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Ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores durante el curso académico 2018-2019

Publicación del informe relativo a la falta de documentación o posibles defectos de las solicitudes presentadas en la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019, según establece el punto 12 del Anexo I de la convocatoria.

Anexo 1: Listado de las personas con documentación pendiente.

Anexo 2: Listado de las personas a las que no se requiere documentación.

La documentación para subsanar las solicitudes y las alegaciones se tiene que dirigir a la Dirección de Política Universitaria e Investigación de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación.

Registro de documentació para subsanar: Registro de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación o en cualquiera de las dependencias que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o a través de las Correos, donde se tiene que presentar dentro de un sobre abierto para que el personal de correos pueda fechar y sellar la copia destinada a la Consejería, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº 313, de 31 de diciembre, y suplemento en catalán de 20 de enero de 2000), en caso contrario, se entenderá como fecha de presentación válida la de entrada en el Registro de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación.

Publicación del informe de subsanación de documentación: 31 de julio de 2019.

Plazo de subsanación de solicitudes: Hasta el 20 de septiembre de 2019.

Plazo de presentació de alegaciones: Hasta el 20 de septiembre de 2019.

Publicación de la propuesta de resolución: Entre los dias 16 y 31 de octubre de 2019.

Código SIA

2084783

Personas destinatarias

Alumnos de estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores con domicilio familiar en las Illes Balears.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses, según el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

No

Órgano competente para resolver

Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Ver punto 6 de la Convocatoria: Requisitos generales y exclusiones

Documentación a presentar

Ver punto 8 de la Convocatoria: Documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud

Modelos:

Plazo máximo

Plazo de subsanación de solicitudes: Hasta el 20 de septiembre de 2019.

Plazo de presentación de alegaciones: Hasta el 20 de septiembre de 2019.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177767

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional