Información de interés para los centros educativos sobre el personal de Limpieza
Desde el Departamento de Recursos Humanos de la Consellería de Educación y Universidades y de acuerdo con la normativa vigente os pasamos las instrucciones sobre el marcaje, la jornada laboral, las vacaciones y asuntos propios, el calendario laboral y el manual de permisos y licencias que afecta al personal laboral de Limpieza:
- Funciones: En el BOIB n.º 70 de fecha 14 de mayo de 2009 aparecen las funciones del personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .
- Marcaje: de acuerdo con el punto 4 de la Instrucción 1/2017 todo el personal laboral de la Administración de la CAIB (personal no docente) tiene que cumplir la obligación de fichar la hora de entrada y salida del centro de trabajo para justificar el horario de trabajo, así como también se han de justificar las ausencias que se puedan producir durante la jornada laboral. En los centros docentes los fichajes se tienen que hacer mediante la aplicación GestIB.
- Jornada: La jornada ordinaria del personal laboral de la administración de la CAIB es de 7 horas diarias. En la ficha del personal, en la pestaña «Destino-Horario», tenéis que poner las horas diarias que hace cada persona.
Cuando se produzcan retrasos en la hora de entrada o salida, por causas justificadas, a efectos de cómputo, se considerará que el horario ha sido de 08:00 a 15.00 horas.
El personal laboral dispone de un descanso diario de treinta minutos y se trata de una pausa dentro de la jornada laboral, no se puede disfrutar al principio o al final de la jornada porque en este caso se trataría de una reducción de jornada y no de un descanso. Durante la pausa el personal no docente puede salir del centro educativo.
- Vacaciones y Asuntos propios: de acuerdo con la normativa, cuando se prevea el cierre de las instalaciones debido a la inactividad estacional de determinados servicios públicos, los periodos de disfrute de las vacaciones coincidirán con la franja temporal de cierre. Por eso, el personal laboral de limpieza de los centros docentes disfrutan las vacaciones durante el mes de agosto.
IMPORTANTE ! Hay que tener en cuenta que los días laborables tiene que haber un fichaje o un permiso anotado. Con independencia del calendario de días lectivos del centro, el personal laboral de Limpieza tiene los mismos días libres computables que el resto de personal al servicio de la administración de la CAIB y los días laborables vienen determinados por el calendario laboral. No se pueden identificar dentro del ámbito normativo días "no lectivos" con días "no laborables" o dias "libres" en el caso del personal no docente.
- Calendario laboral 2026: no se pueden identificar dentro del ámbito normativo días "no lectivos" con días "no laborables" o dias "libres" en el caso del personal no docente.
Si tenéis dudas sobre alguno de los permisos que os soliciten, antes de autorizarlo es conveniente consultar el Manual de permisos, vacaciones, licencias y jornada, máxime en el casos de los deberes inexcusables y de las visitas médicas.
También podéis contactar con el Departamento de Recursos Humanos:
- Correo electrónico: recursoshumans@sgtedu.caib.es
- Teléfono: 971 17 77 64 - Extensión 4