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Convocatoria de subvenciones SOIB Itinerarios integrales de inserción 2021/2022 cofinanciada por el FSE

El objeto de la convocatoria es ejecutar itinerarios integrales de inserción de colectivos vulnerables mediante proyectos que ejecutan acompañamiento a procesos de ayuda individual, personalizada e integral, en los cuales la persona, mediante diferentes actuaciones, construye un proyecto profesional que integra las necesidades personales con las exigencias sociales, con el objetivo final de incorporarse al mercado de trabajo de manera regular. El objeto final de esta convocatoria es la inserción dentro del mundo laboral o en el sistema de formación de un 45% de los usuarios totales que se prevé atender.

Las entidades tienen la opción, dentro del marco de esta convocatoria, de solicitar subvención, en el caso de que así lo consideren, para la ejecución de las acciones siguientes:

Actuaciones de formación:

*· Especialidades formativas incluidas dentro del Catálogo de especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2

*· Especialidades formativas incluidas dentro del Catálogo de especialidades formativas no conducentes a certificados de profesionalidad

Código SIA

2350279

Personas destinatarias

Los colectivos vulnerables que tienen que atender los servicios de itinerarios de inserción previstos en esta convocatoria, son los siguientes:

— Colectivo de personas en riesgo de exclusión social y con dificultades especiales de inserción laboral.

— Colectivo de personas con discapacidad intelectual y con dificultades especiales de inserción laboral.

— Colectivo de personas con otras discapacidades (físicas, sensoriales, etc.) y con dificultades especiales de inserción laboral.

— Colectivo de personas con discapacidad por enfermedad mental y con dificultades especiales de inserción laboral.

Plazo máximo para la resolución y notificación

para resolver las concesiones: 6 meses a contar desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOIB

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de subvención

Requisitos

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones:

a) Las personas jurídicas sin finalidad de lucro con sede en las Illes Balears que acrediten como mínimo 1 año de experiencia en el ámbito de las Illes Balears en la ejecución de acciones que se dirijan a acompañar a las personas desempleadas en procesos de inserción laboral.

b) Las administraciones locales de las Illes Balears, y las entidades dependientes o vinculadas, que acrediten como mínimo 1 año de experiencia en el ámbito de las Illes Balears en el desarrollo de acciones que se dirijan a acompañar a las personas desempleadas en procesos de inserción laboral.

En caso de que el itinerario integral de inserción prevea actuaciones de formación, se pueden beneficiar de las subvenciones que prevé esta convocatoria las entidades con centros de formación inscritos o acreditados ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Documentación a presentar

La que se determina en el apartado 13.6 del anexo 1 de la convocatoria.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles desde el día siguiente de que la Resolución de convocatoria se publique en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Dentro de los primeros diez días hábiles del plazo para presentar las solicitudes, las entidades que tengan la intención de presentarla que no estén dadas de alta en la aplicación ACCFOR, lo tendrán que solicitar al SOIB.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

Observaciones

La tramitación de la solicitud de subvención se tiene que formalizar mediante la aplicación web del SOIB -ACCFOR, .

Para completar el trámite y darlo por finalizado, el documento de solicitud generado con la aplicación ACCFOR se tiene que presentar electrónicamente por el Registro Electrónico Común (REC), dentro del plazo para presentar las solicitudes.

En caso de presentarla de manera presencial, la Administración, de acuerdo con lo que establece el artículo 68.4 de la Ley 39/2015 les requerirá que la presenten de la forma indicada anteriormente. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en la cual se haya subsanado.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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