Información relativa a los distribuidores de seguros y reaseguros de las Islas Baleares y al RADAR-IB
En esta página encontrará información en relación con el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares (RADAR-IB). Corresponde a la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio la gestión de este Registro de inscripción obligatoria previa al inicio de actividad de distribución de seguros y reaseguros.
También encontrará información sobre las obligaciones de información estadística y contable que tienen que presentar anualmente los mediadores de seguros, así como información sobre los cursos de formación que realiza el Colegio de Mediadores de Seguros de las Islas Baleares que serán objeto de autorización por parte de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
La actividad de distribución de seguros y reaseguros actualmente está regulada en el Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes, por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales. En concreto:
- En el Libro Segundo de Medidas para la adaptacióń del derecho español a la normativa de la Unióń Europea en materia de seguros privados y planes y fondos de pensiones; y dentro de este:
- En el Título Y de Transposicióń de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribucióń de seguros.
Aquí puede encontrar el texto del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, y el resto de normativa de aplicación.
Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares (RADAR-IB)