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Subvención para la compra de los mecanismos de elevación de camas, que se pueden accionar bien mecánicamente, o bien eléctricamente, para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico (2023)

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU», se garantiza que los establecimientos de alojamiento ya obligados por la normativa a llevar a cabo al menos una limpieza diaria de las unidades de alojamiento lleven a cabo esta tarea de una manera más eficaz, cuestión necesaria tanto para la percepción visual como para el bienestar de los clientes y usuarios.

BENEFICIARIOS


1. Pueden ser personas beneficiarias las explotadoras de los establecimientos de alojamiento turístico de las Islas Baleares que pertenezcan al grupo de hoteles, hoteles de ciudad, hoteles apartamento, hoteles rurales y el resto de establecimientos de alojamiento que voluntariamente hayan obtenido una clasificación por estrellas, inscritos en el correspondiente registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de las Islas Baleares, que cumplan los requisitos establecidos en los apartados 4 y 5 de esta convocatoria.

Sin perjuicio de lo anterior, pueden ser personas beneficiarias las propietarias de los inmuebles donde radiquen los mencionados establecimientos turísticos, siempre que acrediten la existencia de acuerdo con quienes los explotan. Estas personas tienen que estar inscritas en el correspondiente registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de las Islas Baleares y cumplir los requisitos establecidos en los apartados 4 y 5 de esta convocatoria.


2. Las ayudas otorgadas se conceden para establecimientos, por lo cual para un mismo establecimiento únicamente puede presentar una solicitud quién lo explota o quien posee la propiedad.



PLAZOS


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo para presentar las solicitudes empieza el día 30-11-2022 y finalizaba el día 28-02-2023. Este plazo se ha ampliado hasta el 28 de abril de 2023.



PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

En el supuesto de que la compra de los mecanismos no se haya realizado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el periodo de ejecución de las acciones subvencionables, entendidas como la compra de los mecanismos de elevación de camas, finaliza a los dos meses desde la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la resolución de concesión, de acuerdo con lo que establece el artículo 13 de la Orden que aprueba la convocatoria.

En el supuesto de que la compra de los mecanismos se haya realizado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se entiende que la actuación que se tiene que subvencionar ya ha sido ejecutada.

El plazo para la justificación de la subvención es de un mes, contador desde el día siguiente de la conclusión del plazo de ejecución.

En el supuesto de que la compra de los mecanismos se haya realizado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se entiende que la actuación que se tiene que subvencionar ya ha sido justificada.

La justificación de los gastos se tiene que llevar a cabo exclusivamente de manera telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de los interesados en la página web de la Dirección general de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB, mediante la presentación de la documentación prevista en la convocatoria.

Dado que los bienes subvencionados son inventariables, el periodo durante el cual la persona beneficiaria tiene que destinar los bienes a la finalidad concreta por la cual se concede la subvención no tiene que ser inferior a dos años.


ACTUACIONES SUBVENCIONABLES


1. Se consideran actuaciones subvencionables la compra de los mecanismos de elevación de camas, que tienen que adecuarse a lo que se dispone en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, a los hoteles, los hoteles de ciudad, los hoteles apartamento, los hoteles rurales, así como al resto de los establecimientos de alojamiento que voluntariamente hayan obtenido una clasificación de estrellas.


2. La actuación subvencionable tiene que ser la que se haya realizado durante el periodo comprendido desde el 17 de enero de 2022 hasta el último día del plazo de ejecución.


CUANTÍAS DE LA AYUDA


1. La intensidad de la ayuda se establece mediante el esquema siguiente:

a) A los establecimientos de hasta 50 habitaciones, se subvenciona el 50% del gasto elegible.

b) A los establecimientos de entre 51 y 150 habitaciones, se subvenciona el 40% del gasto elegible.

c) A los establecimientos de más de 150 habitaciones, se subvenciona el 30% del gasto elegible.


2. El gasto elegible de la ayuda es del 100% del precio unitario de compra del mecanismo de elevación de camas, con un importe máximo de 380 euros.

3. El número máximo de mecanismos de elevación de camas subvencionables por establecimiento está limitado para el número de camas que hay en este establecimiento.


4. No se consideran costes subvencionables aquellos costes, directos o indirectos, asociados a la compra de los mecanismos de elevación de camas. Sin embargo, el IVA puede ser considerado como coste subvencionable siempre que no pueda ser susceptible de recuperación o compensación, total o parcial, y tiene que justificarse, si procede.


5. De conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del Reglamento UE 1407/2013, la cuantía total de la ayuda de minimis no puede superar los 200.000 euros por persona beneficiaria en un periodo de tres ejercicios fiscales.

A estos efectos, tiene que entenderse por persona beneficiaria la definición establecida en el apartado 5 de esta convocatoria para única empresa.


DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA


Se prevé distribuir el fondo de 15.000.000 de euros entre cada una de las islas en función del número de plazas turísticas de los establecimientos beneficiarios de la ayuda, según datos del 2020. Los porcentajes correspondientes a cada una de las islas son los siguientes: 77,60% para Mallorca, incluyendo Palma (11.640.000 euros), 8,20% para Menorca (1.230.000 euros), 13,30% para Ibiza, incluyendo Ibiza municipio (1.990.000 euros) y 0,9% para Formentera (135.000 euros).

