Requisitos
Las producciones audiovisuales para televisión susceptibles de ser patrocinadas institucionalmente por el IEB como entidad patrocinadora para la consecución de los objetivos de la convocatoria, serán las producciones que cumplan lo siguiente:
· Producciones que supongan, por lo menos, una grabación de 140 horas mensuales en las modalidades lingüísticas propias de Ibiza y/o Formentera.
· Producciones que se graben en Ibiza y/o Formentera.
· Producciones donde se muestren hablantes de las modalidades lingüísticas propias de Ibiza y/o Formentera, con el objetivo de promocionar y proteger el léxico específico de estas islas.
· Producciones que tengan prevista la emisión desde el día siguiente al de la publicación de estas bases hasta el plazo de un año natural de dicha publicación.
Quedarán excluidas de esta convocatoria:
· Producciones que no cumplan los requisitos y/o condiciones establecidas en esta convocatoria.
· Producciones de contenido religioso y/o político.
· Producciones que promuevan actuaciones contrarias a los principios, valores y derechos constitucionales y estatutarios.
· Producciones que no presenten la documentación necesaria para poder evaluar su propuesta de conformidad con los modelos adjuntos y aprobados junto con esta convocatoria.
Documentación a presentar
Documentación administrativa:
a) Modelo de solicitud de patrocinio (anexo 2) con los datos de la persona interesada y de la representante. En el escrito de solicitud, la persona interesada indicará la dirección de correo electrónico para recibir las notificaciones electrónicas.
Si se trata de una coproducción, se aportará un poder notarial mediante el cual uno autoriza al otro a firmar el contrato de patrocinio de producciones audiovisuales en su nombre, o bien las dos partes rellenarán la solicitud y todos firmarán el contrato (las entidades que forman la coproducción y el IEB), pues lo que se patrocina es la producción, que es de ambas partes. Podrán elegir el sistema que más les convenga.
b) Copia del DNI, NIE o CIF, según corresponda, de la empresa o de la persona física solicitante, así como de la persona representante, si la hay.
c) Copia de la documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud del cual actúa la persona que firma la solicitud.
d) Copia de la escritura de constitución y/o estatutos de la entidad debidamente inscritos en el Registro.
e) Copia del certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) del año en curso, o copia del alta de la declaración censal del inicio de la actividad o del alta del IAE en que conste el epígrafe correspondiente.
Todos los documentos que necesiten firma deberán estar firmados mediante un certificado digital. A toda la documentación administrativa presentada se le adjuntará una declaración responsable en que se declare la autenticidad de la documentación y que esta no ha sufrido ningún cambio (anexo 4).
Además, también se presentará la siguiente documentación actualizada:
a) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Illes Balears y con la Tesorería General de la Seguridad Social. El personal funcionario del IEB comprobará de oficio que la entidad está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que la entidad se oponga expresamente a ello, marcando la casilla correspondiente en el modelo de solicitud (anexo 2). En caso de que la entidad se oponga a la comprobación de oficio o en caso de que, excepcionalmente, el IEB no pueda comprobar estos documentos, deberán presentarse los certificados correspondientes.
b) Declaración responsable en que se haga constar si se han recibido y/o se han solicitado otras ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas para hacer el proyecto y las cuantías económicas (anexo 4).
c) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración, según el artículo 71 de la LCSP. Esta declaración responsable o documento análogo deberá incluir la manifestación expresa de que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (anexo 4).
Documentación técnica:
a) Una memoria consistente en una explicación del proyecto audiovisual, las fechas en que se producirá, las fechas en que se emitirá, el público al que se dirige y cualquier otra información necesaria para evaluar el proyecto y con la que se acredite que se dará cumplimiento a la finalidad de promoción y protección de las modalidades insulares de Ibiza y Formentera (anexo 3, «Modelo de memoria (contenido mínimo)»).
b) Un plan de comunicación que incluya las acciones de comunicación previstas para llegar al público objetivo del proyecto audiovisual, la publicidad que se realizará y el lugar donde se pondrá el logotipo del IEB en esta publicidad, y la especial referencia a la promoción y protección de las modalidades insulares de Ibiza y Formentera.
c) El presupuesto detallado del proyecto con los ingresos y gastos totales del proyecto. Los gastos deberán ser demostrables con presentación de factura y su pago, o acuerdo o convenio de colaboración.
d) Informe de la exclusividad del proyecto que justifique la posibilidad de la adjudicación del contrato privado de patrocinio. En este informe se justificará el retorno publicitario del IEB y la promoción y protección de las modalidades insulares de Ibiza y Formentera a través de las producciones audiovisuales.
e) Escrito donde conste el historial previo de emisión de los proyectos presentados, en su caso.
Modelos:
Plazo máximo
31 de diciembre de 2024.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
C. d'Alfons el Magnànim, 29.
Tel.: 971178996
(info@iebalearics.org)