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Subvenciones 2023 para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Maritimoterrestre del Archipiélago de Cabrera con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

La finalidad de estas ayudas es contribuir a la consecución del Objetivo 69, perteneciente al Componente 4 Inversión 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante la financiación de actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque nacional de Cabrera dirigidas especialmente a impulsar la ocupación, la economía verde y el emprendimiento vinculado a nuevas actividades sostenibles ligadas a la dinamización del entorno de los Parques nacionales españoles y la integración de usos y actividades locales, siempre en relación con iniciativas vinculadas a la conservación de la biodiversidad.

Código SIA

3013456

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas siguientes:

a) Entidades locales:

i. Los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera (Palma y Ses Salines).

ii. Las entidades de carácter supramunicipal de las cuales forme parte uno o varios de estos ayuntamientos y hayan sido creadas por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias en materia de régimen local.

b) Entidades empresariales:

i. Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, la sede social de las cuales esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera y la actividad principal de la cual se desarrolle en esta.

ii. Los empresarios individuales o autónomos en los supuestos siguientes:

1. Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera.

2. Cuando residan en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera y pretendan implantar su actividad.

3. Cuando no residan en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera pero lleven a cabo en el interior del Parque actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que estas actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de este Parque Nacional.

c) Personas físicas: las personas físicas residentes y empadronadas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera.

d) Instituciones sin afán de lucro :

i. Las fundaciones y asociaciones sin afán de lucro legalmente constituidas y la sede local de las cuales, o sus secciones o delegaciones, radiquen en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera, a condición de que entre sus finalidades estatutarias figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio historico-artístico o de promoción de la cultura tradicional.

ii. Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

e) Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables, entre las que se incluyen las cofradías de pescadores, y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Los interesados pueden presentar hasta un máximo de 3 solicitudes. La actuación que se proponga en cada solicitud de subvención tiene que corresponderse con un proyecto unitario, y no se admitirán actuaciones sin coherencia territorial o funcional, ni las que no estén relacionadas entre sí.

En el caso de presentarse más de una solicitud, los proyectos presentados tienen que ser de líneas de subvención diferentes, y no se admitirán proyectos divididos en dos o más solicitudes.

En caso de presentarse más de una solicitud, cada una se tiene que presentar separadamente del resto de solicitudes, de tal manera que cada solicitud disponga de un número de registro de presentación o de origen independiente.

Pueden ser objeto de subvención todas las actuaciones y proyectos que se ejecuten en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera y que estén incluidos en alguna de las líneas de actuación previstas en el art. 10 de las bases reguladoras, en consonancia con alguna de las líneas de actuación que, sobre la conservación de la biodiversidad terrestre y marina, se incluyen en la Inversión 2 del Componente 4 del PRTR y descritas en el art. 2.1 de las bases reguladoras.

Los proyectos subvencionables tienen que ser de un importe mínimo de:

- 30.000 €, en el caso de proyectos presentados por entidades locales.

- 5.000 €, en el caso de proyectos presentados por entidades empresariales (Pymes, y empresarios o empresarias individuales o autónomos).

- 5.000 €, en el caso de proyectos presentados por personas físicas, instituciones sin afán de lucro y entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables.

Las actuaciones objeto de financiación pueden haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2022 y tienen que haber finalizado antes del 1 de julio de 2025. En todo caso, los beneficiarios tienen que indicar expresamente en la solicitud la fecha de inicio del proyecto subvencionado.

Estas ayudas quedan sujetas al régimen de minimis, y les son de aplicación, en consecuencia, los diferentes reglamentos, generales y sectoriales, de la UE relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Documentación a presentar

- Modelo de solicitud (Anexo II), debidamente rellenado y firmado.

- Documentación administrativa y técnica que se establece en el capítulo III de las bases reguladoras (art. 14 y 15) y siguiendo las instrucciones del apartado séptimo de la convocatoria.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Aportación de documentación complementaria a la solicitud

Requisitos

Sólo en caso de tener que aportar más de 10 documentos se puede utilizar este trámite para aportar la documentación restante. Indicad la solicitud a la cual remite la documentación.

Documentación a presentar

Aportación de documentación complementaria a la solicitud

Plazo máximo

30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Haber recibido un requerimiento de subsanación de deficiencias de la solicitud

Documentación a presentar

Documentación administrativa y técnica del requerimiento

Plazo máximo

10 días hábiles

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Alegaciones en trámite de audiencia

Requisitos

No estar de acuerdo con la propuesta de resolución

Documentación a presentar

Plazo máximo

10 días hábiles

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Desistimiento de la solicitud o renuncia al derecho

Requisitos

Haber presentado una solicitud o ser beneficiario de una subvención

Documentación a presentar

Tiene que ajustarse al modelo oficial (Anexo 3)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días hábiles

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Justificación del gasto de la subvención

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención y haber ejecutado el proyecto

Documentación a presentar

La justificación se tiene que ajustar al modelo oficial (Anexo 4A y Anexo 4B)

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

3 meses desde la fecha de la finalización de la ejecución del proyecto

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Comunicación de inicio de actividades

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención

Documentación a presentar

Plazo máximo

Mínimo de 15 días antes del inicio de las actividades.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

X

Otras comunicaciones

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención.

Documentación a presentar

Plazo máximo

-

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Proyectos de Espacios Naturales

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).

(cderoque@dgmambie.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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