Descripción de la plaga

Globodera pallida y Globodera rostochiensis, conocidos como los nematodos del quiste de la patata, son plagas de cuarentena de la Unión Europea que afectan principalmente a las raíces de la patatera.

Los juveniles penetran en las raíces, donde se alimentan y completan su desarrollo. Las hembras producen entre 200 y 500 huevos y, cuando mueren, se transforman en quistes marrones que pueden conservar los huevos viables en el suelo durante más de veinte años.

La plaga se propaga principalmente mediante tierra contaminada adherida a los tubérculos, las plantas con raíces, la maquinaria, los vehículos, las herramientas o los envases. Puede causar una reducción importante del rendimiento y del tamaño de los tubérculos.

Situación actual en las Illes Balears

Mediante la Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural de 30 de junio de 2026, se declaró oficialmente la presencia de G. pallida y G. rostochiensis en las Islas Baleares.

Los municipios designados oficialmente como infestados son Búger, Campanet, Inca, Llubí, Muro y sa Pobla. Los municipios en los que posteriormente se confirme la presencia de Globodera spp. quedarán igualmente designados como infestados.

Síntomas e identificación

Los síntomas no son específicos y pueden confundirse con deficiencias nutricionales, falta de agua u otros problemas de las raíces. Los principales síntomas son:

  • Rodales de plantas con escaso desarrollo.
  • Amarilleamiento, marchitamiento o secado prematuro.
  • Reducción del número y del tamaño de los tubérculos.
  • Proliferación de raíces secundarias.
  • Pequeñas hembras o quistes adheridos a las raíces.
  • En infestaciones bajas, el cultivo puede no mostrar síntomas visibles.

Cómo identificar la plaga

Las hembras jóvenes de G. pallida son blanquecinas, mientras que las de G. rostochiensis pasan por una fase de color amarillo dorado. Posteriormente, las hembras de ambas especies se transforman en quistes marrones.

La identificación visual no es suficiente. La confirmación requiere una toma sistemática de muestras de tierra y su identificación morfológica y molecular en el Laboratorio Oficial de Sanidad Vegetal de las Islas Baleares.

Qué hacer ante una sospecha

Ante cualquier sospecha, se debe informar inmediatamente al Servicio de Agricultura y evitar el traslado de tierra, tubérculos, plantas, maquinaria, vehículos o herramientas fuera de la parcela.

No se deben enviar muestras de tierra o raíces sin instrucciones previas del personal de Sanidad Vegetal.

Contacto:

Teléfono: 971 17 61 00
WhatsApp: 609 320 616
Correo electrónico: sanitatvegetal@dgagric.caib.es


Principales plantas hospedantes

El principal hospedante es la patata (Solanum tuberosum). También pueden actuar como hospedantes la tomatera, la berenjena y otras solanáceas cultivadas o silvestres.

La normativa también regula determinadas plantas con raíces, bulbos, tubérculos y rizomas que pueden transportar tierra contaminada. La relación completa figura en el anexo 2 de la Resolución de 30 de junio de 2026.

Medidas a aplicar a los lugares de producción infestados

En los lugares de producción infestados deben aplicarse las medidas siguientes:

  • No se pueden plantar patatas destinadas a la producción de tubérculos para plantación.
  • La producción de patata de consumo debe someterse a un programa de control oficial.
  • Los vegetales infestados deben desinfestarse o quedar prácticamente libres de tierra mediante procedimientos aprobados oficialmente.
  • Las patatas destinadas a transformación industrial o calibrado deben gestionarse de manera que los residuos y la tierra no dispersen la plaga.
  • Deben eliminarse la tierra y los restos vegetales de la maquinaria antes de introducirla en otros lugares de producción.
  • Los titulares y operadores deben facilitar las inspecciones, aplicar las medidas obligatorias y comunicar cualquier sospecha o incidencia.

Autorización excepcional de metam sodio — campaña 2026

La autorización es aplicable en los municipios de Búger, Campanet, Inca, Llubí, Muro y Sa Pobla durante los periodos comprendidos entre el 20 de julio y el 14 de agosto, y entre el 14 de septiembre y el 15 de diciembre de 2026.

Antes del tratamiento, el agricultor deberá presentar una solicitud previa al Servicio de Agricultura, con las parcelas identificadas mediante sus referencias SIGPAC. Sanidad Vegetal realizará la toma de muestras y el Laboratorio Oficial efectuará el análisis nematológico. De acuerdo con los resultados y los antecedentes de la parcela, el Servicio emitirá un informe técnico individualizado. El tratamiento únicamente podrá efectuarse si el informe es favorable.

Solo se permite una aplicación cada tres años. Por tanto, las parcelas tratadas con metam sodio en 2024 o 2025 no podrán tratarse en 2026.

Una vez efectuado el tratamiento, deberá presentarse ante el Servicio de Agricultura la declaración responsable del aplicador.

Documentos:

Normativa aplicable

Normativa europea:

  • Reglamento (UE) 2016/2031, sobre protección contra las plagas de los vegetales.
  • Reglamento (UE) 2017/625, sobre controles oficiales.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072, sobre medidas de protección contra las plagas de los vegetales.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1192, sobre Globodera pallida y Globodera rostochiensis, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2060.

Normativa estatal:

  • Ley 43/2002, de sanidad vegetal.
  • Real Decreto 739/2021, sobre la aplicación de la normativa europea de sanidad vegetal.


Normativa autonómica:

Enlaces de interés:

EPPO Globodera pallida
EPPO Globodera rostochiensis
Plan nacional de contingencia, MAPA