Inscripción de la constitución de una asociación en el Registro de asociaciones de las Illes Balears
Las asociaciones de carácter general sin finalidad de lucro y con ámbito de actuación en el territorio de la CAIB tienen derecho a solicitar su inscripción en el Registro de asociaciones de las Illes Balears, a únicos efectos de publicidad. La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las asociaciones y es garantía, tanto para los terceros que se relacionan como para sus propios miembros.
Las asociaciones de carácter general sin finalidad de lucro y con ámbito de actuación en el territorio de la CAIB tienen derecho a solicitar su inscripción en el Registro de asociaciones de las Illes Balears, a únicos efectos de publicidad. La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las asociaciones y es garantía, tanto para los terceros que se relacionan como para sus propios miembros.
Código SIA
2249901
Personas destinatarias
La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación la ha de presentar al menos uno de sus promotores, o su representante legal en caso de tratarse de personas jurídicas.
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses a contar desde la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para resolver.
Silencio administrativo
Positivo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento