Convocatoria SOIB Formación DUAL Centros Propios
1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para financiar el programa SOIB Dual Centros Propios en sectores estratégicos, para el periodo 2019-2020, programa de formación dual dirigido a las empresas incluidas dentro de las actividades económicas de los sectores de la agricultura ecológica, industriales (náutica, calzado, mueble, bisutería, energías renovables y eficiencia energética, química, etc.) de TIC, comercio, turismo y hostelería (sólo cocina, recepción y alojamiento) para la mejora de la empleabilidad, la calificación y la inserción profesional de los jóvenes de hasta 30 años y que se encuentren en situación de paro.
2. Los participantes obtendrán su calificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo a través del contrato para la formación y el aprendizaje, de acuerdo con lo que establece el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el cual se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
Código SIA
1778909
Personas destinatarias
1. En el marco de esta convocatoria se tienen que presentar de forma agrupada las entidades siguientes:
Centros de formación propios del SOIB inscritos o acreditados en el Registro de centros y entidades de formación de ámbito estatal en las especialidades formativas que se tienen que impartir en el marco de los contratos de formación y aprendizaje a suscribir.
Empresas con personalidad jurídica propia que se comprometan a contratar trabajadores con la modalidad de contrato de formación y aprendizaje la actividad de las cuales esté directamente relacionada con el sector de la especialidad formativa a través de la cual presenta la solicitud de subvención y que tengan centros de trabajo radicados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Estas empresas tendrán que tener en su organización uno área o un puesto de trabajo que desarrolle las competencias de la formación que se ha programado por los contratos de formación y aprendizaje que se comprometan a formalizar.
2. Obligatoriamente las empresas y los centros de formación, tienen que presentarse agrupadas en el marco de lo que dispone el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Las entidades anteriores tienen que hacer constar en la solicitud los compromisos de ejecución de cada una; así como, el importe de la subvención que hay que aplicar a cada uno de ellos. Tienen que nombrar a uno/a representante único/a de la agrupación con poderes suficientes para cumplir las obligaciones, que como beneficiario, corresponden a la agrupación. Cada uno de los miembros de la agrupación tendrá la consideración de beneficiario/aria de la subvención.
El convenio suscrito entre las empresas y la entidad de formación tiene que determinar la obligatoriedad de que, en caso de que una de las empresas cause baja o renuncïi de la subvención antes del inicio de la actividad, las otras empresas que forman parte de la agrupación tienen que asumir a los alumnos de la empresa renunciando.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones es de tres meses, a contar desde el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Documentos relacionados con el procedimiento
- Convocatòria
- Modificació convocatòria
- Protocol de gestió SOIB CENTRES PROPIS
- Full d'assistència diària
- Calendari detallat
- Annex III Planificació didàctica
- Annex IV Programació didàctica CP
- Annex V Planificació de l'avaluació de l'aprenentatge
- Annex VI Informe d'avaluació individualitzat - Document actualitzat dia 28/11/2019
- Annex VII Acta d'avaluació - Document actualitzat dia 4/12/2019
- Model de prova d'avaluació
- Intorme tutor/a DUAL
- Memòria final justificativa actuacions
- Qüestionari d'avaluació de la qualitat de l'activitat formativa
- Qüestionari d'avaluació de la qualitat de l'activitat laboral
- Qüestionari per a l'empresa
-
Resolució del conseller de Treball, Comerç i Indústria i president del SOIB, per la qual es modifica la Resolució del conseller de Treball, Comerç i Indústria i president del SOIB, de 24 d'agost de 2018 per la qual s'aprova convoc
Modificació resolució