Convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de prospecciones para el año 2022
El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos de prospecciones para el año 2022 en los países del sur según las prioridades que prevé el Plan Director de la Cooperación al Desarrollo de las Illes Balears 2020-2023.
Código SIA
2892428
Personas destinatarias
De conformidad con el artículo 4.2.b del Decreto 15/2018, pueden ser beneficiarias de las subvenciones que establece esta convocatoria las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Illes Balears que lleven a cabo actividades en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad, de acuerdo con los estatutos correspondientes. Se entiende por radicadas en las Illes Balears que estén inscritas en el Registro de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones de las Illes Balears o, en el supuesto de que estén inscritas en un registro de ámbito estatal, que dispongan de una sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears. Se entiende disponer de delegación permanente y activa tener sede social o delegación con establecimiento permanente en las Illes Balears, y disponer de un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en las Illes Balears que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o las actuaciones para los cuáles se solicita la subvención, así como estar en condiciones de facilitar en cualquier momento a la Dirección General de Cooperación cualquier aclaración, información y documentación sobre la contabilidad y la gestión del proyecto durante las fases de seguimiento, ejecución y justificación.
Plazo máximo para la resolución y notificación
Las resoluciones, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y se tienen que dictar en el plazo máximo de tres meses desde la fecha final de presentación de las solicitudes
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Familias y Asuntos Sociales
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Solicitud
Requisitos
Punto 4.2 de la convocatoria.
a) Estar inscritas en el Registro de ONGD de las Islas Baleares, de acuerdo con el que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018.
b) La constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Islas Baleares se tienen que haber producido como mínimo dos años antes de la publicación de la convocatoria. A efectos de lo que se establece respecto del requisito de la antigüedad que tienen que acreditar las entidades beneficiarias, en el caso de sucesión de entidades se tiene que respetar la antigüedad originaria de la entidad, siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.
c) Disponer de la organización y de la capacidad suficientes y necesarias en las Islas Baleares para garantizar que se cumpla la actividad objeto de subvención, y acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias mediante la memoria de actividades.
d) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los estados, las organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional y las personas jurídicas extranjeras, públicas o privadas, sin ánimo de lucro tienen que cumplir este requisito cuando sea exigible legalmente.
e) Haber justificado suficientemente las subvenciones o ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas Baleares, si es el caso.
f) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.
g) Ejecutar los proyectos mediante la actuación de uno o varios socios locales en el país del Sur. Se entiende por socio local o contrapart extranjera la persona jurídica creada y reconocida legalmente en el registro oficial correspondiente como entidad nacional sin ánimo de lucro , de acuerdo con la legislación del país donde se tiene que desplegar la acción, que mantiene relaciones de colaboración con la entidad beneficiaria y que asume, en todo o en parte, la ejecución directa de las actuaciones objeto de ayuda. De una manera excepcional, también se consideran socios locales entidades que, a pesar de no tener personalidad jurídica reconocida en el país donde se ejecuta el proyecto, no tienen ánimo de lucro , si se acredita que desarrollan actuaciones en el país donde se ejecuta el proyecto y que pueden llevar a cabo actividades en materia de cooperación al desarrollo, mediante un certificado de la entidad solicitante. Este requisito adicional se tiene que acreditar, si procede, mediante la documentación adjunta a la solicitud de ayuda.
h) No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
y) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
Documentación a presentar
5.1. Las entidades solicitantes tienen que presentar la documentación que seguidamente se detalla:
A) Si la presentación no se lleva a cabo mediante el trámite específico habilitado en la web https://dgcooper.caib.es, la solicitud de subvención firmada electrónicamente por la persona con representación legal de la entidad, según el modelo normalizado previsto por esta convocatoria.
B) El formulario de proyectos de prospecciones, debidamente rellenado, según el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es. Para admitir la solicitud, es indispensable presentar dentro del plazo previsto el formulario del proyecto.
C) Además, se tienen que presentar los documentos siguientes:
a) Declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (tiene que tener la titularidad la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es. En el supuesto de que la cuenta ya esté de alta en la Comunidad Autónoma, basta con especificar en qué cuenta se tiene que hacer el pago.
b) En el caso de las fundaciones, documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.
c) Declaración responsable relativa al cumplimiento de las disposiciones del Real decreto 519/2006, de 28 de abril, por el cual se establece el Estatuto de los cooperantes, máxime las relativas al seguro de los cooperantes.
d) En el caso de no autorizar la Dirección general de Cooperación en la solicitud para comprobar que la entidad está al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, los certificados administrativos correspondientes.
D) Las declaraciones responsables que seguidamente se indican de acuerdo con los modelos facilitados en el web http://dgcooper.caib.es:
─ De cumplimiento de las obligaciones de la entidad.
─ De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
─ De todas las ayudas y las subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud o que se hayan concedido a la entidad.
─ De disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento en que se publica la convocatoria.
5.2. La entidad solicitante puede presentar voluntariamente cualquier otra documentación escrita o gráfica que avale la buena marcha o ejecución del proyecto. Esta documentación complementaria se tiene que presentar como anexo a la solicitud. Es necesario incluir en la documentación una lista de los anexos presentados. En ningún caso, la aportación de este material no sustituye la información incluida en el formulario.
5.3. Con relación a la documentación que determinan los apartados anteriores, se tiene que notificar a la Dirección general de Cooperación cualquier modificación que se produzca durante el periodo subvencionado hasta que se notifique el cierre del expediente.
5.4. Las entidades solicitantes que, para cualquier otra convocatoria, ya hayan presentado a la Dirección general de Cooperación la documentación mencionada en los apartados a), b) y c) del punto 5.1.C, quedan liberadas de la obligación de volverla a presentar, siempre que aporten una declaración responsable que esta documentación no se ha modificado y continúa plenamente vigente, e identifiquen el expediente en que consta.
5.5. En el supuesto de que las solicitudes no cumplan los requisitos o no incorporen la documentación mencionada, se tiene que requerir a la entidad interesada que subsane el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia que, si transcurre el plazo de diez días hábiles y no lo ha hecho, se considerará que desiste de la petición y se archivará el expediente sin más trámites, con la resolución previa correspondiente, en los términos que prevé el artículo 21 de la Ley 39/2015.
5.6 Si el procedimiento de concesión se paraliza por causa imputable al solicitante de la subvención, por la falta de cumplimiento de algún trámite preceptivo en el plazo otorgado al efecto, se lo podrá declarar decaído en el derecho al trámite correspondiente, y la Dirección general de Cooperación propondrá a la consejera de Asuntos Sociales y Deportes la resolución del procedimiento; no obstante, siempre que no afecte a terceros, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día en que se notifique la resolución en que se tenga por transcurrido el plazo.
Documentos relacionados con el trámite:
- Instrucciones para rellenar los formularios
- Solicitud de subvención
- Formulario
- Presupuesto detallado
- Declaración de veracidad de datos bancarios
- Declaración responsable sobre la presentación de documentación
- Declaración responsable sobre la organización y estructura técnica en las Illes Balears
- Declaración responsable sobre ayudas y subvenciones solicitadas
- Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones
- Declaración responsable de prohibiciones e incompatibilidades
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes de subvención es de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (hasta el 11/10/2022).
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Familias y Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cooperación
Tel.: 971177200
(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)
Aportación de documentación
Requisitos
Haber presentado una solicitud en la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de prospecciones para el año 2022
Documentación a presentar
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Sin plazo
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Familias y Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cooperación
Tel.: 971177200
(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)
Justificación del proyecto
Requisitos
Art. 15.1 de la convocatoria
15.1. En el plazo de tres meses desde la fecha de finalización de la ejecución del proyecto, la entidad beneficiaria debe presentar la justificación de todo el proyecto aprobado mediante una memoria justificativa final que debe contener la siguiente documentación:
a) Un informe técnico completo y detallado del proyecto ejecutado en su conjunto, con una valoración final, que debe comprender una relación de todo el proceso de actuación, el grado de cumplimiento de los objetivos, el cronograma de las actividades llevadas a cabo, los aprendizajes y los resultados obtenidos, de acuerdo con el modelo que facilita la Dirección General de Cooperación y que está disponible en la web http://dgcooper.caib.es . Además, la entidad podrá adjuntar las fuentes de verificación que considere necesarias.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades llevadas a cabo. Se debe utilizar el modelo de cuenta justificativa que facilita la Dirección General de Cooperación y que está disponible en la web http://dgcooper.caib.es . Asimismo, debe contener:
· Una lista de los gastos efectuados, clasificados por partidas y fechas, con indicación del número de justificante, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
· Documentos justificativos de los gastos, originales o copias compulsadas, ordenados según la citada lista. La documentación original justificativa del gasto debe estar debidamente estampillada y debe acreditar, al menos, el origen de la financiación.
· Un certificado de la persona responsable legal de la entidad beneficiaria en el que se haga constar que las facturas justificativas que se presentan corresponden efectivamente a los pagos efectuados y derivados de la finalidad para la que se haya concedido la subvención.
· Una declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria que acredite las cantidades imputadas a la ayuda en concepto de gastos indirectos, de acuerdo con lo que prevé el artículo 33.3 del Decreto 15/2018.
Documentación a presentar
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Tres meses desde la finalización del proyecto
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Familias y Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cooperación
Tel.: 971177200
(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Cooperación e Inmigración
Finalidad
Tramitación del procedimiento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional