Facturación electrónica

Facturas destinadas a los centros educativos

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, regula la presentación de facturas ante las administraciones públicas y establece, para los sujetos obligados, el uso de la factura electrónica y su presentación a través del punto general de entrada de facturas electrónicas correspondiente.

En el caso de facturas correspondientes a bienes suministrados o servicios prestados directamente a un centro educativo público no universitario dependiente del Gobierno de las Illes Balears, la factura debe identificar correctamente el centro destinatario e incorporar los datos necesarios para su tramitación.

Por ello, el proveedor debe indicar en la factura el nombre del centro educativo, el NIF propio del centro y los correspondientes códigos DIR3.

Datos de facturación

Datos que debe facilitar el centro

1
Centro destinatario
Nombre oficial del centro educativo
2
NIF del destinatario
Debe indicarse el NIF propio del centro educativo al que corresponde la factura.
3
Código DIR3
Para los centros educativos públicos no universitarios: GE0001509
Código DIR3 de facturación electrónica
GE0001509
Formato de la factura

Las facturas electrónicas dirigidas a las administraciones públicas deben generarse en el formato estructurado Facturae 3.2.x y cumplir los requisitos de firma electrónica establecidos para este formato.

El proveedor puede generar la factura mediante una aplicación de facturación compatible con Facturae o mediante las herramientas disponibles en el portal oficial de Facturae.

Una vez generada, la factura debe presentarse electrónicamente a través del punto general de entrada correspondiente, indicando correctamente el NIF del centro destinatario y el código DIR3 GE0001509 en los campos de oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora.

Oficina contable GE0001509
Órgano gestor GE0001509
Unidad tramitadora GE0001509