Sin embargo, si la suma para el conjunto de las Islas Baleares de los importes de las ayudas, calculados para cada solicitud de acuerdo con el apartado 11 de la convocatoria, difiere del crédito total disponible en la convocatoria, se tiene que prorratear el crédito de 15.000.000 de euros entre todas las solicitudes de todas las islas.

Este prorrateo consiste en distribuir el crédito disponible de forma proporcional a aquel que le hubiera correspondido a cada solicitante aplicando el apartado 11 y sus límites.

Si la suma para cada una de las islas de los importes de las ayudas, calculados para cada solicitud de acuerdo con el apartado 11 de la convocatoria, difiere de las cantidades previstas por isla en el primer párrafo, se tiene que prorratear el crédito total de la forma ya establecida entre todas las solicitudes de todas las islas.


PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES


Las solicitudes se tienen que presentar exclusivamente de manera telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de las personas interesadas en la página web de la Dirección general de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB . No se consideran válidas las solicitudes telemáticas a través de otro medio electrónico que no sea el trámite específico mencionado.


DOCUMENTACIÓN REQUERIDA CON LA SOLICITUD


Supuesto A: Mecanismos de elevación de camas comprados y pagados entre el día 17 de enero de 2022 y el día 28 de noviembre de 2022

-Factura/as de compra ( apt. 12.2.8 de la convocatoria)
-Justificante de pago (apt. 12.2.8 de la convocatoria)

 Supuesto B.1: Mecanismos de elevación de camas comprados y pagados entre el día 29 de noviembre de 2022, fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y el día de presentación de la solicitud.

-Factura/as de compra (apt. 12.2.8 de la convocatoria)
-Justificante de pago( apt. 12.2.8 de la convocatoria)
-3 presupuestos (si el importe total de las camas para los cuales solicitan la ayuda es superior a 15.000 euros) (apt. 12.2.10 de la convocatoria)

Supuesto B.2: Mecanismos de elevación de camas que se adquirirán a partir del día de la presentación de la solicitud y hasta los dos meses siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la resolución de la concesión. (Apartado 15.1 de la convocatoria)

-Factura proforma (apt. 12.2.9 de la convocatoria)
-3 presupuestos (si el importe total de las camas para los cuales solicitan la ayuda es superior a 15.000 euros) ( apt. 12.2.10 de la convocatoria)


FIRMA DIGITAL DE DOCUMENTOS

Para firmar electrónicamente un documento que se tenga que presentar en la Comunidad de las Islas Baleares, tiene que estar en formato PDF. Para firmar un documento PDF es necesario disponer de un certificado digital o de un eDNI .

Las herramientas gratuitas que recomendamos para firmar PDF son:

• El programa Adobe Reader DC: https://get.adobe.com/es/reader/ Podéis consultar el siguiente manual  "Firmar un documento pdf con Adobe Reader"

• El programa Autofirma de la Administración General del Estado:  http://firmaelectronica.gob.es/home/descargas.html


PUBLICACIONES

PDF CONVOCATORIA PUBLICADA

BOIB_castella.pdf MODIFICACIÓN CONVOCATORIA

6135_(1).pdf REQUERIMIENTO SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS

Declaracio_responsable_subvencions_mes_de_30000€_castella.pdf Declaración responsable art. 13.3 bis Ley 38/2003 - solicitudes de importe superior a 30.000€

PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN PROVISIONALES Primera_propuesta_de_resolucion.pdf 1ª propuesta de resolución provisional
Segunda_propuesta_de_resolucion.pdf 2ª propuesta de resolución provisional
Tercera_propuesta_de_resolucion.pdf 3ª propuesta de resolución provisional
04_propuesta_provisional.pdf 4ª propuesta de resolución provisional
05_propuesta_provisional.pdf 5ª propuesta de resolución provisional
IMP_6a_PRP_llits.pdf 6ª propuesta de resolución provisional

 

PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN DEFINITIVAS 01_propuesta_definitiva.pdf 1ª propuesta de resolución definitiva
02_propuesta_definitiva.pdf 2ª propuesta de resolución definitiva
03_propuesta_definitiva.pdf 3ª propuesta de resolución definitiva
BOIB_castellano_4ª_PRD.pdf 4ª propuesta de resolución definitiva
BOIB_castellano_5ª_PRD.pdf 5ª propuesta de resolución definitiva
Publicacion_BOIB_Cast._6a_PRD.pdf 6ª propuesta de resolución definitiva

RESOLUCIONES BOIB_castellano_1ª_Resolucion.pdf 1ª resolución
BOIB_castellano_2ª_Resolucion.pdf 2ª resolución
BOIB_castellano_3ª_Resolucio.pdf 3ª resolución
Publicacion_BOIB_CAST_Cuarta_resolucion_camas.pdf 4ª resolución
Publicacion_BOIB_CAST_Quinta_resolucion_Camas.pdf 5ª resolución
Publicacion_BOIB_CAST_Sexta_resolucion_camas.pdf 6ª resolución

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