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Convocatoria subvenciones dirigidas a entidades que llevan a cabo programas en materia de acción social, orientados a proporcionar los medios de prevención, información, de atención y ayuda a las personas que los necesiten

Dar ayudas a las entidades sin ánimo de lucro que llevan a cabo alguno de los servicios o programas que se detallan a continuación:

1- Ejecutar programas que trabajan con familias con hijos menores de edad con la finalidad de aportar las herramientas y la capacitación necesaria para desarrollar estrategias efectivas para la prevención de conductas de riesgo.

2- Prevenir y tratar el maltrato infantil.

3- Ejecutar programas de atención social a menores afectados por enfermedades oncológicas.

4- Desarrollar programas de atención social a menores hospitalizados.

Código SIA

2323305

Personas destinatarias

Entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas como entidades prestamistas de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, que tenguin como objeto en los estatutos actividades en materia de servicios sociales y atención a los colectivos indicados y que disponga de una sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

Quedan excluidos de esta convocatoria, para las lineas 2, 3 y 4 las entidades privadas siguientes:

1- Entidades que adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora, o en todo caso, sea una unión de asociaciones.

2- Fundaciones que, de acuerdo con la escritura de constitución, tenguin como fundadoras personas jurídicas de naturaleza pública.

Para la línea 1, también quedan excluidas las siguientes entidades:

1- Fundaciones, que de acuerdo con la escritura de constitución tengan como fundadoras personas jurídicas de naturaleza pública.

2- Colegios y asociaciones profesionales, las entidades deportivas, los centros docentes o de enseñanza.

3- Entidades de tipo político o sindical.

4- Entidades que desarrollen el proyecto presentado exclussivament con personal voluntario.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y se tiene que dictar y notificar en el plazo máximo de tres meses contadores desde el día siguiente que acabe el plazo de presentación de solicitudes. Las resoluciones se tienen que notificar individualmente a cada entidad

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Presentación de la solicitud y anexos indicados en la convocatoria.

Documentación a presentar

Solicitud y anexos indicados en la convocatoria.

Modelos:

Plazo máximo

El término para presentar las solicitudes para las líneas 2, 3 i 4 es de 15 dias hábiles desde el dia siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Familias

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Familias

C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b. Tel.: 971177155 - Fax: 971176384

(acollidesserveifamilia@dgmenors.caib.es)

X

Memoria técnica intermedia

Requisitos

Presentar la documentació adjunta (impresos 7 y 8)

Documentación a presentar

i

Impreso 7 (certificado de la realización efectiva de las actividades) e impreso 8 (informe técnico de las actividades llevadas a cabo de acuerdo con la línia/sublínia para la que se ha solicitado la subvención).Para la línia 1 (sublínia 1.1 y 1.2), la memoria técnica intermedia de les actividades llevadas a cabo entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, se tiene que presentar antes del 31 de julio de 2021.

Modelos:

Plazo máximo

Para las líneas 2, 3 i 4, la memoria técnica intermedia de les actividades llevadas a cabo entre el 1 de enero i el 30 de diciembre de 2020, se tiene que presentar antes del 28 de febrero de 2021.

Para las líneas 2, 3 i 4, la memoria técnica intermedia de les actividades llevadas a cabo entre el 1 de enero i el 30 de diciembre de 2020, se tiene que presentar antes del 28 de febrero de 2021.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Familias

C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b. Tel.: 971177155 - Fax: 971176384

(acollidesserveifamilia@dgmenors.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional