Paso 10. Autorización del proyecto de ejecución-construcción

Antes de iniciar las obras, se solicitará (acceder al trámite) la aprobación del proyecto de ejecución (obtenga la solicitud) en el plazo que establezca la resolución de autorización administrativa, excepto en el supuesto de que la de aprobación del proyecto de ejecución se haya tramitado simultáneamente.

Con la solicitud de autorización del proyecto de ejecución se anexará el proyecto de ejecución de la instalación en papel y en formato digital. El número de copias dependerá del número de organismos a consultar.

La Dirección General de Energía y Cambio Climático emitirá la resolución correspondiente en un plazo de tres meses. La falta de resolución tendrá efectos desestimatorios, sin perjuicio de que se pueda interponer el recurso administrativo correspondiente.