Declaración de información estadística y contable (DEC) del ejercicio 2024
La Administración General del Estado ha actualizado los modelos de la declaración de información estadística y contable (DEC ) mediante la Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los modelos estadístico-contables de los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros.
Este Orden solo se aplica a los distribuidores de seguros inscritos en el Registro estatal de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), por lo tanto, no se aplica a los distribuidores inscritos en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros de las Illes Balears, dado que es una normativa con carácter no básico.
Sin embargo, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ha actualizado los modelos para las DEC 2024 para incorporar una parte de la información que figura a los modelos estatales nuevos, en concreto:
- Sexo del personal de los distribuidores de seguros, a efectos estadísticos.
- Actividades externalizadas de los distribuidores (como el servicio de atención al cliente, la gestoría...).
El resto de la información pedida no ha variado, motivo por el cual los modelos son esencialmente iguales a los de años anteriores.
Aquí pueden consultar una presentación breve de los cambios.
Modelos DEC 2024 |
Agentes de seguros vinculados: |
Corredores de seguros: |
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Presentación |
Por medio del procedimiento electrónico de este enlace. |
Documentación adjunta |
Obligatorio solo por corredores de seguros: - Justificando de pago del seguro de responsabilidad civil profesional de 2024 - Justificando de pago del seguro de caución de 2024 |
Plazo | Hasta lo 30 de abril de 2025 |
Normativa aplicable | Artículo 187 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores, de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales |
Artículos 17 a 22 del Real-Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadística y contable de los distribuidores de seguros y reaseguros | |
Sanciones por no presentación | Desde multa pecuniaria hasta cancelación de la inscripción en el Registro (artículos 192.2.r) y 192.3.h) del RDL 3/2020 mencionado |
Actualización de los importe mínimos para garantizar la capacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los corredores de seguros
El artículo 157 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, regula sulacapacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los corredores de seguros, estableciendo un umbrales mínimos en los seguros que la garantizan.
El Reglamento Delegado (UE ) 2024/896 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2023, por el cual se modifica la Directiva (UE ) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a las normas técnicas de regulación por las que se adaptan los importes básicos en euros relativos al seguro de responsabilidad civil profesional y a la capacidad financiera de los intermediarios de seguros, reaseguros y seguros complementarios (DOUE 2024/896, de 20 de marzo de 2024), actualizó las cuantías mínimas de la capacidad financiera y la responsabilidad civil profesional de los distribuidores de seguros, que entró en vigor el 9 de octubre de 2024.
Mediante la Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se publicó la actualización prevista de los artículos 152.4 y 157.4 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, que es la siguiente:
Hasta el 8 de octubre de 2024 | Desde el 9 de octubre de 2024 | |
Capacidad financiera | Mínimo 19.510 € | Mínimo 23.480 € |
Responsabilidad civil profesional | Mínimo: 1.300.380 € por siniestro 1.924.560 € total siniestros/año |
Mínimo: 1.564.610 € por siniestro 2.315.610 € total siniestros/año |