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Aportación de garantías en documentos físicos

Recepcionar garantías en documento físico (avales, certificados de seguros...) que no se puedan realizar de forma electrónica.

Código SIA

2299018

Personas destinatarias

Personas físicas y jurídicas que necesiten depositar una garantía y no puedan conseguirla en formato electrónico.

Requisitos

Para facilitar las gestiones con la Administración, la Depositaría ha establecido medios para aportar fianzas en documento electrónico, de forma remota y sin requerir tramitación presencial, hecho que ahorra a la ciudadanía tiempo, costes y gestiones innecesarias.

El artículo 14 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las relaciones entre las personas jurídicas y la Administración será sólo por medios electrónicos.

Aún así, y para no perjudicar las personas que por alguna razón sólo han podido obtener garantías en documento físico (avales bancarios, seguros de caución...) la Depositaría, dada la particularidad de los documentos a aportar, permite la tramitación de documentación física de forma temporal y excepcional.

1.- Descargue el modelo de garantía para presentar con firma electrónica que corresponda a su trámite. Es importante que la entidad garante no emplee modelos que puedan estar desfasados, dado que la Depositaría se podría negar a registrarlos; haga llegar el modelo a la entidad garante. Se recomienda que la entidad garante elabore un borrador y entregarlo a la Depositaría por correo electrónico (dipositaria@tresorer.caib.es).

Si no se puede hacer un borrador previo, podrá aportar el documento final escaneado cómo se indica más bajo.

2.- La persona física o jurídica interesada en que se registre su garantía en documento no digital, escaneará el documento a aportar (o el borrador) y lo enviará por correo electrónico a dipositaria@tresorer.caib.es

3.- La Depositaría verificará que el contenido general del documento contenga la información suficiente y correcta (*). Si el documento escaneado lleva la firma de las personas apoderadas, el Servicio de Depositaría gestionará de oficio el bastanteo de los poderes de las persones firmantes respecto de la entidad garante, si no está firmado, se podrá validar el texto, pero no bastantear los poderes.

4.- En caso de alguna incidencia, la Depositaría comunicará con la interesada por correo electrónico para que enmiende el documento. En caso positivo, la Depositaría autorizará la firma para poder volver al paso 2 y bastantear los poderes o, si ya están bastanteados, autorizará el envío del documento original.

5.- La interesada aportará o enviará por correo certificado o mensajería el documento original de la garantía a la Depositaría. Para poder prever el aforo de personas en la sede de la Depositaría, es imprescindible pedir cita previa a dipositaria@tresorer.caib.es. A las agencias de mensajería se les suele asignar un día de entrega, sin hora concreta.

Depositaría de la DG del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

C / Palau Reial, 17

07001 Palma

Illes Balears

971177108

Tenga presente que el plazo de presentación de agencias y Correos a menudo tiene un margen de imprecisión...

Para aportar el documento físico, previamente se habrán bastanteado los poderes de las personas firmantes de la fianza, bien como se indica en el punto 3 o porque la interesada ha realizado el bastanteo presencialmente en la Abogacía (**)

6.- Una vez recibido el documento físico, la Depositaría lo registrará y remitirá a la interesada por correo electrónico los dos certificados de registro (modelo 802), uno para la administración y otro para la interesada, con firma digital. La Depositaría puede emitir los 802 en papel en el acto a la persona que aporta el documento original, pero se desaconseja esta opción.

7.- El resguardo modelo 802 "copia para la administración", firmado certifica que se ha depositado la garantía, por lo tanto podrá presentarse ante el ente que ha requerido la misma.

La Depositaría recomienda a las interesadas insistir a la entidad garante para la obtención de documentos electrónicos, los cuales permiten la realización de los trámites de forma totalmente en línea, hecho que supone un fuerte ahorro económico, de tiempo y de desplazamientos.

La Abogacía de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears no acepta bastanteos de poderes de otras CCAA ni de la Abogacía del Estado.

A título orientativo (alguna vez no ha sido posible cumplir estos plazos), la validación del documento/borrador y bastanteo de los poderes de las firmantes, suele hacerse dentro de la misma jornada por la mañana, máximo 24 horas, de media 3-4 horas. La emisión de los 802 en formato papel o electrónico y entrega por correo electrónico suele durar menos de 10 minutos. La cita previa se puede dar por el mismo día, generalmente.

No pueden emitirse los certificados de registro 802 sin el documento original previamente bastanteado en poder de la Depositaría.

(*) La Depositaría comprobará que los datos contenidos en el documento son adecuados desde el punto de vista de la adecuación al Decreto 13/2019, pero no podrá comprobar datos particulares del ente que requiere la garantía (adecuación al importe del contrato, el valor del IPC de las actualizaciones de recuperación canteras...)

(**) Todavía existe la posibilidad de ir en persona o enviar a la agencia a la Abogacía de la Comunidad a bastantear los poderes de las persones firmantes de la fianza sobre el documento en papel y posteriormente aportarlo a la Depositaría.

Abogacía de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares

Plaza del Rosario, 5, entresuelo

07001 Palma

971 17 95 95

Órgano instructor

Servicio de Depositaría

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Depositaría

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177108 - Fax: 971176331

(dipositaria@caib.es)