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Convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos de personal laboral (IBAVI)

Selección de personal laboral en el marco del artículo 2 de la ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad de empleo público, por la que se convoca un concurso extraordinario para cubrir 29 plazas de personal laboral de diversas categorías del Institut Balear d'Habitatge, correspondientes a la oferta de empleo público aprobada por el Acuerdo de Consejo de Administración de 20 de mayo de 2022.

Código SIA

2927776

Personas destinatarias

Personas físicas interesadas que quieran acceder como personal laboral fijo y cumplan los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria

Plazo máximo para la resolución y notificación

El proceso selectivo objeto de esta convocatoria, según el plazo fijado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, debe que finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Órgano competente para resolver

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Personas físicas que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo para presentar solicitudes es de 30 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el BOIB

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

C/ de Manuel Azaña, 9 . Tel.: 900700003 - Fax: 971468829

(estabilitzacio@ibavi.caib.es)

Observaciones

Recordad que hay dos tipos de trámites, uno específico para la categoría de Auxiliar Administrativo/va y otro para el resto de categorías.

X

Presentación de solicitudes auxiliar administrativo

Requisitos

Personas físicas que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo para presentar solicitudes es de 30 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el BOIB

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

C/ de Manuel Azaña, 9 . Tel.: 900700003 - Fax: 971468829

(estabilitzacio@ibavi.caib.es)

Observaciones

Recordad que hay dos tipos de trámites, uno específico para la categoría de Auxiliar Administrativo/va y otro para el resto de categorías.

X

Alegación de las listas provisionales de puntuación GRUPOS A y B

Requisitos

Figurar en el listado provisional de puntuación de méritos presentados referentes a los grupos A o B, publicado en la página web de IBAVI

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

16 de junio de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

C/ de Manuel Azaña, 9 . Tel.: 900700003 - Fax: 971468829

(estabilitzacio@ibavi.caib.es)

X

Alegación de las listas provisionales de puntuación GRUPO D

Requisitos

Figurar en el listado provisional de puntuación de méritos presentados referentes al grupo D, publicado en la página web de IBAVI

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

20 de junio de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

C/ de Manuel Azaña, 9 . Tel.: 900700003 - Fax: 971468829

(estabilitzacio@ibavi.caib.es)

X

Alegación a las listas provisionales de puntuación GRUPO C

Requisitos

Figurar al listado provisional de puntuación de méritos presentados referentes al grupo C, publicado en la página web de IBAVI

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

30 de junio de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

C/ de Manuel Azaña, 9 . Tel.: 900700003 - Fax: 971468829

(estabilitzacio@ibavi.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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