Requisitos
Se entiende que se dan las causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprende una situación económica negativa, en casos como por ejemplo la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entiende que la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
Se entiende que se dan causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en la manera de organizar la producción, y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
Documentación a presentar
- Declaración responsable de autorización al *SEPE *y al *SOIB
- Informe de Vida laboral de la empresa correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de solicitud del expediente de regulación temporal de la ocupación.
- Memoria descriptiva
- Listado de personal
- resultado del periodo de consultas (Documento sobre reconocimiento de las causas *ETOP, firmado por la empresa y la representación legal del personal. En caso de no existir esta, se tiene que agasajar el modelo proporcionado por la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral del Gobierno de las Islas Baleares para que la comisión formada por algunas de las organizaciones sindicales más representativas del sector pueda realizar su valoración.
En caso de no haber acuerdo con el personal o sus representantes, el empresario tendrá que aportar una memoria explicativa de los motivos por los cuales no ha habido acuerdo así como las actas de todas las reuniones del periodo de consultas
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
15 días desde la fecha de la última reunión llevada a cabo en el periodo de consultas
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Empresa, Empleo y Energía
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Relaciones Laborales
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
Observaciones
Las solicitudes registradas a través del Registro Electrónico Común (REDSARA) serán rechazadas y redirigidas a este procedimiento específico.
Puede puede presentar el modelo específico facilitado como documento adjunto al trámite telemático siguiente: