Autorización para la actividad de transporte escolar (TE) y de transporte regular de uso especial (TA)

La Dirección General de Movilidad otorga la autorización necesaria cuando la ruta escolar transcurre por más de un municipio.

Las empresas adjudicatarias deben solicitarla antes de iniciar el servicio, aportando la documentación relativa a los itinerarios y vehículos.

La autorización es obligatoria, está vinculada al contrato y garantiza un transporte seguro y adecuado para el alumnado.

La Dirección General de Movilidad emitirá una autorización por cada centro y una tarjeta por cada vehículo adscrito a dicho centro.


IMPORTANTE: Solo deben solicitarse las rutas escolares cuando transcurren por más de un municipio. Las rutas que curculan por un solo municipio tienen que solicitarse al ayuntamiento correspondiente.


Por cada centro y autorización (TE o TA) que tenga rutas que atraviesen más de un municipio, deberá solicitarse una autorización acompañada de la siguiente documentación:

  • Un formulario de 01_-_Solicitud_Transporte_Escolar_-_CATO.pdf  solicitud cumplimentado y firmado (Si se presentan los documentos con el trámite que hay en la Sede Electrónica, la solicitud se genera automáticamente, así que no haría falta hacerla con anterioridad).
  • El contrato escolar o su prórroga.
  • El justificante del pago de la tasa correspondiente (Si se presentan los documentos con el trámite que hay en la Sede Electrónica, se puede pagar la tasa dentro del trámite o pagarla antes y adjuntar el justificante).

  • Por cada ruta del centro de escolar:
    • Un 02_-_Anexo_Itinerario_-_CATO.pdf  anexo cumplimentado con el itinerario de la ruta (Si se presentan los documentos con el trámite que hay en la Sede Electrónica, los mismos datos de los itinerarios se deben aportar durante el trámite, así que no haría falta hacer el documento de anexo).
      • El nombre será descriptivo basado en el contrato escolar. Normalmente es: Centro Escolar + Lote + Ruta + Vehículo. Se puede añadir una identificación específica para distinguir mejor cada ruta (como "Ruta del puerto" o "desde Son Gurgut").
      • En la columna del "municipio" solo figurará el municipio de cada parada.
      • En la columna de "calle y número" puede indicarse la dirección de la parada o una descripción de la misma (por ejemplo: “en la rotonda de entrada al municipio” o el nombre del centro escolar si es la parada final).
    • Un croquis del recorrido.

  • Por cada vehículo asignado a las rutas del centro escolar:
    • Copia de la ficha técnica donde conste que el vehículo es apto para realizar transporte escolar (Para hacer TA, transporte de mayores de 16 años, no es necesario que conste).
    • Certificado o póliza y recibo del pago en vigor del seguro de responsabilidad civil con un límite máximo de 50.000.000 €.
    • Si el vehículo tiene una antigüedad superior a 10 años y debe realizar TE, se debe aportar documentación que acredite que dicho vehículo ha sido destinado previamente a transporte escolar, como por ejemplo la tarjeta de transporte escolar del año anterior (Para hacer TA, transporte de mayores de 16 años, no es necesario).

  • En su caso también puede adjuntarse:
    • Contrato de colaboración entre empresas de transporte.
    • Documentación acreditativa de la representación.

  • Si se opone a la consulta de los datos por parte de la administración también se tiene que presentar:
    • Permiso de circulación.
    • Datos del vehículo.
    • Certificado de inexistencia de deudas tributarias.
    • Certificado de inexistencia de deudas con la Seguridad Social.
    • NIF o NIE del solicitante.
    • NIF o NIE del representante (si procede).

Requisitos para los vehículos:

Transporte de Alumnos Menores de 16 años (TE):

En ambos supuestos, la fecha de inicio del curso escolar se fija el 1 de septiembre

  • El vehículo tiene que tener menos de 10 años de antigüedad al inicio del curso escolar, computados desde la primera matriculación.
  • Se permite el uso de vehículos con una antigüedad superior a 10 años e inferior a 18 años al inicio del curso, siempre que se cumplan los requisitos siguientes:
    • Que el vehículo haya sido destinado previamente al transporte escolar a la misma empresa o en otra, dentro de las Illes Balears o en cualquier otra comunidad autónoma.
    • Que el vehículo haya superado satisfactoriamente una inspección técnica específica en los términos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.

Transporte de Alumnos Mayores de 16 años (TA):

  • No existe límite de antigüedad del vehículo, computada desde la primera matriculación.
  • No es necesario que la ficha técnica indique expresamente “apto para transporte escolar”.

Presentación de documentos

Tanto las empresas como las personas físicas titulares de una autorización de transporte deben presentar los documentos obligatoriamente de forma electrónica.

Métodos de presentación de documentos de forma electrónica


Dudas:

Si tienen dudas pueden llamar al 971 177 000, extensión 69912 o enviar un correo electrónico a gsocias@dgmobil.caib.es.