Paso 4. Solicitud de interés general o utilidad pública y autorización administrativa

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, este tipo de instalaciones requiere la autorización administrativa.

Si se proyecta construir en suelo rústico, el desarrollo de las instalaciones quedará condicionado a la obtención de la declaración de interés general o de utilidad pública. Las instalaciones de tipo D se tramitarán en todo caso por la vía de la declaración de interés general.

Participación local en instalaciones de generación renovable: conforme con lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, los proyectos de generación renovable que estén ubicados en el suelo y tengan una potencia igual o superior a 5 MW deberán ofrecer la posibilidad de participación local.

1) Instalaciones en suelo rústico que se tramitan por la vía de la declaración de interés general

El procedimiento para la declaración de interés general lo iniciará la persona interesada ante el ayuntamiento correspondiente, de acuerdo con lo que establece el artículo 37.1 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Illes Balears. El órgano sustantivo es el consejo correspondiente, el cual someterá a información pública y consultas tanto el proyecto técnico como el ambiental.

Una vez obtenida la resolución estimatoria de la declaración de interés general y de la declaración de impacto ambiental, se podrá solicitar la autorización administrativa al órgano competente en materia de energía en la Administración autonómica.  La solicitud se realizará a través del trámite específico (acceda al tràmite) y se anexará la siguiente documentación:

  • Solicitud (obtenga la solicitud)
  • Declaració de dades del projecte (obteniu document)
  • NIF del solicitante, DNI del representante y los poderes de representación.
  • Original o copia compulsada de la resolución de declaración de interés general y declaración de impacto ambiental.
  • Documentación que acredite la capacidad del solicitante establecida en el artículo 121 del Real Decreto 1955/2000.
  • Propuesta previa del gestor de la red para la obtención de los permisos de acceso y de conexión.
  • Anteproyecto y proyecto de ejecución de la instalación (el proyecto de ejecución puede se puede aportar una vez obtenida la autorización administrativa y antes de iniciar las obras).
  • Justificante de disponibilidad de los terrenos o del lugar donde se ha de ubicar la instalación.
  • Resguardo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de haber depositado la garantía económica de acuerdo al RD 1183/2020, en la modalidad de efectivo o aval. Sin embargo, en caso de que se haya solicitado a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático el informe sobre la adecuada constitución de la garantía, solo es necesario indicar el número de expediente. Para depositar la garantía se seguirán los trámites indicados en el apartado 4 de este paso.
  • Justificante de haver pagado las tasas correspondientes. Para el pago de las tasas se seguirán las pautas indicadas en el apartado 5 de este paso.

2) Instalaciones en suelo rústico que se tramitan por la vía de la declaración de utilidad pública

La solicitud de declaración de utilidad pública se realizará simultáneamente a la solicitud de autorización administrativa o de aprobación del proyecto de ejecución. 

 La solicitud de autorización administrativa y de utilidad pública se dirigirá a la Dirección General de Energía y Cambio Climático, se realizará a través del trámite específico (acceda al trámite) y se anexará la siguiente documentación:

  • Solicitud (obtenga la solicitud)
  • Declaració de dades del projecte (obteniu document)
  • Solicitud para la tramitación ambiental (obtenga la solicitud)
  • NIF del solicitante, DNI del representante y los poderes de representación.
  • Documentación que acredite la capacidad del solicitante establecida en el artículo 121 del Real decreto 1955/2000.
  • En caso de que sea necesaria la evaluación ambiental, se presentará el documento ambiental o el estudio de impacto ambiental con el contenido mínimo que establece la Ley 21/2013 (en función de evaluación simplificada o ordinaria) y un anexo de incidencia paisajística que identifique el paisaje afectado por el proyecto, los efectos de su desarrollo y, en su caso, las medidas protectoras, correctoras o compensatorias.
  • Propuesta previa del gestor de la red para la obtención de los permisos de acceso y de conexió.
  • Anteproyecto y proyecto de ejecución de la instalación (el proyecto de ejecución también se puede aportar una vez que se ha obtenido la autorización administrativa y antes de iniciar las obras).
  • Resguardo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de haber depositado la garantía económica de acuerdo al RD 1183/2020, en la modalidad de efectivo o aval. Sin embargo, en caso de que se haya solicitado a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático el informe sobre la adecuada constitución de la garantía, solo es necesario indicar el número de expediente. Para depositar la garantía se seguirán los trámites indicados en el apartado 4 de este paso.
  • Justificante de disponibilidad de los terrenos o del lugar donde se ha de ubicar la instalación.
  • Justificante de haver pagado las tasas correspondientes. Para el pago de las tasas se seguirán las pautas indicadas en el apartado 5 de este paso.

3. Instalaciones en terreno no rústico (incluido autoconsumo en zona urbana)

La solicitud de autorización administrativa y de utilidad pública se dirigirá a la Dirección General de Energía y Cambio Climático, se realizará a través del trámite específico (acceda al trámite) y se anexará la siguiente documentación:

  • Solicitud (obtenga la solicitud)
  • Declaració de dades del projecte (obteniu document)
  • NIF del solicitante, DNI del representante y los poderes de representación.
  • Documentación que acredite la capacidad del solicitante establecida en el artículo 121 del Real Decreto 1955/2000
  • Para las instalaciones fotovoltaicas de ocupación de más de 1.000 m² excepto si están situadas en cubierta y las eólicas de más 100 kW, se presentará el documento ambiental o el estudio de impacto ambiental con el contenido mínimo que establece la Ley 21/2013 para una evaluación simplificada. Se presentará una copia en papel y una en formato digital. 
  • Propuesta previa del gestor de la red para la obtención de los permisos de acceso y de conexión.
  • Anteproyecto y proyecto de ejecución de la instalación (el proyecto de ejecución también se puede aportar una vez que se ha obtenido la autorización administrativa y antes de iniciar las obras).
  • Justificante de disponibildiad de los terrenos o del lugar donde se ha de ubicar la instalación.
  • Resguardo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de haber depositado la garantía económica de acuerdo al RD 1183/2020, en la modalidad de efectivo o aval. Sin embargo, en caso de que se haya solicitado a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático el informe sobre la adecuada constitución de la garantía, solo es necesario indicar el número de expediente. Para depositar la garantía se seguirán los trámites indicados en el apartado 4 de este paso.
  • Justificante de haver pagado las tasas correspondientes. Para el pago de las tasas se seguirán las pautas establecidas en el apartado 5 de este paso.

4. Procedimiento para depositar la garantía económica

1. Depósito de la garantía económica

Para depositar la garantía se seguirán los siguientes trámites:

En efectivo: presente el modelo (obtenga el formulario) firmado electrónicamente por correo electrónico en la dirección dipositaria@tresorer.caib.es. La Depositaría le entregará por correo electrónico dos ejemplares del modelo 801 y una lista de cuentas corrientes para ingresar la cantidad en metálico en una entidad bancaria de su elección. Una vez efectuado el ingreso, debe presentar el modelo 801 «para la Administración» y el resguardo de la transferencia/ingreso bancario, cuando se registre la instalación, en la Dirección General de Energía y Cambio Climático. El ejemplar 801 para la persona interesada puede conservarse para futuras consultas.

Aval bancario o certificado de seguro: se constituirá un aval bancario (obtenga el modelo de aval para transporte/distribución) o certificado de seguro (obtenga el modelo de certificado de seguro para transporte/distribución).  Solicite a la entidad garante la emisión de la garantía en documento electrónico. Entregue este documento electrónico en dipositaria@tresorer.caib.es. La Depositaría realizará de oficio la validación de los poderes y, en caso de no producirse incidencias, le entregará por correo electrónico los modelos 802 para la Administración y para la interesada. En caso de incidencias, la Depositaría comunicará con usted. El modelo 802 «para la Administración» es el que debe entregar a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático cuando se registre la instalación. Si su entidad garante no puede realizar el documento electrónico y lo tiene que emitir en papel, puede seguir las instrucciones de este enlace.

 

Nota importante: para el caso de Empresas instaladoras / ingenierías que actúan en representación de la persona física o jurídica titular de la instalación:

La fianza se registrará a nombre de la persona física o jurídica titular de la instalación. En caso de fianzas en metálico (ingreso en cuenta o transferencia bancaria) el dinero se devolverá a una cuenta corriente en la UE a nombre de la persona titular de la instalación, independientemente de la titularidad de la cuenta que puso la transferencia inicial.

Los resguardos 801/802, de registro de la fianza se enviarán por correo electrónico a la(s) cuenta(s) de correo que se solicite.

 

2. Informe sobre la adecuada constitución de la garantía

Se presentará a la Dirección General de Energía y Cambio Climático una solicitud (obtenga la solicitud) de informe sobre la adecuada constitución de la garantía junto con el modelo 801 o 802 «para la Administración (ir al procedimiento para la solicitud)

El plazo máximo que dispone la mencionada dirección general para que se pronuncie sobre la adecuada constitución de la garantía es tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

 

5. Procedimiento para el pago de las tasas

Para el pago de las tasas tiene que ir a http://www.atib.es/ta/modelos/tasas046.aspx y proceder de la siguiente forma:

 

a) Para el pago de la tasa de evaluación de impacto ambiental

En el espacio donde indica «buscar», justo debajo de la lista de organismos, hay que introducir el código 35.6.1.3 para la EIA ordinaria y 35.6.1.4 para la EIA simplificada. Así se genera el modelo 046 para abonar la tasa

 b) Para el pago de la tasa de evaluación de autorización administrativa/utilidad pública

La tasa está determinada por el presupuesto del proyecto. En el espacio donde indica «buscar», justo debajo de la lista de organismos (este espacio tiene que quedar en blanco), hay que introducir el código 408.1.3.1.1 y así se genera el modelo 046 para abonar la tasa del primer tramo. Después hay que introducir el código 408.1.3.1.2 y en el lugar de unidades hay que indicar 20 unidades, así se genera el modelo 046 para abonar la tasa del segundo tramo. Finalmente, hay que introducir 408.1.3.1.3 y en el lugar de las unidades hay que indicar las unidades restantes hasta el total del presupuesto del proyecto; así se genera el modelo 046 para abonar la tasa del tercer tramo.