Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general con cargo a la asignación Tributaria de el 0,7% del IRPF para los años 2020 y 2021
El objeto de esta convocatoria es el establecimiento de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar los gastos derivados del funcionamiento de servicios y programas de atención social, de orientación, de valoración y de integración para el fomento de la inclusión social, así como de servicios de atención social dirigidos a personas y familias en riesgo de exclusión social mediante programas dirigidos a cubrir necesidades básicas.
Código SIA
2326220
Personas destinatarias
Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan programas de interés general e inscritas en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Asuntos Sociales
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Solicitud
Requisitos
Ver Convocatoria
Documentación a presentar
Las entidades interesadas que cumplan los requisitos establecidos en el punto 4 de esta convocatoria deben presentar una solicitud, de acuerdo con el modelo que consta como impreso 1, que tiene que firmar la persona representante legal de la entidad.
En la solicitud se debe adjuntar la siguiente documentación:
a) Una copia de los estatutos vigentes de la entidad debidamente inscritos en el registro correspondiente. En estos estatutos debe constar expresamente la realización de actividades, servicios o programas del ámbito social.
b) La acreditación de la representación de la persona que firma la solicitud (acuerdo de la asamblea general, apoderamiento, certificado de habilitación, etc.).
La entidad deberá presentar la documentación especificada en los puntos a) yb) siempre que no esté en poder de la Administración o no se pueda comprobar la información por técnicas telemáticas, según el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.
c) Una declaración responsable conjunta y firmada electrónicamente (impreso 2):
1. Una declaración responsable de que la entidad solicitante no se encuentra en ninguno de los supuestos de prohibición o incompatibilidad para percibir la subvención.
2. Una declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones; el artículo 20 de la Orden de la consejera de Salud, Familia y Bienestar Social de 24 de mayo de 2012; esta convocatoria; y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
3. Una declaración responsable de no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016 , de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
4. Una declaración responsable de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Con la firma de esta declaración se entenderá otorgado el consentimiento para pedir el certificado telemático justificativo de las obligaciones mencionadas; en caso de que la entidad no lo autorice, se debe aportar este certificado.
5. Una declaración responsable de no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias en los últimos tres años por faltas muy graves en materia de prevención de riesgos laborales de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
d) Una declaración responsable firmada electrónicamente de la veracidad de los datos bancarios aportados, tramitada válidamente, de acuerdo con el modelo aportado por la Dirección General de Servicios Sociales, excepto que la cuenta ya esté de alta en la Comunidad Autónoma que será suficiente con indicar donde se debe hacer el pago. La titularidad de la cuenta bancaria debe ser de la entidad solicitante de la subvención (impreso 3).
e) Un certificado firmado electrónicamente por el representante de la entidad en el que se haga constar la dirección de la sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.
f) Una declaración responsable firmada electrónicamente con respecto al impuesto sobre el valor añadido (IVA). La entidad deberá comunicar si está exenta de pagar el impuesto, si está sujeta a pagarlo, o bien si está sujeta a la regla de prorrata y el porcentaje correspondiente (impreso 4).
g) Una declaración responsable firmada electrónicamente en la que se haga constar que la entidad adquiere el compromiso de incorporar el personal voluntario incluido en el proyecto redactado (impreso 5).
h) Una declaración responsable firmada electrónicamente en la que se hace constar que la entidad aplica los criterios salariales según lo establecido en el apartado j de los criterios de valoración (impreso 4).
e) Las entidades que desarrollen proyectos que supongan un contacto habitual con menores deben presentar una declaración responsable firmada electrónicamente en que hagan constar que están en posesión de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todos los trabajadores afectados y que, en el caso de nuevas contrataciones, tendrán los certificados antes de incorporarlos a él (impreso 6).
j) Un proyecto técnico firmado electrónicamente mediante el modelo disponible en la web (impreso 7).
k) Una declaración responsable firmada electrónicamente por el representante de la entidad en la que se hagan constar los años de funcionamiento del servicio para el que se solicita la subvención (impreso 5).
l) Un certificado firmado electrónicamente por el representante de la entidad en el que se haga constar la dirección de los locales de que dispone la entidad para ejecutar el proyecto, con una indicación clara de los servicios que se llevan a cabo en cada local con la especificación de días y horarios (impreso 5).
m) Una declaración responsable firmada electrónicamente de no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda o financiación para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado (persona física o jurídica) o público, tanto nacional como extranjero, o bien, en de lo contrario, una relación de las entidades a las que se ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las que se ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida.
Las entidades que hayan presentado correctamente toda la documentación requerida en anteriores ediciones de esta convocatoria, pueden sustituir los documentos exigidos en los apartados a, b, d, e, por una declaración responsable firmada electrónicamente por la persona que acredite la representación de la entidad en la que conste el mantenimiento de las mismas condiciones (impreso 8).
Los técnicos de la Dirección General de Servicios Sociales pueden solicitar, además, toda la documentación complementaria que consideren necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
Con relación a la documentación que determinan los apartados anteriores, se comunicará a la Dirección General de Servicios Sociales cualquier modificación que se produzca durante el periodo subvencionado hasta que se presente la justificación final del proyecto.
La presentación de la solicitud supone que la entidad autoriza los técnicos de la Dirección General Servicios Sociales para que puedan pedir a otras administraciones cualquier documentación, los datos y los informes que consideren necesarios para tramitar el expediente.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las prescripciones contenidas en esta convocatoria y de toda la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Modelos:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de once días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Servicios Sociales
Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200
(serveissocials@dgsersoc.caib.es)
Justificación 2021
Requisitos
Ver convocatoria
Documentación a presentar
Plazo máximo
Antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente al de la ejecución de las actuaciones.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Servicios Sociales
Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200
(serveissocials@dgsersoc.caib.es)
Justificación 2022
Requisitos
Ver convocatoria
Documentación a presentar
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente al de la ejecución de las actuaciones.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Servicios Sociales
Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200
(serveissocials@dgsersoc.caib.es)
Aportació de documentació
Requisitos
Entitats que siguin destinatàries de la resolució de concessió.
Documentación a presentar
Qualsevol documentació que se vulgui aportar.
Plazo máximo
--
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Servicios Sociales
Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200
(serveissocials@dgsersoc.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Asuntos Sociales
Finalidad
Tramitación del procedimento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros salvo obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional