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Ayudas para fomentar el deporte inclusivo, año 2023 - Equipos femeninos y mitxos de categoría nacional

Facilitar la práctica deportiva a todas las personas, independientemente de la edad, la situación social, física o económica, entendiendo esta práctica como un elemento generador de bienestar personal, de integración y de igualdad

Líneas de ayudas:

a. Ayudas a proyectos de integración y/o reinserción social y proyecto de deporte adaptado de personas a través de la práctica deportiva.

b. Ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos femeninos y mixtos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional absoluta que figuran a la mesa del punto 2.3 de esta convocatoria, durante la temporada deportiva 2022/2023.

Código SIA

2986305

Personas destinatarias

a. Las entidades privadas sin ánimo de lucro , que tienen que estar inscritas como entidades prestamistas de servicios sociales y, si procede, como servicios, en la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, que tengan su sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

b. Los clubes deportivos, entidades con secciones deportivas y fundaciones inscritas o anotadas al Registro de las Entidades deportivas de las Islas Baleares.

c. Se excluyen de esta línea de ayuda las entidades siguientes:

- Entidades que, de acuerdo con sus estatutos, adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora, o en todo caso sean una unión de asociaciones (artículo 3 f de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).

- Federacions esportives de les Illes Balears, delegacions territorials de les federacions espanyoles i agrupacions esportives.

- Fundacions que, d'acord amb l'escriptura de constitució, tinguin com a fundadores persones jurídiques de naturalesa pública.

Excepcionalmente, los clubes deportivos inscritos en el Registro de las Entidades Deportivas de las Islas Baleares podrán presentar proyectos con el objeto de recuperación o rehabilitación funcional, intermediando la practica de la modalidad deportiva que tienen reconocida e inscrita.

Pueden ser beneficiarios de las ayudas a equipos femeninos y mixtos los clubes con equipos participantes a competiciones de las

(Consultado listado en la convocatoria)

Restan excluidas de esta convocatoria las categorías deportivas profesional de fútbol y de baloncesto.

También podrán ser beneficiarios de las ayudas a equipos femeninos y mixtos los clubes con equipos femeninos que participen en ligas autonómicas oficiales de máxima categoría organizadas por federaciones deportivas autonómicas de España, siempre que las federaciones deportivas de las Islas Baleares no organicen ligas de este deporte o modalidad deportiva y siempre que estas no tengan carácter profesional.

Si durante el transcurso de la temporada deportiva se produce un cambio en el nombre de la competición deportiva, se entenderá que la competición se equivalente a la que aparece a la mesa con el nombre anterior.

Si un club con un equipo que participa a una competición nacional de un deporte que no aparece a la mesa anterior quiere solicitar esta subvención, tendrá que aportar la siguiente documentación:

Reglamento federativo de la competición, que tendrá que cumplir con las condiciones incluidas en estas bases.

Certificado de la federación nacional correspondiente, explicando el proceso mediante el cual el equipo solicitante a adquirido los derechos para participar a la competición correspondiente.

En caso de que un club presente la documentación anterior, una comisión técnica será la responsable de determinar emitiendo un informe técnico, si el equipo en cuestión se susceptible de recibir la subvención de ayudas a clubes de categoría nacional.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de 6 meses desde la finalización del periodo de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

El beneficiario de la ayuda es el encargado de hacer los trámites necesarios para presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, en el plazo establecido.

Número máximo de solicitudes:

b. A la línea de ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos femeninos y mixtos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional, durante la temporada deportiva 2022/2023, una solicitud por cada equipo que participio en competición de categoría nacional.

Documentación a presentar

Documentación general que se tiene que aportar:

a. Impreso de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.

- En caso de que el solicitante sea una entidad tiene que firmar la documentación un representante legal de esta.

- En el caso de que el solicitante sea una persona física podrá firmar el documento el solicitante, la persona autorizada por este o el representante legal.

b. Identificación del solicitante:

- En el caso de entidades fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad y fotocopia del DNI de la persona firmando de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en que actúa.

- En el caso de personas físicas fotocopia del documento oficial de identificación de la persona solicitante y de la persona autorizada o del representante legal, si procede.

c. Declaración responsable de la persona o entidad solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la ayuda, en conformidad con la normativa aplicable (incluido al impreso de solicitud, declaraciones responsables).

d. Declaración responsable de la persona o entidad solicitante de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud (incluido al impreso de solicitud, declaraciones responsables).

e. En el supuesto de que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal como dispone el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se puede obtener en la sede o en la página web de la Dirección general de Deportes.

f. Certificado de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. No se tiene que presentar ningún documento, puesto que el órgano instructor tiene que adjuntar de oficio este certificado.

g. Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social (puede autorizar la consulta al órgano instructor al impreso de solicitud).

h. Declaración responsable (incluida al impreso de solicitud, declaraciones responsables) en lo referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Social y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero de 2021) y en el punto 14 de esta convocatoria.

y. Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme (incluido al impreso de solicitud, declaraciones responsables).

Documentación específica de equipos femeninos y mixtos de categoría nacional:

a. Tríptico federativo (o documento análogo certificado por la federación) del equipo que presenta la solicitud. Este documento tiene que incluir como mínimo nombre, apellidos y cargo de los miembros (jugadores y técnicos) con licencia federativa de la plantilla del equipo para el cuál se presenta la solicitud.

Modelos:

Plazo máximo

20 días habiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares - Hasta día 8 de mayo de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

Observaciones

Teneis que adjuntar los modelos específicos correspondientes que constan en el apartado modelos a presentar, debidamente rellenados y firmados.

X

Acceptació/Renúncia

Requisitos

Notificadas las propuestas de resolución, tiene que comunicarse al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta en el plazo de 5 días habiles. En todo caso, se considera que la persona beneficiaria desiste de la propuesta de resolución si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Hasta día 20 de junio (Incluido)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

X

Alegaciones

Requisitos

Notificadas las propuestas de resolución mediante publicación. Hay un plazo de diez días habiles, para alegar lo que consideren oportuno.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Hasta 27 de junio de 2023 (Incluido)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

X

Cuenta justificativa

Requisitos

El pago de la subvención únicamente se puede hacer efectivo una vez justificada la actividad que se subvenciona.

Se consideran gastos subvencionables aquellas que se efectúen en los periodos siguientes:

- Clubes con equipos femeninos y mixtos de categoría nacional: el 1 de agosto de 2022 y el 15 de agosto de 2023.

Documentación a presentar

Los justificantes tienen que corresponder a gastos de actividades llevadas a cabo en el mencionado periodo, efectivamente pagadas hasta la fecha tope para justificar, a nombre del perceptor de la subvención y con todas las operaciones contabilizadas.

Las subvenciones que concede la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes se tienen que justificar mediante la presentación de la cuenta justificativa, de acuerdo con el artículo 39 del Decreto legislativo 2/2005.

Justificación de proyectos de inclusión o reinserción social y de deporte adaptado, y equipos femeninos y mixtos de categoría nacional

La cuenta justificativa que presente la entidad beneficiaria tiene que incluir los documentos siguientes:

a) Justificantes económicos del gasto efectuado, que tienen que consistir en las copias digitalizadas de las facturas y de los documentos acreditativos de los pagos correspondientes al importe de la totalidad de los gastos efectuados para la realización de la actividad subvencionada.

En la justificación se tiene que indicar claramente a qué actividad de las previstas al plan de actuación presentado corresponden los justificantes aportados, así como a qué conceptos del presupuesto previsto se refieren, llenando la casilla correspondiente de la cuenta justificativa.

Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otros subvenciones, habrá que indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una.

b) Memoria de la actuación, descriptiva del proyecto realizado, de acuerdo con el modelo de cuenta justificativa.

Modelos:

Plazo máximo

El último día para justificar las ayudas concedidas es el 31 de julio de 2023 (incluido).

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Consentimiento del interesado

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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