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Ayudas para el mantenimiento de estructuras organizativas de los sindicatos y de las organizaciones sindicales con un grado de representación determinado

Convocatoria de concesión de ayudas económicas para el mantenimiento de estructuras organizativas de los sindicatos con el grado de representatividad en la comunidad autónoma de las Illes Balears indicado en el punto 1 del apartado 4.º, en el marco del fomento de la actividad sindical.

Código SIA

3266300

Personas destinatarias

Son beneficiarios de las ayudas que regula esta convocatoria los sindicatos y las organizaciones sindicales que a día 31 de diciembre de 2025 acrediten haber obtenido entre 10 y 120 representantes en las elecciones a órganos de representación unitaria de los trabajadores en las empresas y en los correspondientes órganos de representación de las administraciones públicas en el ámbito de las Illes Balears.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la presentación de la solicitud.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejeria de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social antes de dictar la propuesta de resolución.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.

c) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

d) No haber sido sancionados o condenados en los tres últimos años por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionados o condenados por resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.

Documentación a presentar

1. Los sindicatos y las organizaciones sindicales que solicitan la subvención han de presentar la documentación siguiente:

a) Solicitud específica de la convocatoria, según el modelo normalizado de la solicitud y declaración responsable (anexo 2).

b) Documento fehaciente que acredite la representación de la persona que actúa en nombre del sindicato o de la organización sindical solicitante. La representación puede acreditarse de cualquier forma válida en derecho. En el caso de representación mediante la inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) será suficiente el número de registro.

c) Copia del documento constitutivo de la entidad o de los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente, o certificado de inscripción registral de los documentos mencionados.

d) Memoria de la actividad de la subvención y justificación de la necesidad.

e) Presupuesto detallado de los gastos previstos para el periodo subvencionable.

2. De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la solicitud el interesado autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que pueda consultar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las obligaciones tributarias con la Administración tributaria de las Illes Balears, excepto en el caso de oposición expresa de la persona solicitante manifestada en el anexo 2 (impreso de solicitud).

En caso de que se opongan a estas consultas, deberán aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de dichas obligaciones, junto con la solicitud de la ayuda.

3. En aplicación del artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la persona interesada ha de autorizar a la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral a consultar si está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como a verificar el NIF de la entidad solicitante.

En caso de que no autoricen dichas consultas, deberán aportar la documentación acreditativa junto con la solicitud de la ayuda.

4. De acuerdo con el artículo 23 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 69 de la Ley 39/2015, la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral podrá hacer las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos que contiene su declaración responsable.

5. En virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, las personas solicitantes tienen derecho a no aportar la documentación que ya hayan aportado anteriormente en cualquier Administración, siempre que identifiquen el momento de presentación y el órgano ante el cual la presentaron. Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, no es necesario adjuntar la documentación en caso de que ya esté en poder de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral por haber sido ya aportada en otras convocatorias.

En estos casos, deberá indicarse en el apartado «Documentación de la que ya dispone esta Administración pública» del anexo 2. El solicitante hará constar el expediente en el que se encuentra la documentación, el momento de presentación y el órgano ante el que se presentó.

6. Si el solicitante de la ayuda es una federación o una confederación y solicita la subvención en nombre de otras organizaciones sindicales, deberá adjuntar la documentación mencionada anteriormente correspondiente a estas organizaciones y, además, la documentación acreditativa de la existencia de poder suficiente para solicitarla y, cuando corresponda, recibirla.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días a contar desde el tercer día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(ccontell@dgtreslab.caib.es)

X

Presentación de documentación complementaria a la solicitud

Requisitos

Se puede presentar documentación de cualquier trámite siempre que se esté dentro del plazo de presentación establecido.

Documentación a presentar

Plazo máximo

El que establezca el trámite correspondiente.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(ccontell@dgtreslab.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Cada una de las justificaciones se documentará a través de la cuenta justificativa, que comprenderá los documentos que, de conformidad con los modelos que se adjuntan a esta convocatoria como anexo 3, son los siguientes:

Documentación a presentar

a) Memoria de las actividades llevadas a cabo en el periodo mencionado en el punto 1 de este apartado y de los criterios objetivos de imputación, para la correcta comprensión de la actividad efectivamente realizada y su relación con el proyecto presentado por el beneficiario y aprobado por la Administración. Además, la memoria deberá incluir toda la información necesaria para la correcta interpretación y comprensión de la justificación de gastos presentada y su imputación al proyecto.

b) Relación de los justificantes imputados, mediante una lista numerada, ordenada sistemáticamente, que detalle todos los documentos que permitan la acreditación del cumplimiento de las condiciones impuestas por la subvención, así como de su coste.

c) Documentación justificada de los gastos efectuados, que deberá incluir una copia de las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente y se ajustará a las previsiones que establece el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El 16 de octubre de 2026 es la fecha límite para presentar la cuenta justificativa a la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(ccontell@dgtreslab.caib.es)

X

Subsanación de documentación

Requisitos

Presentación de documentación requerida a instancia de la Administración.

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo estipulado por la Administración en el caso de que se haya requerido documentación.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(ccontell@dgtreslab.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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