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Subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil 2024-2025

Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la cual se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Islas Baleares para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2024-2025

Código SIA

3109813

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas jurídicas siguientes:

a) Con respecto a la Línea A:

Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.

b) Con respecto a la línea B:

Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado al artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnas y las federaciones o confederaciones de estas, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.

Plazo máximo para la resolución y notificación

10.1 Esta convocatoria se resolverá en dos fases:

a) Una primera, que culminará con la resolución de concesión de subvenciones correspondientes a las solicitudes presentadas durante el primer plazo del punto 7.3

(actividades de Navidad de 2023, Semana Santa de 2024 y verano de 2024). En caso de que se agote todo el crédito disponible en la primera fase y no se haya podido ampliar la dotación de la convocatoria con la incorporación de fondo del Plan Corresponsables , el segundo plazo para la presentación de solicitudes de la Línea B quedará sin efectos, de lo cual se informará mediante un anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

b) Una segunda, que culminará con la resolución de concesión y denegación de subvenciones a las solicitudes presentadas durante el segundo plazo del punto 7.3 (actividades de Navidad de 2024 y Semana Santa de 2025).

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución convocatoria Boib
  • Subvsanción deficiencias solicitud
    Requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes de subvención presentadas en relación con la convocatoria para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-25.
  • Proposta de resolució provisonal subvenció temps lliure 2024-2025
  • Subsanació proposta de resolució provisional de concessió
    Proposta de resolució provisional de concessió a l'empara de la

    convocatòria de subvencions sobre per a l'organització d'activitats d'educació en el

    temps lliure infantil i juvenil que duguin a terme entitats locals i associacions de

    famílies d'alumnat de les Illes Balears per facilitar la conciliació de la vida familiar i

    laboral durant les vacances escolars 2024-2025
  • Resolución de concesión y denegación tiempo libre 2024-2025
    Resolución de concesión y denegación tiempo libre 2024-2025
  • Requerimiento Fase II VC 2/2024 publicación 07 11 2024
    Requerimiento de enmienda de deficiencias de las solicitudes de subvención presentadas en relación con la convocatoria para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2042-2025, en el marco del Plan Corresponsables .
  • Propuesta provisional concesión Fase II
    1. Proponer provisionalmente la concesión de subvenciones a la entidad que figura al anexo 1, al amparo de la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2023-204, en el marco del Plan Corresponsables .

    2. Dar por desistidas las solicitudes presentadas por las entidades que figuran al anexo 2.

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Para las actividades que hayan realizado en Navidad de 2023 y Semana Santa de 2024 y las que se vayan a llevar a cabo en verano de 2024,el plazo es de diez días hábile, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Para las actividadesque se vayan a realizar en la Navidad de 2024 y Pascua de 2025, desde el 5 de agosto al 13 de septiembre 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Aceptación o renuncia a la subvención propuesta

Requisitos

Para cada una de las fases, el órgano instructor elaborará una propuesta de resolución provisional de concesión, que se publicará en la sede electrónica, concediendo un plazo de cinco días habilidosos a las solicitantes porque realicen, si corresponde, las acciones siguientes:

— Aceptar la propuesta de subvención. Si pasado este plazo no hay una aceptación expresa, se entenderá que la entidad está conforme y se continuará el procedimiento.

— Renunciar a la subvención. Esta renuncia tiene que ser expresa y se tiene que formular por parte de la persona representando de la entidad solicitante.

— Presentar alegaciones.

— Reformular la solicitud para adaptarla a la cuantía de la subvención propuesta.

Documentación a presentar

Declaración de aceptación o renuncia a la subvención propuesta.

Modelos:

Plazo máximo

Cinco días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la propuesta provisional de concesión dictada en cada fase.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Cuenta justificativa

Requisitos

Una vez realizadas las actividades de cada periodo, las entidades beneficiarias tienen que presentar la documentación justificativa dentro de los plazos máximos fijados a la convocatoria.

Documentación a presentar

El punto 14 de la convocatoria ("Justificación y pago") detalla la documentación que se tiene que aportar.

Así mismo, hay que presentar la cuenta justificativa de acuerdo con el modelo publicado en esta sede electrónica.

Modelos:

Plazo máximo

Para las actividades realizadas durante las vacaciones de Navidad de 2023 y Pascua de 2024, hasta el 10 de septiembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Alegaciones

Requisitos

Abrir un plazo de audiencia de cinco días hábiles, a partir de a la mañana siguiente de haberse publicado este propuesta de resolución provisional en la sede electrónica de la caib.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Cinco días hábiles, contadores desde a la mañana siguiente de haberse publicado este propuesta de resolución provisional en la sede electrónica.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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