Declaración de información estadística y contable (DEC) del ejercicio 2025
La Comunidad Autónoma de las Illes Balears mantiene para el ejercicio 2025 el mismo modelo del ejercicio anterior.
| Modelos DEC 2025 |
Agentes de seguros vinculados: |
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Corredores de seguros |
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| Presentación | |
| Documentación adjunta |
Obligatorio solo por corredores de seguros: - Justificando de pago del seguro de responsabilidad civil profesional de 2025 - Justificando de pago del seguro de caución de 2025 |
| Plazo | Hasta lo 30 de abril de 2026 |
| Normativa aplicable | Artículo 187 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores, de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales |
| Artículos 17 a 22 del Real-Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadística y contable de los distribuidores de seguros y reaseguros | |
| Sanciones por no presentación | Desde multa pecuniaria hasta cancelación de la inscripción en el Registro (artículos 192.2.r) y 192.3.h) del RDL 3/2020 mencionado |
Importe mínimos para garantizar la capacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los corredores de seguros
El artículo 157 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, regula sulacapacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los corredores de seguros, estableciendo un umbrales mínimos en los seguros que la garantizan.
El Reglamento Delegado (UE ) 2024/896 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2023, por el cual se modifica la Directiva (UE ) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a las normas técnicas de regulación por las que se adaptan los importes básicos en euros relativos al seguro de responsabilidad civil profesional y a la capacidad financiera de los intermediarios de seguros, reaseguros y seguros complementarios (DOUE 2024/896, de 20 de marzo de 2024), actualizó las cuantías mínimas de la capacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los distribuidores de seguros, que entró en vigor el 9 de octubre de 2024.
Mediante la Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se publicó la actualización prevista de los artículos 152.4 y 157.4 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, que es la siguiente:
| Desde el 9 de octubre de 2024 | |
| Capacidad financiera | Mínimo 23.480 € |
| Responsabilidad civil profesional | Mínimo: 1.564.610 € por siniestro 2.315.610 € total siniestros/año |