Ayudas de minimis para financiar proyectos en materia de circularidad en el ámbito turístico de las Illes Balears
Subvenciones para financiar proyectos en materia de circularidad en el ámbito turístico de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.
Código SIA
3178355
Personas destinatarias
a) Programa I:
Las empresas de inserción, de acuerdo con la definición del artículo 4 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de empresa de inserción, y que lleven a cabo actividades de recogida, transporte, clasificación, preparación y acondicionamiento de objetos y residuos para su posterior reutilización.
Las empresas de inserción tienen que estar inscritas en el Registro de Cooperativas, Sociedades Laborales y Empresas de Inserción de las Illes Balears y tendrán que disponer de la calificación de empresa de inserción.
b) Programa II:
- Cualquier persona jurídica, pública o privada, que realice actividades de limpieza y recuperación de ecosistemas, gestión sostenible de residuos o en general, lleve a cabo iniciativas de conservación ambiental y economía circular.
- O bien cualquier persona física o jurídica de naturaleza privada que sea explotadora o propietaria de establecimientos destinados a la actividad de las empresas turísticas de alojamiento, empresas turistico-residenciales, empresas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas, empresas turísticas de restauración o empresas que tienen por objeto la actividad de intermediación turística, según las definiciones de la Ley 8/2012, así como también las mencionadas en la disposición adicional octava de esta Ley.
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de los establecimientos mencionados en el punto anterior tendrán que acreditar, por cualquier medio admitido en derecho, la existencia de un acuerdo con la persona explotadora para llevar a cabo las actuaciones objeto de esta convocatoria.
La persona beneficiaria de la subvención, ya sea propietaria o explotadora, tiene que estar inscrita en el registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de las Illes Balears que le corresponda.
Solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario, ya sea en un programa o en otro.
En el caso de los establecimientos turísticos, las ayudas otorgadas se conceden por establecimiento, por lo tanto, para un mismo establecimiento únicamente puede presentarse una solicitud de las personas explotadoras o de las personas propietarias.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa es de tres meses, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
Para información concreta de este convocatoria se puede llamar al teléfono 971 176699 Ext. 62522 o bien escribir a la dirección electrónica mmcolomar@aetib.caib.es
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
Documentos relacionados con el procedimiento
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Convocatoria
Convocatoria de la subvención
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Orden de bases reguladoras
Orden de consejero de Turisme por la cual se aprueban las bases reguladoras