Subvenciones para proyectos de asesoramiento en la elaboración de estudios de cargas de trabajo para los camareros y camareras de pisos de la hostelería, ejercicios 2025 y 2026
El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de asesoramiento a trabajadores y empresas, en la elaboración de los estudios de cargas de trabajo para los camareros y camareras de pisos del sector de la hostelería.
Las entidades beneficiarias podrán presentar, únicamente, un proyecto, sin perjuicio que este pueda alcanzar aquel ámbito que la entidad proponente considere oportuno, en el marco de esta convocatoria y de su implantación territorial
Código SIA
3203606
Personas destinatarias
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que se estipulan en esta convocatoria las organizaciones sindicales y empresariales con suficiente representatividad para negociar el convenio laboral del sector de la hostelería.
Las entidades solicitantes de estas ayudas deben estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas comporta la autorización para que el IBASSAL pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en caso de denegación expresa. En tal caso, el solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
No pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 y en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones; el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres; el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa de concesión de la subvención es de seis meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Solicitud y declaración responsable
Requisitos
1. Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que se estipulan en esta convocatoria las organizaciones sindicales y empresariales con suficiente representatividad para negociar el convenio laboral del sector de la hostelería.
2. Las entidades solicitantes de estas ayudas deben estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas comporta la autorización para que el IBASSAL pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en caso de denegación expresa. En tal caso, el solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
3. No pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 y en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones; el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres; el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
Documentación a presentar
1. Documentación general:
a) El modelo de solicitud (anexo 2) que incluye las declaraciones responsables siguientes:
— Que la entidad solicitante se compromete a cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
— Que la entidad solicitando no incurre en alguna de las circunstancias previstas a los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, y en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
— Declaración exprés de no haber solicitado jefe otra ayuda por la misma finalidad a ninguna administración pública o ente privado o público, ni haber recibido jefe o, en caso contrario, aportar una lista de las entidades a las cuales ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las cuales se haya obtenido alguna, con indicación de la cantidad solicitada o concedida.
— Que la entidad no ha estado objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias firmes en los últimos tres años para que haya ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, y no ha sido sancionada o condenada por ninguna resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
— Que acepta íntegramente las condiciones de la convocatoria; declara que todos los datos expuestos son ciertas y, además, facilitará todas las actuaciones de control posibles que se hagan para comprobar que se ha *duit a término correctamente el objeto de estas ayudas.
— Declaración de veracidad de datos bancarios.
b) La documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que firma la solicitud de ayuda como representante de la entidad beneficiaria, como puede ser la escritura de poderes de representación, la firma de la solicitud con el certificado digital de representación de la empresa o documentos similares. En el caso de representación mediante inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) sería suficiente el número de registro.
c) Documento constitutivo de la entidad y estatutos sociales inscritos adecuadamente en el registro correspondiente, así como acreditación de la representación de la persona firmante de la solicitud, si es el caso.
d) Copia de los títulos académicos que acreditan la formación en prevención de riesgos laborales.
De conformidad con los artículos 53.1.d) y 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, que aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el *IBASSAL puede obtener, excepto manifestación exprés en sentido contrario, los certificados acreditativos que la persona interesada está al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En caso de que no autorice esta consulta, tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de estas obligaciones, junto con la solicitud de ayudas; también puede obtener datos que ya están en poder de las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga expresamente, lo cual se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud.
En virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, las personas solicitantes tienen derecho a no aportar la documentación que ya hayan aportado anteriormente a cualquier administración, siempre que identifiquen el momento de presentación y el órgano ante el cual la presentaron. Así mismo, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, no es necesario adjuntar la documentación en caso de que ya esté en poder de la *IBASSAL porque se ha aportado en otras convocatorias. En estos casos, el solicitante hay de hacer constar el expediente en el cual se encuentra la documentación, el momento de presentación y el órgano ante el cual se presentó.
En el caso excepcional que el *IBASSAL no pueda conseguir la documentación electrónicamente, puede requerir la entidad solicitante porque lo aporte.
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley general de subvenciones y el artículo 69 de la Ley 39/2015, la *IBASSAL puede requerir a la entidad solicitante de la ayuda los documentos que acrediten la veracidad de los datos que contiene su declaración responsable.
El personal al servicio del órgano instructor tiene que comprobar de oficio el cumplimiento de los requisitos que exige en su punto quinto de esta convocatoria. Por lo tanto, tiene que solicitar los certificados que correspondan a los registros competentes.
2. Documentación técnica:
a) Memoria técnica y económica, firmada por el representante legal de la entidad solicitante, donde de forma estructurada, se explique con el grado de detalle necesario el proyecto que justifica la solicitud de la subvención, con indicación de los antecedentes y los objetivos adecuados. Este documento tendrá que hacer exprés referencia, a la distribución territorial y temporal de las actuaciones proyectadas con motivo de la ejecución del proyecto correspondiente, así como los criterios objetivos utilizados para determinar el suyo el alcance, además de todos aquellos elementos que las entidades solicitantes entiendan de interés para la valoración del proyecto de conformidad con las bases aplicables.
En todo caso, es obligatoria la participación de uno/a o más coordinadores/se del proyecto. La coordinación la llevarán a cabo técnicos/se de nivel superior, de acuerdo con las funciones descritas en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
El resto personal técnico tendrá que estar en posesión de la titulación adecuada para llevar a cabo sus funciones según determinan los artículos 34 a 37 del Reglamento mencionado.
Desde el punto de vista económico, se incluirán a la memoria a presentar los criterios de imputación de los gastos, el coste de ejecución y la previsión de ingresos, desglosado de conformidad con el punto 3.2 de la convocatoria, con indicación de los medios humanos y materiales necesarios para ejecutar el proyecto en cuestión. A los efectos de determinar el coste del proyecto, hay que tener presente el previsto en el punto decimoquinto (pago).
b) Cualquier otra documentación que la entidad estime de interés a efectos de evaluar la solicitud en relación con los criterios de valoración que establece el punto undécimo de esta convocatoria.
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio Administrativo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio Administrativo
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900
(subvencions@ibassal.caib.es)
Observaciones
En el trámite solicitud y declaración responsable, tendrán que presentar, rellenados y firmados digitalmente, los documentos incluidos en el apartado Modelos (Solicitud, Declaración responsable de la entidad y Declaración de veracidad de datos bancarios).
Subsananción de la solicitud
Requisitos
Si la solicitud no cumple los requisitos legales y los exigidos por la Orden de bases reguladoras y esta convocatoria, deberá requerirse a la entidad solicitante para que, en el plazo máximo de diez días, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con la indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, previa resolución a dictar en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015.
Documentación a presentar
Plazo máximo
El plazo máximo es de diez días.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio Administrativo
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Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900
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Primera justificación (Anualidad 2025)
Requisitos
El pago de la subvención de la anualidad de 2025, por un importe máximo de 270.000,00 €, se tramitará una vez dictada la resolución correspondiente y después de presentar la justificación de los gastos subvencionables efectivamente abonados entre el 1 de abril y al 31 de octubre de 2025 (excepto la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa correspondiente al mes de octubre, que se podrá abonar y justificar hasta el 15 de noviembre de 2025).
Documentación a presentar
La documentación a presentar, en relación con las actuaciones llevadas a cabo en los plazos establecidos en las letras a y b, del punto decimoquinto de estas bases, para justificar debidamente la ejecución del proyecto objeto de subvención es la siguiente:
a) Certificado firmado por la persona que represente legalmente la entidad beneficiaria acreditativo de la realización efectiva (total o parcial, según corresponda) de las actuaciones indicadas en la solicitud de subvención y la aplicación de los fondos percibidos a la finalidad que fundamentó su concesión (anexos 4 o 4.bis, según se trate de la justificación parcial o total).
b) Criterios de imputación de los gastos, de acuerdo con el anexo 5.
c) Una memoria técnica y económica firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo y de los resultados obtenidos, y que haga referencia al por menor de los ingresos y los gastos realizados, la descripción de la inversión y los objetivos y los medios humanos y materiales necesarios para ejecutarla, así como los criterios objetivos de imputación.
Donde se constituya un grupo de trabajo, en la referida memoria, necesariamente, se tendrá que hacer referencia, de forma independiente, a la tipología, número, denominación y categoría del establecimiento, con indicación de las actuaciones llevadas a cabo en el seno del grupo de trabajo correspondiente.
d) Una cuenta justificativa del coste de las actividades efectuadas, que tiene que contener:
1.º Una relación clasificada cronológicamente de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento justificativo, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
2.º Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que hace referencia el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago. Esta documentación se presentará de acuerdo con la orden del punto 1.º
3.º Si procede, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
e) Una relación de los justificantes imputados, de acuerdo con el modelo que figura en los anexos 6 y 6.bis de esta convocatoria, según se trate de la justificación parcial o total. El órgano correspondiente podrá requerir que esta información se envíe también por correo electrónico.
f) Las visitas se entenderán justificadas con el correspondiente documento acreditativo de la realización efectiva de la visita firmado por el técnico correspondiente y por el representante o trabajador de la entidad visitada. Ambas personas tienen que estar debidamente identificadas (nombre completo y n.º de DNI) en el documento presentado.
Los documentos adecuados para justificar las visitas y los desplazamientos necesarios para llevarlas a cabo, se prevén en los anexos 7 y 8, que se tienen que presentar ordenados por orden cronológico, y debidamente cumplimentados en su totalidad, de tal forma que en caso de carencia u omisión de datos se entenderá que no se ha justificado correctamente el desplazamiento o la visita, según corresponda.
g) La justificación de los gastos generados por la actividad:
1.º Gastos de personal:
— Nóminas y justificantes que acrediten el pago efectivo de estas.
— Relación de liquidación de cotizaciones (RLC) y Relación nominal de trabajadores (RNT) (antiguos TC-1 y TC-2) en las que consten los trabajadores contratados y las cantidades ingresadas a la Seguridad Social y el pago de estas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente.
2.º Gastos directos de la actividad: hay que aportar la factura u otros documentos contables de valor probatorio equivalente del gasto, así como los correspondientes documentos acreditativos del pago.
3.º Gastos indirectos de la actividad: hay que aportar las facturas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente del gasto, así como los documentos acreditativos del pago.
h) Documentación acreditativa de la efectiva realización de las actuaciones desarrolladas en el marco del proyecto de conformidad, de acuerdo con el siguiente detalle:
1.º Reuniones de los grupos de trabajo: acta de cada reunión, de conformidad con el modelo del anexo 10. La asistencia del personal técnico que se imputa al proyecto resulta imprescindible a los efectos de esta convocatoria. Esta documentación, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, tendrá que acompañarse con una relación de los documentos presentados ordenados por establecimientos y cronológicamente.
2.º Jornadas: hoja de asistencia de cada actuación de conformidad con el modelo del anexo 9. La asistencia del personal técnico que se imputa al proyecto resulta imprescindible a los efectos de esta convocatoria. Esta documentación, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, tendrá que acompañarse con una relación de los documentos presentados ordenados por establecimientos y cronológicamente.
3.º Asesorías y consultas: declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, que identifique cada actuación, como mínimo, con la procedencia de la consulta, el ámbito, la tipología, la fecha y un breve resumen de cada actuación.
4.º Material audiovisual, infografías, dípticos, etc.: copia de todo el material elaborado con motivo de la ejecución del proyecto o enlace de Internet en que se encuentre disponible para su consulta y descarga.
Hay que indicar mediante declaración responsable si el material señalado se ha distribuido, con indicación de los destinatarios, individualmente o por colectivos, e identificarlos.
i) Informe final con un resumen de todas las actuaciones realizadas en base a lo estipulado en el apartado e del punto decimosegundo, y propuesta de medidas preventivas a implementar para mejorar la carga de los puestos de trabajo objeto del proyecto, así como el grado de desempeño de la implantación del análisis de la carga de trabajo de las camareras de piso en el proyecto ejecutado.
j) Valoración del proyecto y aprendizajes adquiridos para futuros proyectos dentro del ámbito de las cargas de trabajo de los camareros y camareras de piso en el sector de la hostelería.
Documentos relacionados con el trámite:
- Anexo 5 - Memoria de actividades y criterios de imputación
- Anexo 3 - Cuenta justificativa parcial
- Anexo 9 - Hoja de asistencia a las jornadas
- Anexo 8 - Hoja de control de desplazamientos y dietas
- Anexo 4 - Certificado acreditativo
- Anexo 7 - Hoja de control de las visitas efectuadas
- Anexo 10 - Acta de reunión
- Anexo 6 - Justificación parcial
Plazo máximo
El plazo de presentación de la primera justificación finaliza el 15 de noviembre de 2025 (apartado a del punto decimoquinto).
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio Administrativo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio Administrativo
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900
(subvencions@ibassal.caib.es)
Observaciones
En el trámite Primera justificación (Anualidad 2025), tendrán que presentar, rellenados y firmados digitalmente, los documentos incluidos en el apartado Documentación Relacionada con el Trámite.
Segunda justificación y cuenta justificativa global (Anualidad 2026)
Requisitos
El pago de la subvención de la anualidad de 2026, por un importe máximo de 308.000,00 €, se tramitará una vez dictada la resolución correspondiente y después de presentar la justificación de los gastos subvencionables efectivamente abonados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de junio de 2026 (excepto la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa correspondiente al mes de junio, que podrá abonarse hasta el 15 de julio de 2026).
Para percibir el 100 % de la subvención concedida se tiene que justificar, como mínimo, el importe del proyecto aprobado.
Documentación a presentar
La documentación a presentar, en relación con las actuaciones llevadas a cabo en los plazos establecidos en las letras a y b, del punto decimoquinto de estas bases, para justificar debidamente la ejecución del proyecto objeto de subvención es la siguiente:
a) Certificado firmado por la persona que represente legalmente la entidad beneficiaria acreditativo de la realización efectiva (total o parcial, según corresponda) de las actuaciones indicadas en la solicitud de subvención y la aplicación de los fondos percibidos a la finalidad que fundamentó su concesión (anexos 4 o 4.bis, según se trate de la justificación parcial o total).
b) Criterios de imputación de los gastos, de acuerdo con el anexo 5.
c) Una memoria técnica y económica firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo y de los resultados obtenidos, y que haga referencia al por menor de los ingresos y los gastos realizados, la descripción de la inversión y los objetivos y los medios humanos y materiales necesarios para ejecutarla, así como los criterios objetivos de imputación.
Donde se constituya un grupo de trabajo, en la referida memoria, necesariamente, se tendrá que hacer referencia, de forma independiente, a la tipología, número, denominación y categoría del establecimiento, con indicación de las actuaciones llevadas a cabo en el seno del grupo de trabajo correspondiente.
d) Una cuenta justificativa del coste de las actividades efectuadas, que tiene que contener:
1.º Una relación clasificada cronológicamente de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento justificativo, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
2.º Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que hace referencia el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago. Esta documentación se presentará de acuerdo con la orden del punto 1.º
3.º Si procede, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
e) Una relación de los justificantes imputados, de acuerdo con el modelo que figura en los anexos 6 y 6.bis de esta convocatoria, según se trate de la justificación parcial o total. El órgano correspondiente podrá requerir que esta información se envíe también por correo electrónico.
f) Las visitas se entenderán justificadas con el correspondiente documento acreditativo de la realización efectiva de la visita firmado por el técnico correspondiente y por el representante o trabajador de la entidad visitada. Ambas personas tienen que estar debidamente identificadas (nombre completo y n.º de DNI) en el documento presentado.
