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Convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % IRPF

1. Objeto y finalidad de las subvenciones

1. El objeto de esta convocatoria es financiar proyectos y actuaciones de entidades sin ánimo de lucro destinadas a cubrir las necesidades básicas de personas y familias en situación de precariedad económica con objeto de reducir las situaciones de vulnerabilidad y/o exclusión social.

2. Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejería de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).

Codi SIA

3029428

Persones destinatàries

Entidades sin ánimo de lucro

Termini per a resoldre i notificar

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses

Silenci administratiu

Negativo

Forma d'inici

De oficio

Fi de la via administrativa

Si

Disponible per tramitar per persona apoderada

Si

Òrgan competent per a resoldre

Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia

Tràmits

X

Solicitud

Requisits

1. Pueden solicitar las ayudas que establece esta convocatoria las entidades que cumplan los requisitos siguientes:

a. Requisitos comunes para las dos líneas de subvenciones:

1. Estar constituidas como entidades privadas sin ánimo de lucro con una antigüedad mínima de dos años.

2. Estar constituidas legalmente e inscritas como entidades prestamistas de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares en la fecha de fin de presentación de solicitudes, de acuerdo con el que dispone capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.

3. Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

4. Estar al corriente con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

5. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

6. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

7. Cumplir la obligación que establece el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

b. Requisitos específicos para las entidades que se presenten a la línea 1:

1. Incluir en los estatutos y en sus actividades efectivas, como beneficiarias de las intervenciones, cualquier persona o familia en situación de riesgo o exclusión social residente en las Islas Baleares, sin que sea necesaria la pertenencia a un colectivo o sector específico de población por razones de salud, discapacidad, dependencia, edad, procedencia o cualquier otra condición.

2. Desarrollar la atención directa a los usuarios mayoritariamente con personal voluntario.

3. Las entidades que presenten solicitudes para la modalidad 1 tienen que estar designadas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) durante el ejercicio 2021 como organizaciones asociadas de distribución de alimentos,en el marco del Programa Operativo de Ayuda Alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) España 2021. Se entiende que cumplen el requisito mencionado aquellas entidades que formen parte o participen de la federación estatal correspondiente o estructura análoga en el territorio de las Islas Baleares.

4. Las entidades que presenten solicitudes para la modalidad 2 tienen que:

a. Acreditar a lo largo del ejercicio 2021 la participación de un mínimo de personas voluntarias en actividades relacionadas con el objeto de esta convocatoria, de acuerdo con los criterios siguientes:

─ Para las entidades de la isla de Mallorca: 75.

─ Para las entidades de las islas de Menorca e Ibiza: 30.

─ Para las entidades de la isla de Formentera: 15.

b. Atender anualmente en el programa de alimentos un mínimo de familias o beneficiarios directos, de acuerdo con los criterios siguientes:

─ Para las entidades de la isla de Mallorca: 750.

─ Para las entidades de las islas de Menorca e Ibiza: 600.

─ Para las entidades de la isla de Formentera: 300

c. Mantener una colaboración continuada y documentable con los servicios sociales comunitarios básicos municipales.

d. Haber ejecutado algún proyecto de reparto de alimentos en colaboración con algún servicio social comunitario municipal a lo largo de 2021.

5. Las entidades que presenten solicitudes para la modalidad 3 tienen que:

a. Acreditar a lo largo del ejercicio 2021 la participación de un mínimo de 10 personas voluntarias en actividades relacionadas con el objeto de esta convocatoria.

b. Realizar un mínimo de 450 repartos semanales.

c. Haber ejecutado algún proyecto de comedor social durante el año 2021.

c. Requisitos específicos para las entidades que se presenten a la línea 2:

1. Incluir en los estatutos como finalidad o actividad prioritarias el acceso universal a actividades culturales.

2. Haber participado en algún proyecto de acceso a la cultura de personas en situación de riesgo y/o exclusión social durante los dos últimos años que haya logrado un mínimo de 300 asistencias a acontecimientos culturales.

3. Haber colaborado en actividades de acceso a la cultura durante los dos últimos años con un mínimo de 10 administraciones, entidades o empresas que atienen personas en situación de riesgo y/o exclusión social.

Documentació a presentar

Ver convocatoria (punto 7.3)

Documents relacionats amb el tràmit:

Termini màxim

Diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB (13 de octubre de 2023 a las 23:59)

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Dirección General de Bienestar Social

Contacte

Servei o Secció responsable

Dirección General de Bienestar Social

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(serveissocials@dgsersoc.caib.es)

X

Enmienda de la Solicitud

Requisits

Entidades sin ánimo de lucro que hayan presentado con anterioridad una solicitud de subvención a la convocatoria

Documentació a presentar

Enmienda de la documentación presentada previamente

Termini màxim

Diez días hábiles desde el acceso al requerimiento

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

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Alegaciones

Requisits

Entidades que sean destinatarias de propuesta provisional de resolución.

Documentació a presentar

Alegaciones a la propuesta de resolución.

Termini màxim

10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación a la propuesta de resolución.

Forma de presentació

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Aceptación o renuncia

Requisits

Entidades que sean destinatarias de propuesta definitiva de resolución

Documentació a presentar

Aceptación o renuncia a la propuesta de resolución

Termini màxim

3 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

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X

Justificación

Requisits

Entidades beneficiarias de la subvención.

Documentació a presentar

Documents relacionats amb el tràmit:

Termini màxim

Antes del 31 de marzo del año 2024.

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

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X

Aportación de documentación

Requisits

Entidades a las que se les ha concedido la subvención.

Documentació a presentar

Cualquier documentación que se quiera aportar.

Termini màxim

--

Forma de presentació

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Informació sobre protecció de dades

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De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tractament

Dirección General de Bienestar Social

Finalitat

Tramitación del procedimiento

Legitimació

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatari

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Drets

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

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