORIA ECONÓMICA, que tiene que incluir una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago. Esta memoria se tiene que confeccionar de acuerdo con el modelo adjunto.

3) Un CERTIFICADO DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA CÁMARA que acredite que se han imputado los gastos señalados al objeto de la subvención.

Dado que el método de justificación es simplificado y que establece un sistema de comprobación a través de técnicas de muestreo, la beneficiaria de la subvención está obligada a conservar, custodiar y tener a disposición del Instituto Balear de la Mujer, la siguiente documentación:

a) Una ficha de atención para cada mujer usuaria del servicio, firmada por ella y por el o la profesional de la Cámara que lo atienda, donde consten los servicios solicitados y los que la Cámara acabe finalmente prestándole.

b) Los planes de empresa completos que las usuarias hayan elaborado, una copia auténtica de las altas como autónomas o de las escrituras de constitución de sociedad.

c) Las facturas de los gastos vinculados al objeto de la subvención, con fecha y número de la factura, datos del expedidor, del destinatario, importes con los tributos desglosados y una descripción detallada del servicio o producto prestado, que permita vincularla.

d) En relación a los servicios subcontratados, las facturas correspondientes, con los mismos ítems descritos en el apartado anterior y, si procede, el contrato correspondiente.

e) Cuando los gastos o servicios subcontratados superen la cuantía establecida por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, para el contrato menor, el beneficiario tiene que solicitar tres ofertas a diferentes proveedores de acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley general de subvenciones.

f) En relación con los gastos laborales, el modelo 190 del AEAT y las nóminas de los trabajadores en cuanto a las retribuciones, y los modelos TC1 y TC2 de la TGSS en cuanto a las cuotas de la Seguridad Social.

g) Los documentos acreditativos del pago de los gastos anteriores, con la fecha de pago y las identificaciones del ordenante y el beneficiario.

Documentación a presentar

1) Memoria económica según el modelo que encontrará publicado en esta sede electrónica.

2) Memoria de actuación según el modelo que encontrará publicado en esta sede electrónica.

3) Certificado de la Secrecretaria General de la Cámara.

Modelos:

Plazo máximo

15/11/24

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

(ibdona@ibdona.caib.es)

Observaciones

La cuenta justificativa se tiene que presentar de manera telemática, en tres únicos archivos electrónicos, con un archivo por cada memoria y anexos correspondientes.

La documentación que se solicite para hacer el muestreo se tiene que librar en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente que se notifique el requerimiento. Se tiene que librar ordenada e indexada, en un solo archivo electrónico por tipo documental.

Por razones técnicas justificadas, si no fuera posible la presentación telemática por el registro electrónico, se acepta la presentación en papel a una Oficina de Asistencia en materia de Registro.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Finalidad

Tramitar los procedimientos de concesión y justificación de las subvenciones nominativas del Instituto Balear de la Mujer.

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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