Los documentos adecuados para justificar las visitas y los desplazamientos necesarios para llevarlas a cabo, se prevén en los anexos 7 y 8, que se tienen que presentar ordenados por orden cronológico, y debidamente cumplimentados en su totalidad, de tal forma que en caso de carencia u omisión de datos se entenderá que no se ha justificado correctamente el desplazamiento o la visita, según corresponda.
g) La justificación de los gastos generados por la actividad:
1.º Gastos de personal:
— Nóminas y justificantes que acrediten el pago efectivo de estas.
— Relación de liquidación de cotizaciones (RLC) y Relación nominal de trabajadores (RNT) (antiguos TC-1 y TC-2) en las que consten los trabajadores contratados y las cantidades ingresadas a la Seguridad Social y el pago de estas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente.
2.º Gastos directos de la actividad: hay que aportar la factura u otros documentos contables de valor probatorio equivalente del gasto, así como los correspondientes documentos acreditativos del pago.
3.º Gastos indirectos de la actividad: hay que aportar las facturas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente del gasto, así como los documentos acreditativos del pago.
h) Documentación acreditativa de la efectiva realización de las actuaciones desarrolladas en el marco del proyecto de conformidad, de acuerdo con el siguiente detalle:
1.º Reuniones de los grupos de trabajo: acta de cada reunión, de conformidad con el modelo del anexo 10. La asistencia del personal técnico que se imputa al proyecto resulta imprescindible a los efectos de esta convocatoria. Esta documentación, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, tendrá que acompañarse con una relación de los documentos presentados ordenados por establecimientos y cronológicamente.
2.º Jornadas: hoja de asistencia de cada actuación de conformidad con el modelo del anexo 9. La asistencia del personal técnico que se imputa al proyecto resulta imprescindible a los efectos de esta convocatoria. Esta documentación, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, tendrá que acompañarse con una relación de los documentos presentados ordenados por establecimientos y cronológicamente.
3.º Asesorías y consultas: declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, que identifique cada actuación, como mínimo, con la procedencia de la consulta, el ámbito, la tipología, la fecha y un breve resumen de cada actuación.
4.º Material audiovisual, infografías, dípticos, etc.: copia de todo el material elaborado con motivo de la ejecución del proyecto o enlace de Internet en que se encuentre disponible para su consulta y descarga.
Hay que indicar mediante declaración responsable si el material señalado se ha distribuido, con indicación de los destinatarios, individualmente o por colectivos, e identificarlos.
i) Informe final con un resumen de todas las actuaciones realizadas en base a lo estipulado en el apartado e del punto decimosegundo, y propuesta de medidas preventivas a implementar para mejorar la carga de los puestos de trabajo objeto del proyecto, así como el grado de desempeño de la implantación del análisis de la carga de trabajo de las camareras de piso en el proyecto ejecutado.
j) Valoración del proyecto y aprendizajes adquiridos para futuros proyectos dentro del ámbito de las cargas de trabajo de los camareros y camareras de piso en el sector de la hostelería.
Documentos relacionados con el trámite:
- Anexo 7 - Hoja de control de visitas efectuadas
- Anexo 5 - Memoria de actividades y criterios de imputación
- Anexo 3 bis - Cuenta justificativa final
- Anexo 8 - Hoja de control de desplazamientos y dietas
- Anexo 6 bis - Justificación final
- Anexo 9 - Hoja de asistencia a las jornadas
- Anexo 4 bis - Certificado acreditativo justificación final
- Anexo 10 - Acta de reunión
Plazo máximo
El plazo de presentación de la segunda justificación finaliza el 15 de julio de 2026 (apartado b del punto decimoquinto).
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio Administrativo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio Administrativo
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900
(subvencions@ibassal.caib.es)
Observaciones
En el trámite Segunda justificación y cuenta justificativa global (Anualidad 2026), tendrán que presentar, rellenados y firmados digitalmente, los documentos incluidos en el apartado Documentación Relacionada con el Trámite.
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)
Finalidad
Tramitación del procedimiento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros salvo obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional