Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Subvenciones para las reales academias de las Islas Baleares 2021

La convocatoria tiene por objeto facilitar a las corporaciones de derecho público (reales academias) de las Islas Baleares la realización de sus fines de estudio y generación de conocimiento para favorecer su transferencia a las instituciones y a la sociedad.

Código SIA

2414971

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé la convocatoria las corporaciones de derecho público inscritas en el Registro de academias de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares que, además, cumplan los requisitos que establece el apartado 4.2 de la convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses desde la fecha de acabamiento del plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de subvención

Requisitos

En conformidad con el que establece el artículo 4 de las bases, pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta convocatoria las corporaciones de derecho público inscritas en el Registro de academias de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares y que, además, cumplan los requisitos que se indican en el punto siguiente:

4.2. Las entidades mencionadas en el punto anterior tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Las personas jurídicas tienen que estar constituidas en conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro o registros correspondientes; disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención y desarrollar la actividad en las Islas Baleares o en interés de las Islas Baleares.

b) Estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, y con la seguridad social.

c) Haber justificado suficientemente, si corresponde, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente de parte de Gobierno de las Islas Baleares.

Documentación a presentar

1) La solicitud firmada electrónicamente por la persona que tengui la representación legal.

2) Las declaraciones responsables siguientes, según los modelos normalizados, disponibles a la web http://dgri.caib.es y en la Sede Electrónica:

▪ De cumplimiento de las obligaciones que establecen el artículo 19 de la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 y el apartado 15 de esta convocatoria.

▪ De todas las ayudas y las subvenciones que le haya concedido cualquier institución, pública o privada, o que haya solicitado, relacionados con la solicitud presentada.

▪ De veracidad de los datos respecto de la titularidad de la cuenta bancaria que haya facilitado (sólo en el supuesto de que haya un cambio en la cuenta bancaria).

▪ De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención, en conformidad con la legislación vigente en esta materia.

▪ De disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.

3) Proyecte para el cual se solicita la subvención, según los modelos normalizados disponibles a la web http://dgri.caib.es y en la Sede Electrónica de esta Administración, y que tiene que contener:

a) Memoria explicativa de la actividad o el proyecto que se tienen que llevar a cabo.

b) Presupuesto.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días habilidosos contadores desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Relaciones Institucionales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Relaciones Institucionales

Passeig de Sagrera, 2. Tel.: 971177002

(serveirelins@dgri.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar