Requisitos
La tramitación de la solicitud de subvención se tiene que generar mediante la aplicación web del SOIB ACCFOR / ESOIB, en el enlace: . Para completar el trámite y considerarlo finalizado, el documento de solicitud que se genere con la aplicación ACCFOR / ESOIB se tiene que firmar electrónicamente y se tiene que presentar mediante el Registro electrónico común (REC) dentro del plazo de presentación de solicitudes. Hasta que no se complete el trámite de registro electrónico de la solicitud, no se considerará presentada válidamente.
En caso de presentar la solicitud de manera presencial, la Administración, de acuerdo con lo que establece el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tiene que requerir a la persona solicitante que la presente de la forma indicada anteriormente. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en la cual se haya subsanado.
Las entidades interesadas en presentar solicitud que no tengan acceso a ACCFOR / ESOIB (porque no se han presentado a otras convocatorias del SOIB gestionadas mediante ACCFOR / ESOIB) pueden encontrar en la web del SOIB las instrucciones para solicitar el acceso.
Documentación a presentar
Para poder tramitar la solicitud mediante la aplicación ACCFOR / ESOIB, la entidad previamente tiene que haber pedido el alta en esta aplicación y tiene que haber aportado la documentación siguiente:
— Para las entidades locales: el NIF de la entidad local solicitante y un certificado del órgano competente de la entidad que acredite la representación con que actúa la persona que firma la solicitud.
— Para las entidades dependientes o vinculadas: el NIF de la entidad solicitante y la documentación que acredita la representación con que actúa la persona que firma la solicitud; los estatutos inscritos debidamente en el registro correspondiente, o la documentación que acredite el carácter de entidad dependiente o vinculada.
Las entidades que ya están dadas de alta en ACCFOR / ESOIB no tienen que aportar esta documentación, excepto en el supuesto de que la información que figura no esté actualizada. En este caso, tienen que acreditar documentalmente estos cambios (representante, nombramientos, estatutos, etc.) y tienen que solicitar al SOIB que actualice los datos en ACCFOR / ESOIB.
La solicitud se genera con la aplicación ACCFOR / ESOIB e incluye:
a) Los datos identificativos de la entidad solicitante: NIF, razón social de la persona jurídica, domicilio fiscal de la persona jurídica...
b) El proyecto de contratación.
c) Una declaración responsable en la cual la persona que representa a la entidad deja constancia de que la entidad cumple las premisas y asume los compromisos siguientes, necesarios para poder optar a la subvención que regula esta convocatoria:
— No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de entidad beneficiaria que prevén el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 10.1 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y no tener ninguna causa de incompatibilidad para recibir la subvención.
— No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio.
— Hacer constar todas las ayudas y las subvenciones para la misma finalidad que se hayan solicitado o que haya concedido cualquier institución, pública o privada.
— Tener capacidad técnica y organizativa para gestionar el proyecto aprobado.
— Comprometerse a hacerse cargo de los gastos que no subvencione el SOIB para ejecutar la actividad.
— Comprometerse a mantener la plantilla y que, en ningún caso, los contratos que se formalicen al amparo de esta convocatoria no supondrán minorar el personal de plantilla de la entidad.
— Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se puedan causar a terceras personas en la ejecución del proyecto, o comprometerse a hacerse cargo. Por lo tanto, el SOIB queda exonerado de cualquier responsabilidad.
— Comprometerse a cumplir las obligaciones que establece el artículo 14 de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo que gestiona el SOIB y el resto de obligaciones que establece esta convocatoria.
— Cumplir la obligación de protección de datos personales, tal como recoge el apartado 16 del anexo 1 de la convocatoria.
— Tener la titularidad de la cuenta bancaria que se declara para recibir el ingreso de la subvención (declaración de veracidad de datos bancarios).
— Comprometerse a que los salarios que percibirán las personas desempleadas contratadas para ocupar los puestos de trabajo relacionados en el proyecto presentado, y para los cuáles se pide la subvención, se han determinado según el grupo profesional correspondiente y de acuerdo con el convenio colectivo, la mesa salarial o el acuerdo que sea aplicable legalmente, que no puede ser, en ningún caso, inferior al salario mínimo interprofesional (SMI).
— Comprometerse a que los contratos que se formalizarán al amparo de esta convocatoria no pueden ser destinados a cubrir puestos de trabajo estructurales de carácter permanente.
— Que las funciones de los trabajadores que se tienen que contratar sean competencia de las entidades solicitantes y que las ejecuten las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
d) Certificado de la entidad que acredite que se cumplen las obligaciones de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 7/2018, de 3 de julio, de promoción de la seguridad y salud en el trabajo en las Illes Balears, y de no haber sido sancionado con las sanciones accesorias de los artículos 46 y 46 bis del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes de subvención es de quince días naturales a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol.
Tel.: 971177900
- Fax: 971176342