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Convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de postemergència en el ámbito de la ayuda humanitaria en países en desarrollo para el año 2022

El objeto de la convocatoria es apoyar a las poblaciones de países en desarrollo afectadas por situaciones de emergencia o crisis humanitarias mediante la financiación de proyectos en el ámbito de la ayuda de postemergència. El objetivo principal es proteger la vida, los derechos y la dignidad de las personas; garantizar la subsistencia; recuperar los servicios básicos; atender la población vulnerable, desplazada o refugiada, y rehabilitar infraestructuras básicas de la comunidad.

Código SIA

2847465

Personas destinatarias

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Illes Balears que lleven a cabo proyectos de postemergencia destinados a satisfacer las necesidades básicas urgentes e inmediatas de población.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones, tanto de concesión como de denegación, deben ser motivadas y deben dictarse en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de presentación de las solicitudes. La resolución debe notificarse individualmente a cada entidad.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Les entidades beneficiarias han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar radicadas en las Illes Balears o ser entidades de ámbito estatal, llevar a cabo actividades en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad, estar válidamente constituidas y, por su presencia, experiencia e implantación, constituir la vía única o preferente de acceso a la acción humanitaria en una zona determinada. Es necesario que la constitución legal de la entidad se haya producido al menos dos años antes de la publicación de esta convocatoria. En el caso de entidades radicadas en las Illes Balears, deben estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Illes Balears (RONGD) y, en el caso de entidades de ámbito estatal, deben estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de la Agencia de Cooperación Internacional y Desarrollo (AECID).

b) Disponer de la organización, estructura técnica y capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.

c) Establecer en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra realizar actividades o proyectos relacionados con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e) En el caso de fundaciones, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

f) No estar incursas en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o en ningún procedimiento sancionador.

g) Haber justificado suficientemente las subvenciones o ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears, en su caso.

h) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones y en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de mujeres y hombres.

i) Ejecutar los proyectos mediante la actuación de un socio local en el país empobrecido. Se entiende por socio local la persona jurídica creada legalmente y reconocida en el registro oficial correspondiente como entidad nacional sin ánimo de lucro, de acuerdo con la legislación del país donde debe desarrollarse la acción, que mantiene relaciones de col colaboración con la entidad beneficiaria y que asume, en todo o en parte, la ejecución directa de las actuaciones objeto de ayuda.

Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deben cumplir los siguientes requisitos:

a) El proyecto debe responder a la finalidad objeto de la convocatoria y debe enmarcarse en los principios de la acción humanitaria reconocidos internacionalmente.

b) El proyecto debe desarrollarse en los países incluidos en la lista de países receptores de ayuda del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE, así como en los países menos avanzados (PMA), donde se produzcan las circunstancias especificadas en el punto 6.f), y se llevará a cabo a través de una entidad local del país en el que se ha producido el desastre. En casos excepcionales, se pueden subvencionar proyectos en países que no pertenezcan a esta lista, siempre que se dirijan a población refugiada proveniente de países receptores de ayuda del CAD con conflictos armados o afectados por desastres naturales o humanitarios. En estos casos en los que el país no pertenece a la lista, la entidad debe acreditar en el proyecto la excepcionalidad de la situación que no permite al país de acogida atender las necesidades básicas de los titulares de derechos.

c) La duración máxima de la ejecución del proyecto para las actuaciones de postemergencia es de doce meses desde la fecha de inicio de ejecución del proyecto.

d) Se deben tener en cuenta los sectores sociales más vulnerables, como los niños, la gente mayor, la población en situación de pobreza, las personas con enfermedades, la población refugiada, los grupos étnicos y, especialmente, las mujeres de todos estos colectivos.

e) Siempre que se pueda, deben coordinarse con los demás actores que intervienen y deben contribuir a la capacidad administrativa y operativa de los países receptores, para no disminuir sus competencias y su futuro desarrollo.

f) La situación sobre la que actúa el proyecto debe ser susceptible de actuaciones de postemergencia; debe derivarse de una insuficiencia en la capacidad de respuesta, por causa política o económica, de las autoridades nacionales y locales para atender a la población vulnerable, y, además, debe producirse alguna de las siguientes circunstancias:

— Que sean situaciones de conflicto armado, desastres naturales, crisis humanitarias o crisis olvidadas de larga duración que puedan provocar desplazamientos forzosos de personas, con la consiguiente destrucción de la estructura social y económica de la población con graves violaciones de los derechos humanos.

— Que exista una demanda específica de la sociedad civil o de las autoridades del país o región afectado en casos de emergencia.

— Que haya un llamamiento internacional por emergencia, ya sea de ECHO, OCHA u otra.

Documentación a presentar

Punto 8 de la Convocatoria:

8.1. Las entidades solicitantes deben presentar los documentos siguientes:

a) La solicitud y las siguientes declaraciones responsables, de acuerdo con los modelos normalizados disponibles en la web http://dgcooper.caib.es:

— De cumplimiento de las obligaciones que establecen para las entidades beneficiarias el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, el artículo 21 del Decreto 15/2018 y esta convocatoria.

— De no incurrir en ninguna causa de prohibición o incompatibilidad para percibir la ayuda, de acuerdo con la normativa aplicable, y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

— De disponer de la organización, estructura técnica y capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento que se publica la convocatoria.

— De todas las ayudas y subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se hayan concedido a la entidad.

b) El formulario del proyecto de acuerdo con el modelo normalizado, en el que deben constar los antecedentes, los objetivos y los recursos humanos y materiales necesarios para ejecutar las actividades, la población sujeto final y el presupuesto, con detalle de los ingresos y los gastos o inversiones previstos.

c) Una copia del documento de identidad del representante legal de la entidad. De acuerdo con el artículo 16.4 del Decreto 15/2018, no es necesario que las entidades inscritas en el RONGD de las Islas Baleares presenten esta documentación.

d) El organigrama actualizado y la composición del órgano directivo de la entidad solicitante.

e) En relación con el socio local, una copia de la siguiente documentación:

— Estatutos de la entidad inscritos formalmente en el registro correspondiente.

— Certificado expedido por el organismo oficial competente que acredite que la entidad tiene personalidad jurídica en el país donde radica.

— Documento de identificación de la persona responsable legal y del nombramiento.

— Si el socio o contraparte local es una administración pública, original o copia compulsada del certificado de compromiso de participación en el proyecto.

f) Cuando estos documentos estén en un idioma diferente de las lenguas oficiales de las Islas Balearse, debe adjuntarse una declaración responsable de la persona que representa la entidad que acredite su contenido.

g) Un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que está al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración de el Estado, en caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente en la solicitud la autorización para que se compruebe de oficio.

h) En el caso de fundaciones, un documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

i) En el caso de desplazamiento de personal expatriado, un informe firmado por la persona que representa a la entidad legalmente que justifique su necesidad, así como las tareas a realizar, el tiempo de dedicación y la retribución.

j) Una declaración del responsable de la entidad de cumplir las disposiciones del Real decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes, especialmente las relativas al seguro de los cooperantes.

k) Una declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (debe tener la titularidad la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es. En caso de que las cuentas ya estén de alta en la Comunidad Autónoma, basta con especificar en cuál se debe realizar el pago.

l) Una declaración del responsable de la entidad de conocer el derecho internacional humanitario y las iniciativas que detallan las normas mínimas para aliviar la difícil situación de las personas afectadas por situaciones de desastre o conflicto armado.

8.2. Adicionalmente, las entidades no inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de las Illes Balears (RONGD) deben presentar la siguiente documentación:

a) Acreditación de estar inscritas en el Registro de la AECID.

b) Acreditación de la representación con la que actúa la persona que firma la solicitud.

c) Copia del número de identificación fiscal de la entidad.

8.3. En caso de que las solicitudes no cumplan los requisitos o no incluyan la documentación mencionada, se debe requerir a la entidad interesada para que subsane el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia de que, si transcurre el plazo de diez días hábiles y no la ha subsanado, se considerará que desiste de la solicitud y se archivará el expediente sin más trámites, previa resolución correspondiente, en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015 .

8.4. Con la solicitud, debe presentarse el formulario, con todos los apartados cumplimentados, lo que es un requisito indispensable para admitir la solicitud. La falta de presentación del formulario o de alguno de los apartados no es subsanable. La presentación del formulario en un modelo distinto al establecido en esta convocatoria implica la exclusión y que no se valore el proyecto.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 15 de noviembre de 2022.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aceptación de la subvención

Requisitos

Se tiene que otorgar a las entidades beneficiarias un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución, para aceptar la subvención o renunciar. La aceptación y la renuncia se tienen que llevar a cabo de una manera expresa por cualquier medio que permita tener constancia.

Documentación a presentar

Aceptación

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Diez días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Seguimiento técnico y justificación del proyecto

Requisitos

El informe técnico de seguimiento se tiene que presentar de acuerdo con el modelo disponible en la web http://dgcooper.caib.es, y no tiene que incluir facturas u otros justificantes de los gastos.

La entidad beneficiaria tiene que justificar todo el proyecto aprobado en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización de la ejecución, mediante la modalidad de cuenta justificativa, de acuerdo con los modelos normalizados proporcionados por la Dirección general de Cooperación y disponibles en la web http://dgcooper.caib.es. La memoria justificativa final que se tiene que presentar tiene que contener la documentación siguiente:

a) Informe técnico completo y detallado del proyecto ejecutado en conjunto, de acuerdo con el modelo de la Dirección general de Cooperación, disponible en la web http://dgcooper.caib.es, que tiene que especificar con el máximo detalle los objetivos logrados, los resultados obtenidos , el impacto, las actividades llevadas a cabo, las dificultades y las medidas correctoras, y sobre los cuales se tienen que aportar datos relevantes y fuentes de verificación objetivas. También tiene que constar como documentación complementaria material fotográfico, material didáctico, si procede, y las listas de asistencia a los talleres, reuniones u otros acontecimientos significativos.

b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades que se han llevado a cabo, que comprende los documentos siguientes:

. Cuenta justificativa según el modelo disponible en la web http://dgcooper.caib.es.

. Lista de los gastos efectuados, clasificadas por partidas y por fechas, con indicación del número de justificante, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.

. Documentos justificativos de los gastos, originales o copias compulsadas, ordenados según la lista mencionada anteriormente.

. Balance final del proyecto aprobado, que tiene que contener los gastos financiados por el Gobierno de las Islas Baleares, las financiadas por otras administraciones públicas o entes privados o públicos, tanto nacionales como extranjeros, y las financiadas con fondos propios.

. Comprobantes de las transferencias efectuadas con los fondos del proyecto subvencionado para acreditar las divisas.

. Documentos acreditativos del tipo de cambio, originales o copias compulsadas.

. Declaración responsable firmada por la persona que representa legalmente el socio local en la que declare haber recibido los fondos en el país beneficiario.

. Declaración responsable firmada por el representante legal que acredite las cuantías imputadas a la ayuda en concepto de gastos indirectos.

La entidad beneficiaria puede sustituir la memoria económica justificativa del coste de las actividades que se han llevado a cabo por la presentación de una cuenta justificativa con informe de auditoría, que tiene que tener el contenido y tiene que cumplir los requisitos que establece el artículo 35 del Decreto 15/2018.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El informe técnico de seguimiento de la ejecución del proyecto se tiene que entregar seis meses después del comienzo de la actividad subvencionada. El plazo para presentar este informe no es susceptible de ampliación.

La entidad beneficiaria tiene que justificar todo el proyecto aprobado en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización de la ejecución.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado una solicitud en esta convocatoria de subvenciones.

Especificar el número de expediente al que se tiene que incorporar la documentación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Solicitud de modificaciones del proyecto y/o plazos

Requisitos

Las solicitudes de modificación tienen que ser motivadas, se tienen que formular inmediatamente después de aparecer las circunstancias que las justifiquen y tienen que especificar las repercusiones presupuestarias que impliquen.

Documentación a presentar

Solicitud de modificaciones del proyecto según modelo normalizado

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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