Alta, baja y modificación de datos en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares (RADAR-IB)

Información general

Procedimiento Sede Electrónica

Formularios

Instrucciones


La Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio es el órgano de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears competente para gestionar el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Illes Balears en el cual se tienen que inscribir los distribuidores de seguros y reaseguros con domicilio y ámbito de operaciones limitado al territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con carácter previo al inicio de sus actividades:

  • Los mediadores de seguros, que se clasifican en agentes de seguros y corredores de seguros.
  • Los mediadores de seguros complementarios.
  • Los corredores de reaseguros.

Los agentes de seguros exclusivos y los operadores de banco-seguros exclusivos solo tienen que inscribirse si la entidad aseguradora para la cual prestan sus servicios está sometida al control y supervisión de la Comunidad Autónoma. Actualmente no hay ninguna entidad aseguradora supervisada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En el caso de distribuidores personas jurídicas también se tienen que inscribir en el Registro:

  • Los cargos de administración.
  • La persona responsable de la actividad de distribución y, si se tercia, las personas que formen parte del órgano de direccióń responsable de las actividades de distribución.

Procedimiento sede electrónica

Aquí encontrará el procedimiento en Sede Electrónica del Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares (código SIA 2083924).

Para presenstar la documentación deben anexarla en el procedimiento indicado de acuerdo con las instrucciones que encontraran a continuación.

Por medio de este procedimiento puede realizar los trámites siguientes con el RADAR-IB:

  • Solicitud de alta o inscripción.
  • Comunicación de modificación de datos registrales.
  • Solicitud de baja.

En la sede electrónica encontrará los formularios en formato PDF autocumplimentable que puede usar para realizar las solicitudes y comunicaciones al Registro. La utilización de estos formularios es voluntaria. Os informamos que se pueden presentar en otros formatos siempre y cuando incluyan toda la información y reúnan todos los requisitos que establece la normativa de aplicación, y se identifique correctamente el código SIA del trámite en sede electrónica y el órgano al cual van dirigidos.

Se han confeccionado formularios para las categorías de mediadores de seguros, agentes de seguros vinculados y corredores de seguros, por ser las tipologías de distribuidores más representativas y en mayor presencia en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

En caso de necesitar de otro formulario que no esté a su disposición en la sede electrónica, puede contactar con el Servicio de Política Financiera y Seguros en el 971 177107 y en el correo electrónico politicafinancera@tresorer.caib.es.

Formularios

Los formularios que están disponibles son los siguientes:

M01. Solicitud de inscripción de agente de seguros vinculado, persona física o persona jurídica

M02. Solicitud de inscripción de corredor de seguros, persona física o persona jurídica

M03. Solicitud de baja de distribuidor de seguros y reaseguros, persona física o persona jurídica

M04. Solicitud de inscripción de altas y bajas de contratos de agencia vinculada

M05. Declaración de socios y altos cargos

M06. Declaración responsable de honorabilidad comercial y profesional y de incompatibilidades

M07. Declaración de suficiencia en la cobertura de la capacidad financiera

M08. Comunicación de modificaciones de datos registrados

M09. Comunicación de la remisión de acciones o participaciones que dé lugar a participaciones significativas

Por otro lado, se facilitan las instrucciones siguientes como guía para la preparación de documentos a presentar junto con la solicitud de inscripción:

Y01. Instrucciones relativas al contenido mínimo de la memoria a adjuntar a la solicitud de inscripción de agente de seguros vinculado

Y02. Instrucciones relativas al contenido mínimo del programa de actividades a adjuntar a la solicitud de inscripción de corredor de seguros

Instrucciones

A continuación se exponen brevemente las instrucciones sobre qué formularios se tienen que rellenar para la realización de las diferentes solicitudes y comunicaciones que se pueden hacer al RADAR-IB:

Solicitud de inscripción

Categoría de mediador de seguros  Tipo Formularios a presentar
Agente de seguros vinculado  Persona física M01, M04, M06

Dispone de las instrucciones I01 que detallan el contenido mínimo de la memoria del artículo 149.3.d) del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero.
Agente de seguros vinculado  Persona jurídica M01, M04, M05, M06

El formulario M06 lo tiene que rellenar:
-La persona responsable de la actividad de distribución, o, si se tercia, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución.
-Todas las personas que participen directamente en la distribución de seguros.
-Los administradores.

