Información sobre la liquidación de las comisiones bancarias del Contrato marco de Tesorería 2022.

El 10 de junio de 2022 la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores adjudicó las comisiones del Contrato marco de Tesorería de 2022, en los términos siguientes:

Tipo comisión Entidad adjudicataria 2022 2023 Total
Custodia CaixaBank 375.000 125.000 500.000
Cajamar 375.000 125.000 500.000
Santander 375.000 125.000 500.000
Abanca 375.000 125.000 500.000
Total comisión custodia 1.500.000 500.000 2.000.000
Servicios bancarios Abanca 10.000 20.000 30.000
Colonya 0 10.000 10.000
Total comisión servicios bancarios 10.000 30.000 40.000
 Total 1.510.000 530.000 2.040.000

 

Esta distribución es la que establece la cláusula 40 del Pliego de cláusulas particulares que rige la contratación:

 

Ejercicio Periodo a liquidar Comisiones servicios bancarios Comisiones custodia
2022 1r periodo 1/3 importe adjudicado 75% importe adjudicado
2023 2n periodo 2/3 importe adjudicado 25% importe adjudicado

 

Periodos de liquidación de estas comisiones bancarias:

Periodos Fecha presentación factura 
Comisión servicios bancarios Comisión custodia*
1r periodo Del 1 de julio al 31 de octubre de 2022, ambos incluidos Entre el 1 y el 30 de noviembre de 2022 Entre el 1 y el 15 de noviembre de 2022
2n periodo Del 1 de noviembre de 2022 al 30 de junio de 2023 Entre el 1 y el 31 de julio de 2023 Entre el 1 y el 31 de julio de 2023

*Para las comisiones de custodia, en caso de que alguna entidad adjudicataria no pudiera justificar en el primer periodo de liquidación la totalidad del importe adjudicado en el presupuesto de 2022 porque la distribución efectiva de los saldos bancarios mensuales positivos no lo permita, se tramitará la modificación presupuestaria que corresponda para incorporar el remanente de 2022 al presupuesto de 2023 para esta entidad, y así aumentar el importe máximo para el segundo periodo de liquidación de  esta entidad.

 

Forma de cálculo de las comisiones de custodia

Las comisiones de custodia se calcularán de acuerdo con la fórmula de la cláusula 6.6 del Pliego de prescripciones técnicas:

Franquicia = 10.000.000 € por entidad tesorera

Umbral = 200.000.000 € por entidad tesorera

El tipo de ofrecido por cada una de las entidades tesoreras, aplicable sobre los saldos bancarios positivos medios por debajo del umbral, es el siguiente:

Entidad
 licitadora
Tipo
Comisión custodia
CaixaBank 0,25%
Cajamar 0,00%
Santander 0,35%
Abanca 0,40%

En caso de que el coste que aplique el Banco Central Europeo (de ahora en adelante, BCE) a los saldos bancarios positivos depositados en la entidad europea por las entidades de crédito adjudicatarias se modifique de forma que el coste soportado por las entidades de crédito sea inferior porque la tasa de facilidad de depósito aumente en valores absolutos (porque, por ejemplo, que del actual -0,50% pase a ser del - 0,30%), se aplicará en la fórmula de cálculo de la comisión de custodia el nuevo tipo de facilidad de depósito a los saldos bancarios positivos que excedan del umbral mencionado, a partir del momento en que el cambio produzca efectos.

Igualmente, en caso de que el coste que aplique el BCE a los saldos bancarios positivos depositados a la entidad europea por las entidades de crédito adjudicatarias se modifique de forma que el coste soportado por las entidades de crédito sea inferior porque la tasa de facilidad de depósito aumente en valores absolutos, y esta tasa de facilidad de depósito en valores absolutos sea inferior al tipo ofrecido por la entidad licitadora, también se aplicará en la fórmula de cálculo de la comisión de custodia el nuevo tipo de facilidad de depósito a los saldos bancarios positivos que sean inferiores o iguales al umbral mencionado, a partir del momento en que el cambio produzca efectos. Es decir, en ningún caso la comisión aplicable podrá ser superior al coste que el BCE aplique en la facilidad de depósito.

Actualización julio 2022:

En el mes de julio de 2022, el Banco Central Europeo (BCE) modificó la tasa de facilidad de depósito y la dejó en el 0%, con efectos 27 de julio de 2022.

Así, a partir de esa fecha el tipo aplicable en la fórmula del cálculo de la comisión de custodia será del 0%. Para los saldos positivos mantenidos entre el 1 y el 26 de julio de 2022, el tipo aplicable será el ofrecido por cada entidad tesorera y que figura en la tabla anterior.

 

Justificación de las comisiones bancarias:

Comisión servicios bancarios Comisión custodia
No se justifican Modelo cálculo comisiónHoja de Cálculo

 

Presentación de la factura electrónica:

Las facturas se tienen que presentar en formato electrónico en la Plataforma FACE o en papel en función de su importe de acuerdo con la normativa vigente en materia de factura electrónica y tienen que cumplir todos los requisitos que esta normativa establezca.

El código DIR3-FACE que tiene que constar en las facturas electrónicas a presentar ante la Administración de la Comunidad Autónoma es el siguiente:

OFICINA CONTABLE: GE 0000545

ÓRGANO GESTOR: GE 0000545

UNIDAD TRAMITADORA: GE 0000545

 

Cuenta de pago de las comisiones:

La factura electrónica tiene que indicar la cuenta de pago, que tiene que ser titularidad de la entidad acreedora.

En caso de que la cuenta de pago no esté dado de alta en el sistema de información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma, la entidad tendrá que presentar una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados.

Modelo declaración veracidad datos bancarios

La entidad puede consultar previamente al Servicio de Endeudamiento si la cuenta está de alta en el sistema antes de presentar la factura, enviando un correo electrónico a deute@caib.es o telefoneando al 971 17 71 06.

Tal y como figura en las instrucciones del modelo de declaración, la declaración se tiene que firmar electrónicamente y se tiene que presentar en el Registro electrónico común de la Administración General del Estado, indicando:

Código DIR3 (identificación del órgano destinatario): A04026911

Código SIA (del procedimiento): 2100153