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Convocatoria de subvenciones SOIB Formación Dual vulnerables 2022-2025

1. El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar el programa «SOIB Dual Vulnerables», programa de formación dual para mejorar la empleabilidad, la cualificación y la inserción profesional de las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión.

2. El programa de formación dual es un conjunto de acciones e iniciativas formativas mixtas de empleo que tienen por objeto la cualificación profesional de los participantes en régimen de alternancia de la actividad laboral con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

Código SIA

2448104

Personas destinatarias

1. Los beneficiarios de las subvenciones de esta convocatoria son las entidades del tercer sector de acción social, tal y como son definidas por la Ley 3/2018, de 29 de mayo. Estas organizaciones deben ser entidades inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación del SOIB (o Servicio de Empleo de las Illes Balears) y deberán comprometerse a contratar trabajadores por cuenta ajena mediante la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje, para prestar servicios en sus centros de trabajo radicados en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. Las entidades anteriores podrán presentarse agrupadas y deberán hacer constar en su solicitud los compromisos de ejecución de cada una, así como el importe de la subvención a aplicarle. Deberán nombrar a un representante único de la agrupación con poderes suficientes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Cada una de las entidades miembro de la agrupación tendrá la consideración de beneficiaria de la subvención, tal y como señala el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones del presidente del SOIB es de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Consultar los apartados 12 y 13 de la convocatoria

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB hasta el 20 de septiembre de 2021.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

(formaciodual@soib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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