Dispone de las instrucciones I01 que detallan el contenido mínimo de la memoria del artículo 149.3.d) del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero.
Corredor de seguros Persona física M02, M06, M07

Dispone de las instrucciones I02 que detallan el contenido mínimo del programa de actividades del artículo 157.1.b) del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero.
Corredor de seguros Persona jurídica M02, M05, M06, M07

El formulario M06 lo tiene que rellenar:
-La persona responsable de la actividad de distribución, o, si se tercia, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución.
-Todas las personas que participen directamente en la distribución de seguros.
-Los administradores.

Dispone de las instrucciones I02 que detallan el contenido mínimo del programa de actividades del artículo 157.1.b) del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero.

Comunicación de modificación de datos registrales

De acuerdo con la normativa de aplicación, los cambios en la información facilitada en la inscripción relativa a los actos sujetos a inscripción en el RADAR-IB, según el que dispone la disposición adicional octava del Real decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, se tienen que notificar a la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el acuerdo de modificación.

Categoría de mediador de seguros  Tipo Formulario a presentar
Agente de seguros vinculado  Persona física M08
Agente de seguros vinculado  Persona jurídica M08
Corredor de seguros Persona física M08
Corredor de seguros Persona jurídica M08

 

Transmisión de participaciones que dé lugar a participaciones significativas

Comunicación de transmisión de acciones o participaciones que dé lugar a participaciones significativas regulada al artículo 160 del Real decreto ley 3/2020, 4 de febrero:

  • La participación resultante debe ser de al menos un 10% del capital o de los derechos de voto, o cualquier otra posibilidad de influir en la gestión de la sociedad.
  • Para corredores de seguros persona jurídica y operadores de banca-seguros.

Categoría de mediador de seguros  Tipo Formularios a presentar
Corredor de seguros Persona jurídica M05, M06, M09

El procedimiento se tramita en 2 fases:

Primera. Comunicación previa a la formalización de la transmisión para obtener la no oposición del órgano competente, mediante el procedimiento telemático, adjuntando los formularios M09, M05, M06

  • Se adjuntará la documentación e información disponible antes de formalizar la transmisión.
  • Si la transmisión se pretende hacer del 50% o más del capital social, o suponga un cambio de la mayoría del capital, debe presentarse la actualización del programa de actividades, informando sobre la persona adquirente, así como el organización y funcionamiento de la entidad después de la transmisión. Dispone de las instrucciones I02 que detallan el contenido mínimo del programa de actividades.
  • El formulario M06 debe cumplimentarse en el caso en que la transmisión suponga cambios en los administradores y las personas responsables de la actividad de distribución de seguros.

La Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, una vez analizada la documentación, dictará resolución de no oposición a la transmisión, en el plazo máximo de 3 meses desde la comunicación. La oposición debe basarse en que la persona adquirente no reúna requisitos de honorabilidad comercial y profesional en los términos establecidos en el artículo 128 o que incurra en alguna de las prohibiciones del título I del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero.

Segunda. Una vez formalizada la transmisión, debe enviarse la documentación restante que no estaba disponible antes de la formalización (como las escrituras inscritas en el Registro mercantil), mediante el procedimiento telemático, adjuntando los formularios M09 y M05.

Comunicación de altas y bajas de contratos de agencia

Categoría de mediador de seguros  Tipo Formularios a presentar
Agente de seguros vinculado  Persona física M04
Agente de seguros vinculado  Persona jurídica M04

Solicitud de baja

Categoría de mediador de seguros  Tipo Formulario a presentar
Agente de seguros vinculado  Persona física M03
Agente de seguros vinculado  Persona jurídica M03
Corredor de seguros Persona física M03
Corredor de seguros Persona jurídica M03