ESDEVENIMENTS_SINGULARS.jpg

Resolución del presidente de la AETIB por la cual se establecen las condiciones para la realización de contratos de patrocinios con entidades privadas para ACONTECIMIENTOS SINGULARES que generen repercusión mediática para las marcas de las Islas Baleares y la AETIB, durante el año 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la unión Europea, Next Generation EU

BENEFICIARIOS

Pueden ser beneficiarios de esta convocatoria pública las personas jurídicas privadas organizadoras de los eventos presentados que se ajusten al objeto y cumplan los requisitos de esta convocatoria.


En esta convocatoria, una misma entidad puede presentar hasta 2 eventos por marca vinculada, pero nunca más de una empresa, entidad o grupo empresarial puede solicitar patrocinios para el mismo evento.


En el supuesto que dos entidades diferentes soliciten el patrocinio para un mismo evento, tan sólo se valorará la primera de las propuestas presentadas, según el registro de entrada, mientras que la otra propuesta quedará excluida.


En el supuesto de entidades que gestionen varios eventos, tienen que presentar una solicitud para cada uno de los eventos para que soliciten el patrocinio, excepto si estos conforman un programa único de varias actuaciones.


PLAZOS

El plazo para la presentación de las solicitudes de patrocinio permanecerá abierto desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB, hasta agotar la dotación económica y, en cualquier caso, hasta el 1 de octubre de 2023.

Las entidades tendrán que presentar toda la documentación necesaria para su tramitación con un mínimo de 60 días naturales de antelación a la fecha de inicio del evento y, en todo caso, siempre antes de la fecha tope de presentación de solicitud del 1 de octubre de 2023. La tramitación de las solicitudes se realizará por orden de entrada en el registro.

Los eventos que se inicien del 20 de enero al 15 de febrero de 2023, por temas de operatividad de la convocatoria, tendrán que presentar la solicitud como máximo el día 10 de enero de 2023 (incluido). Estos eventos tendrán prioridad sobre el resto de solicitudes y por lo tanto, se valorarán por orden de registro de entrada antes de los eventos con fecha de inicio posterior.


Los eventos que se inicien del 15 de febrero al 28 de febrero de 2023, por temas de operatividad de la convocatoria, tendrán que presentar la solicitud como máximo el día 15 de enero de 2023 (incluido). Estos eventos tendrán prioridad sobre el resto de solicitudes y por lo tanto, se valorarán por orden de registro de entrada antes de los eventos con fecha de inicio posterior.


Los eventos que se inicien del 1 de marzo al 31 de marzo de 2023, por temas de operatividad de la convocatoria, tendrán que presentar la solicitud antes del día 20 de enero de 2023. Estos eventos tendrán prioridad sobre el resto de solicitudes y por lo tanto, se valorarán por orden de registro de entrada antes de los eventos con fecha de inicio posterior.


Qué tipos de eventos están incluidos?

A efectos de esta convocatoria, son “eventos singulares” aquellos que presentan unas características especiales y diferenciadoras respecto al resto y que por su elevada notoriedad y repercusión mediática destacan por ante otros eventos, tanto por lo que respecta al presupuesto destinado a su ejecución como a la repercusión mediática generada por el mismo evento.

Todos los eventos tienen que estar siempre vinculados a una de las marcas de destino: Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera y/o Islas Baleares.

Requisitos de los eventos

Se consideran eventos singulares susceptibles de obtener patrocinio aquellos que cumplan todos los requisitos generales siguientes:

A) Los que se ajusten a la definición de evento singular.


B) Que sean eventos cuyo promotor sea una empresa/entidad privada y/o una federación deportiva.


C) Que estén vinculados directamente a algunos de los productos estratégicos (Sets) de la AETIB.


D) Que fomenten la creación, diversificación y comercialización de algunos de los productos estratégicos de la AETIB.


E) Que incluyan el desarrollo de actuaciones vinculadas a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para que la propuesta pueda sea ser valorada, se establece como requisito que la entidad solicitante indique en el Anexo 2 un mínimo de 6 criterios relativos a los ODS propuestos, que tendrán que ser efectivamente llevados a cabo durante el desarrollo del evento y, por lo tanto, se comprobará en la fase de justificación.

F) Que el evento esté avalado por otras entidades públicas según se detalla en el apartado 6.2.

G) Que se desarrollen dentro de uno de los siguientes periodos: desde el 20 de enero al 30 de junio de 2023 y del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2023. Fuera de estos períodos no se podrá patrocinar el evento, por lo tanto, todo el evento de éste tendrá que estar comprendido dentro del periodo descrito.

H) El ámbito territorial de esta convocatoria se circunscribe a los eventos que se desarrollan de forma efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

i. En el caso de eventos deportivos conformados por etapas en diferentes localizaciones, donde las Islas Baleares son una más dentro del circuito del evento, tan sólo se podrá tener en cuenta el presupuesto de gasto proporcional correspondiente a la etapa que se lleva a cabo en las Islas.

ii. En el caso de regatas, se podrán patrocinar aquellas que empiecen o finalicen en un puerto de las Islas Baleares, así como aquellas que se desarrollen en su totalidad en las Islas.


iii. En el caso de eventos online, estos estarán obligados a también desarrollarse física y simultáneamente en una localización situada en las Islas Baleares.


I) Que el nombre del evento incluya la marca de destino a que se quiere vincular el patrocinio.


J) Que el evento cumpla con los requisitos mínimos de repercusión mediática y presupuesto que se detallan a continuación:

Según la marca a que se vincule el acontecimiento, los criterios son:

-Repercusión mediática total mínima del acontecimiento (RMTE) -inversión publicitaria –a precio de tarifa oficial- y clipping-.


-Repercusión mediática en medios nacionales e internacionales mínima del acontecimiento (RMNIE) -inversión publicitaria –a precio de tarifa oficial- y clipping. Fuera de las Islas Baleares.


-Presupuesto de gasto mínimo total destinado a la ejecución del acontecimiento:

MARCA REPERCUSIÓN MEDIÁTICA* TOTAL MÍNIMA REPERCUSIÓN MEDIÁTICA* NACIONAL +INTERNACIONAL MÍNIMA PRESUPUESTO DE GASTO** MÍNIMO
ISLAS BALEARES 3.000.000 € 1.500.000 € 1.200.000 €
MALLORCA 1.500.000 € 750.000 € 600.000 €
MENORCA 500.000 € 250.000 € 200.000 €
IBIZA 600.000 € 300.000 € 250.000 €
FORMENTERA 300.000 € 150.000 € 130.000 €

*Impuestos excluidos

**Impuestos incluidos

En el caso de eventos que incluyan alguna de las acciones excluidas en los puntos 7 y/o 10 del apartado 1.2 de estos pliegos, tan sólo se podrá patrocinar la parte del evento correspondiente a las acciones que la AETIB puede patrocinar. Así mismo, también se tendrá que aplicar este criterio en el presupuesto del gasto, descontando la parte correspondiente a la acción excluida.

K) Que el evento no reciba ningún patrocinio/ayuda/colaboración económica para la publicidad o promoción de un destino turístico diferente de los existentes en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Quedan excluidos:

Quedan excluidos de esta convocatoria aquellos eventos que no cumplan con la estrategia turística de la AETIB y concretamente con los siguientes puntos:

1- Eventos que no cumplan los requisitos mínimos y/o condiciones establecidos en esta convocatoria.

2- Proyectos y acciones que no se puedan clasificar como un evento singular.


3- Eventos con contenido político o religioso.


4- Eventos con contenido discriminatorio de cualquier índole o que enaltezca actitudes violentas, homófobas, de odio o sexistas, que atente contra la igualdad de género. Este punto se hace extensivo a la publicidad de los eventos, donde queda prohibida cualquier referencia machista, que muestre a la mujer en roles y estereotipos sexistas contrarios a los ideales de la igualdad.


5- Eventos que atenten contra cualquiera de los principios y valores democráticos.

6- Eventos que vayan en contra de la imagen que la AETIB quiere trasladar respecto de sus marcas y los destinos que las conforman.

7- Ferias, mercados, encuentros, jornadas, congresos, simposios, fórum, exposiciones, talleres, workshops, hambre-trips, press-trips o acciones similares.

8- Patrocinios a clubes deportivos, cuando aquellos tengan la finalidad de patrocinar al equipo o equipos que forman parte del Club.

9- Equipos deportivos.

10- Torneos y campeonatos de los siguientes deportes: fútbol, baloncesto, fútbol americano, rugby, voleibol, waterpolo.

11- Las entidades u organismos públicos en general, y más concretamente los que pertenezcan al Gobierno de las Islas Baleares, a los Cabildos y los ayuntamientos.

12- Las entidades que no estén al corriente del pago de las obligaciones económicas contraídas con la AETIB, al corriente de las obligaciones tributarias con la CAIB, con el Estado y con la Seguridad Social.

13- Los eventos que en la justificación de las dos anualidades anteriores hayan incurrido en alguno de los siguientes hechos:

i. No justificar en tiempo y forma, incumpliendo con las obligaciones propias de los beneficiarios de subvenciones o patrocinios otorgados por la AETIB.


ii. Justificar menos puntos de los otorgados en la fase de valoración y que, además, se hayan aplicado por parte de la AETIB alguna de las penalizaciones descritas en su punto 10.2 a).

iii. Justificar menos del 50% de la repercusión mediática RMTIB.

14- Eventos que ya hayan obtenido alguno patrocinio/colaboración/subvención por parte de la AETIB para la misma edición.


CUANTÍAS DE LA AYUDA

La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo de 1.000.000€ (impuestos incluidos)

Según la marca a que se vincula el acontecimiento, los importes máximos que adjudicará la AETIB son:

MARCA %MÁXIMO PATROCINIO RESPECTO DEL PRESUPUESTO DE GASTO** IMPORTE** MÁXIMO DEL PATROCINIO (hasta)
ISLAS BALEARES* 25% 480.000 €
MALLORCA 25% 240.000 €
MENORCA 25% 80.000 €
IBIZA 25% 100.000 €
FORMENTERA 25% 52.000 €

DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA

Para cumplir con la territorialización entre islas, se dedicará un porcentaje mínimo a los acontecimientos por isla, de acuerdo con el siguiente cuadro:

MALLORCA 50,92%
MENORCA 17,23%
IBIZA 20,78%
FORMENTERA 11,07%

En caso de que el 1 de marzo de 2023 no se hayan agotado los presupuestos correspondientes a los porcentajes por islas,el importe remanente se destinará a los eventos solicitantes, en el margen de esta territorialización.


PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se tienen que presentar exclusivamente de manera telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de los interesados en la página web de la Agencia Estratégica de Turismo de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica del Gobierno de las Islas Baleares. No se consideran válidas las solicitudes telemáticas a través de otro medio electrónico que no sea el trámite específico mencionado.

La solicitud tendrá que incluir los datos mínimos básicos para poder tramitarse, en caso de que estas sean insuficientes, se requerirá para su enmienda en un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento con la advertencia expresa que, en caso de no hacerlo así, se considerará desistida y se archivará su solicitud, según lo que dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015.

El libramiento de la solicitud por sí misma no será objeto de valoración, sino que servirá únicamente como documento formal de solicitud.

Con la solicitud se entregará la documentación administrativa y técnica que a continuación se describe y que se considera de obligado libramiento.


DOCUMENTACIÓN REQUERIDA CON LA SOLICITUD

Está todo detallado en el punto 6 de la convocatoria de patrocinios y en el propio trámite de la sede electrónica.


FIRMA DIGITAL DE DOCUMENTOS

Para firmar electrónicamente un documento que se tenga que presentar en la Comunidad de las Islas Baleares, tiene que estar en formato PDF. Para firmar un documento PDF es necesario disponer de un certificado digital o de un eDNI .

Las herramientas gratuitas que recomendamos para firmar PDF son:

• El programa Adobe Reader DC: https://get.adobe.com/es/reader/ Podéis consultar el siguiente manual  "Firmar un documento pdf con Adobe Reader"

• El programa Autofirma de la Administración General del Estado: http://firmaelectronica.gob.es/home/descargas.html


BOIB_Singulares_CAST.pdf RESOLUCIÓN PUBLICADA

Pàgina Web ENLACE Al TRÁMITE TELEMÁTICO


fons_europeus-pie_AETIB_2024_es(1).png