Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Convocatoria subvenciones para entidades locales, agrupaciones de ayuntamientos y mancomunidades, para el impulso y la implementación de las Mesas Locales contra las violencias machistas años 2024 a 2027

Contratación de personal técnico para impulsar las Mesas de Coordinación y prevención contra el abordaje de las violencias machistas

Código SIA

3056210

Personas destinatarias

Ayuntamientos, agrupación de ayuntamientos y mancomunidades

Plazo máximo para la resolución y notificación

seis meses desde el día siguiente de la finalización del plazo de presentación de las subvenciones

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

No

Órgano competente para resolver

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Ser un ayuntamiento, una mancomunidad o una agrupación de ayuntamientos de las Islas Baleares que acrediten disponer de mesa de coordinación y prevención para el abordaje de las violencias machistas con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

Documentación a presentar

1. Ayuntamientos:

— Certificado del órgano competente de la entidad acreditativo de la representación con que actúa la persona que firma la solicitud.

— Declaración responsable del alcalde o alcaldesa del municipio, y/o certificado del secretario o secretaria de la corporación local, de tener constituida la mesa de coordinación, y/o acta de constitución de la mesa de coordinación.

— Certificado del secretario o secretaria / interventor o interventora, o persona competente correspondiente de la entidad, en que se hagan constar, por un lado, los salarios a percibir por los funcionarios interinos de programa vinculados al proyecto de inversión, y, por el otro , que los nombramientos de personal funcionario interino de programa que se formalicen al amparo de esta convocatoria no se destinarán a cubrir lugares de trabajo estructurales de carácter permanente.

2. Agrupaciones de ayuntamientos:

— Copia auténtica del acuerdo subscrito por las entidades locales que concurren conjuntamente, en el cual tiene que constar la designación del ayuntamiento que representa la agrupación.

— Copia auténtica de la designación del representante de la agrupación. Este representante tiene que tener poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación.

— Certificado del secretario o secretaria de cada corporación local y/o declaración responsable del batle o batlessa del municipio representando de la agrupación, de tener constituida la mesa de coordinación, y/o acta de constitución de la mesa de coordinación.

— Certificado del secretario o secretaria / interventor o interventora, del municipio que representa a la agrupación de municipios, en el cual tienen que constar, por un lado, los salarios a percibir por los funcionarios interinos de programa vinculados al proyecto de inversión, y, por el otro , que los nombramientos de personal funcionario interino de programa que se formalicen al amparo de esta convocatoria no se destinarán a cubrir lugares de trabajo estructurales de carácter permanente.

3. Mancomunidades

— Certificado del órgano competente de la entidad acreditativo de la representación con que actúa la persona que firma la solicitud.

— Declaración responsable del presidente o presidenta de la mancomunidad y/o certificado del secretario o secretaria de la mancomunidad, de tener constituida la mesa de coordinación, y/o acta de constitución de la mesa de coordinación.

— Certificado del secretario o secretaria / interventor o interventora, o persona competente correspondiente de la entidad, en que se hagan constar, por un lado, los salarios a percibir por los funcionarios interinos de programa vinculados al proyecto de inversión, y, por el otro , que los nombramientos de personal funcionario interino de programa que se formalicen al amparo de esta convocatoria no se destinarán a cubrir lugares de trabajo estructurales de carácter permanente.

4. Documentación común a todas las modalidades:

 Copia del NIF de la entidad solicitante en caso de no disponer de CSV para comprobar –lo telemáticamente.

 Declaración responsable de no haber solicitado ni recibo cabe otra ayuda o financiación para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente público o privado.

 Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones generales para recibir subvenciones de acuerdo con la normativa reguladora.

 Declaración responsable o acreditación con un documento bancario que la entidad beneficiaria es titular de la cuenta bancaria facilitada, en que consten el nombre de la entidad beneficiaria, el número de identificación fiscal y la cuenta bancaria completa (Anexo 3).

 Certificado, si procede, del secretario o secretaria / interventor o interventora, o persona competente correspondiente, en el cual conste que hay financiación suficiente para los gastos no subvencionados por el Instituto Balear de la Mujer que tenga que financiar la entidad local.

 Comunicación identificativa de la documentación en poder de la Administración, si procede ( Veáis Anexo 1).

Plazo máximo

Del 19 de junio hasta el 18 de julio de 2024 (ambos incluidos).

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

X

Presentac. proyecto y nombramto

Requisitos

a) El proyecto de inversión tendrá que recoger las funciones y tareas que tiene que llevar a cabo el personal nombrado, que como mínimo tienen que incluir:

1. La realización de un diagnóstico sobre el municipio, que recoja las instituciones y entidades implicadas en temas de igualdad y violencias machistas, los datos de violencia del municipio, las acciones implementadas los últimos años y las principales necesidades. En caso de que esta diagnosis ya se hubiera realizado con anterioridad, se tendrá que realizar una revisión y actualización.

2. Planificación anual de los objetivos e hitos que se quieren conseguir para mejorar la prevención, la detección, la intervención y la coordinación interinstitucional en temas de violencias machistas e igualdad.

3. Definición de las necesidades existentes sobre promoción de la igualdad y el abordaje de las violencias machistas a nivel municipal, de agrupación de ayuntamientos o de la mancomunidad.

4. Identificación de los y las agentes que participarán/formarán parte de la Mesa y las Comisiones.

5. Coordinar, en el ámbito de las funciones del proyecto, las diferentes áreas del ayuntamiento, instituciones y entidades implicadas y/o con competencias en materia de lucha contra las violencias machistas en el municipio.

6. Crear un reglamento de la Mesa y Comisiones del municipio. En caso de que ya exista este reglamento, se tendrá que realizar una revisión para actualizarlo.

7. Liderazgo, organización, planificación, programación, difusión, implementación y dinamización de la Mesa, de las Comisiones y de las subcomisiones de trabajo surgidas de las mismas. Entre otras tienen que desarrollar las siguientes tareas: temporalización, propuesta de acciones y objetivos, establecimiento del orden del día, elaboración y envío de las actas, gestión de las confirmaciones de las y los participantes, recogida, seguimiento y ejecución de los acuerdos establecidos, etc.

8. Difusión de los resultados y acuerdos de la mesa y las comisiones

9. Organización y participación de reuniones con personas, recursos y/o servicios que formarán parte de la Mesa y de las Comisiones.

10. Coordinación, liderazgo y apoyo al seguimiento de las acciones y las actuaciones en materia de igualdad, sensibilización, prevención, detección y atención a las violencias machistas surgidas y acordadas a las Mesas y Comisiones.

11. Impulso de las actividades propias a desarrollar por la entidad local y colaboración y participación en la preparación, diseño, y ejecución de las actividades vinculadas a la Mesa y a las Comisiones que realicen el resto de entidades y o instituciones participantes.

12. Informar, orientar y asesorar a profesionales del municipio en materia de igualdad. Estas acciones se pueden realizar a través de actualización y/o difusión de guías, protocolos y otros documentos técnicos.

13. Difusión de informaciones, herramientas, documentos, actividades y acciones relacionadas con la promoción de la igualdad y el abordaje de las violencias machistas trasladadas por las diferentes instituciones supramunicipales.

14. Promover el trabajo en red en el seno de las Mesas y de las Comisiones.

15. Realizar y/o impulsar actuaciones formativas con perspectiva de género a la Mesa, y a las Comisiones para promover la sensibilización, la prevención, detección y actuación de las violencias machistas.

16. Investigar y compartir buenas prácticas en materia de sensibilización, prevención, detección y actuación frente las violencias machistas.

17. Impulso de la participación ciudadana en el seno del proyecto

18. Creación de un sistema de seguimiento y evaluación del proyecto de inversión que incluya indicadores cuantitativos y cualitativos y permita realizar acciones de mejora.

19. Elaboración de la documentación que se desprenda para el correcto desarrollo del proyecto, así como la requerida en el anexo 4 de la subvención.

20. Elaboración de una memoria anual de seguimiento del proyecto.

21. Cooperar, colaborar y mantener reuniones periódicas de seguimiento con las técnicas del Servicio para el impulso y la implementación de las Mesas Locales de Coordinación para el abordaje de las violencias machistas en las Islas Baleares del Instituto Balear de la Mujer, con el objetivo de hacer un buen seguimiento del proyecto, de las tareas y de los acuerdos.

22. Colaboración y participación en la Mesa Suprainsular de Coordinación para el abordaje de las violencias machistas, en los términos que se establezcan.

b. La persona que se designe como responsable del proyecto de inversión y responsable directo de la persona que se nombre para desarrollar el proyecto ha de ser un empleado público de la entidad local con carácter de permanencia.

c. El personal funcionario interino de programa vinculado al proyecto de inversión que se nombre deberá desarrollar única y exclusivamente las funciones derivadas del objeto de la convocatoria. En ningún caso podrá llevar a cabo funciones inherentes a la entidad local que no se correspondan con el objeto de la convocatoria.

d. El personal funcionario nombrado deberá ejercer dichas funciones como personal técnico y tener la titulación de:

- Diplomatura, licenciatura o grado en Trabajo Social o Educador Social o Psicología con un mínimo de 20 horas de formación en materia de igualdad y/o prevención de las violencias machistas.

- Cicle formativo de grado superior de técnico/a superior en promoción e igualdad de género.

Documentación a presentar

1. Comunicación del inicio de la actividad.

2. Designación del empleado público responsable del proyecto de inversión y responsable directo de la persona que se nombre para el desarrollo del proyecto.

3. Nombramiento del personal funcionario interino de programa vinculado al proyecto de inversión.

4. Acreditación de los requisitos de titulación i formación requeridos en la base 10.4.2 de la convocatoria para el personal interino nombrado.

5. Copia del proyecto de inversión que fundamente el nombramiento.

Plazo máximo

Con caracter previo al inicio de la actividad

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

X

Justificación 2024

Requisitos

Son subvencionables las acciones que se lleven a cabo desde el día 1 de junio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

Se consideran gastos subvencionables las que respondan sin duda a la naturaleza de la actividad que es objeto de la subvención (punto 2 de la convocatoria) y que se lleven a cabo dentro del plazo previsto en la convocatoria, de acuerdo con las bases reguladoras, y que no superen el valor de mercado.

Son subvencionables los costes de personal derivados del proyecto de inversión de personal funcionario interino de programa para el impulso y la implementación de las Mesas Locales de Coordinación para el abordaje de las violencias machistas para los años 2024, 2025, 2026 y 2027 para entidades locales, agrupaciones de Ayuntamientos y Mancomunidades. En concreto son gastos subvencionables:

- El sueldo de este personal

- Las retenciones de IRPF correspondientes al personal nombrado.

- El coste de Seguridad social del personal nombrado.

No son gastos subvencionables las dietas, los gastos de locomoción, ni cualquier indemnización por razón de servicio ni los recogidos en el punto 2.2 de la convocatoria.

El importe máximo subvencionable es del 100% de la cantidad solicitada por año, con un máximo de: 50.000€ anuales por técnico/a y tabla de coordinación.

La justificación tiene que alcanzar la realización completa de la actividad y el coste total de esta para cada año siempre con independencia del porcentaje financiado.

No se entenderá del todo justificada la justificación de los fondos percibidos hasta que no se haya acreditado, como mínimo, el importe del coste de la actividad anual y que sirvió de base a la concesión de la subvención.

Documentación a presentar

a) Certificado expedido por el secretario o secretaria y/o interventor o interventora, o persona competente de la entidad local o, si procede, del representante de la agrupación de municipios, en el cual tiene que constar que se ha realizado la actividad subvencionada y que la memoria económica justificativa es correcta.

b) Una memoria técnica de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, con indicación, como mínimo, de las actividades realizadas por parte del personal funcionario interino en el marco del proyecto de inversión, que hayan contribuido al impulso y la implementación de las Mesas Locales de Coordinación y prevención contra las violencias machistas de acuerdo con el apartado 2.1.1 de la convocatoria, así como los resultados obtenidos, la temporalización, los medios de difusión utilizados, la evaluación y cualquier otro aspecto que pueda resultar adecuado. Se debe utilizar el modelo publicado en esta sede electrónica (Anexo 4)

c) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades anuales llevadas a cabo, que recoja una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y del documento justificativo, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. Se tiene que emplear el modelo publicado en esta sede electrónica (Anexo 5).

d) La documentación que justifique la relación clasificada de gastos y tiene que incluir como mínimo:

· Nóminas, con expresión de las correspondientes retenciones del IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social.

· Modelos 111, de retenciones e ingresos por anticipado del IRPF (trimestral o mensual) y el 190 anual, en que se reflejan los trabajadores y trabajadoras a los cuales se ha practicado la retención.

· El recibo de liquidación de cotización (RLC) y de relación nominal de trabajadores (RNT) para las cotizaciones a la Seguridad Social.

· Justificantes de pagos de los gastos anteriores.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

31 de enero de 2025

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar