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Convocatoria 2024 de ayudas para compensar los gastos del primer año de cotización de la tarifa plana de autónomos residentes en las Islas Baleares

Fomentar la ocupación autónoma mediante la compensación, a partir del 1 de julio de 2023, de los gastos del primer año de cotización de la cuota reducida (tarifa plana) de la Seguridad Social, a las personas residentes en las Islas Baleares que hayan accedido a la cuota reducida desde el paro.

Código SIA

3054117

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas residentes en las Islas Baleares que, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024, causen o hayan causado alta en lo RINDA (o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente) y se hayan mantenido de alta de manera ininterrumpida como mínimo hasta la fecha de presentación de la solicitud; que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2.2 de estas bases, y que, además, acrediten que disfrutan del derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización de la Seguridad Social (tarifa plana).

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Trámites

X

solicitud

Requisitos

Personas beneficiarias y requisitos

1. Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas residentes en las Islas Baleares que, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024, causen o hayan causado alta en lo RINDA (o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente) y se hayan mantenido de alta de manera ininterrumpida como mínimo hasta la fecha de presentación de la solicitud; que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2.2 de estas bases, y que, además, acrediten que disfrutan del derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización de la Seguridad Social (tarifa plana).

2. Requisitos de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias tienen que cumplir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud:

a) Constar de alta en lo RINDA (o en el régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente) de manera ininterrumpida desde que empezaron a beneficiarse de la tarifa reducida hasta la fecha de la solicitud de la subvención, excepto en los casos en que justifiquen que el proyecto empresarial se ejecuta de forma estacional o por temporadas.

b) Tener derecho a la aplicación de la tarifa reducida de cotización de la Seguridad Social.

c) Constar d'alta en el Cens d'activitats econòmiques de l'Agència Estatal de l'Administració Tributària.

d) Constar como demandante de ocupación en la oficina correspondiente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, como mínimo, el día antes de su alta en lo RINDA o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente.

e) Estar empadronada en alguno de los municipios de las Islas Baleares.

f) Llevar a cabo la actividad empresarial y tener el centro de trabajo en el ámbito de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

g) Estar al cabo de la calle de pago de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares y con la Seguridad Social.

h) Cumplir todos los requisitos previstos en la convocatoria.

Tercera

Exclusiones

1. Quedan excluidas de las ayudas que establece esta convocatoria las personas que tienen la condición de trabajador autónomo o trabajadora autónoma de las sociedades mercantiles de capital, de las cooperativas, de las sociedades laborales o de las sociedades civiles no profesionales.

2. No pueden obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que se dé alguna de las circunstancias que prevé el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; tampoco pueden tener la condición de beneficiarios los solicitantes que hayan sido sancionados de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, o el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuals e intersexuals y para erradicar la LGTBI-fobia.

Documentación a presentar

Documentación

1. La presentación de la solicitud de ayuda implica autorizar la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares porque pueda verificar los datos y afirmaciones declaradas por la persona solicitante, excepto en caso de denegación expresa. En este caso la persona solicitante tiene que aportar los certificados y la documentación correspondientes, junto con la solicitud de la ayuda.

2. En todo caso, las personas solicitantes tienen que presentar, junto con su solicitud, los documentos siguientes:

a) El documento acreditativo del pago del importe correspondiente a la primera cuota reducida de cotización en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

b) El documento o certificado acreditativo de las facultades de representación, si procede, y siempre que no esté inscrito en el Registro electrónico de apoderamientos.

c) En el supuesto que la persona solicitante se integre o esté integrada como partícipe en una sociedad civil o comunidades de bienes, se tiene que adjuntar la documentación acreditativa de la constitución de esta.

3. Sólo en caso de que el interesado se oponga a la autorización a que hace referencia el punto primero de este apartado, tiene que aportar con su solicitud, junto con la documentación mencionada en el párrafo anterior, los documentos siguientes:

a) Certificado de situación censal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, alternativamente, alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaría, modelos de declaración censal 036 o 037, en que conste la fecha de inicio de la actividad y la localidad donde se ejerce.

b) Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

c) Certificado de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

d) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al cabo de la calle de pago de sus obligaciones.

e) Fotocopia DNI/ANIDO .

f) Certificado de empadronamiento en un municipio de las Islas Baleares.

g) Informe de vida laboral.

h) Certificado acreditativo de haber sido de alta como demandante de ocupación, al menos, desde el día antes del alta en lo RINDA.

4. La presentación de la solicitud de las subvenciones previstas en esta convocatoria tiene que contener las declaraciones responsables siguientes:

a) Declaración de no estar sometido a cabeza de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del TRLS, ni tampoco haber sido sancionado de acuerdo con el que establece el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuals e intersexuals y para erradicar la LGTBI-fobia, que se encuentra incluida en la solicitud.

b) Declaración de todas las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitados para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales o, si se tercia, una declaración expresa de no haber solicitado u obtenido ninguno; así como declaración responsable para garantizar que las ayudas solicitadas no superan, aisladamente o conjuntamente, el coste total de la actividad objeto de subvención.

c) Declaración de todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetos al Reglamento (CE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis.

d) Declaración de datos bancarios, a efectos del ingreso derivado del procedimiento, según el modelo incluido en la solicitud.

e) Declaración que en los últimos tres años no ha sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme porque haya ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

f) Declaración responsable que la persona solicitante cumple todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de la facultad de la Dirección general de empresa, Autónomos y Comercio para consultar los sistemas de información correspondientes y verificar el cumplimiento de los mencionados requisitos y condiciones por parte de los beneficiarios de la subvención, siempre que estos lo hayan autorizado y, en caso contrario, mediante un requerimiento. Esta comprobación podrá hacerse con anterioridad o con posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna condición, será procedente la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro.

g) Declaración responsable de no encontrarse incluido en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que impiden obtener la condición de beneficiario.

h) Declaración responsable que el solicitante acepta la cesión de tratamiento de sus datos con relación a la ejecución de esta convocatoria de subvenciones.

y) Declaración responsable que es cierta y completa la información contenida en la solicitud de subvención.

j) Declaración responsable que la persona solicitante tiene derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos (tarifa plana).

5. Excepcionalmente, si la Dirección general de empresa, Autónomos y Comercio no puede obtener esta documentación, puede solicitar a la persona interesada que lo aporte, tal como prevé el artículo 28.3 de la Ley 39/2015

Modelos:

Plazo máximo

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

El plazo para presentar la solicitud empieza el 15 de abril de 2024 y acaba el 15 de julio de 2024, ambos incluidos, siempre que el crédito no se haya agotado antes.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Emprendimiento, Economía Social y Circular

Carrer Calçat 2-A (2ª planta). Tel.: 971178900

(emprenedoriaieconomiasocial@dgpe.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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