Requisitos
Profesorado de enseñanza secundaria y profesorado técnico de formación profesional que imparten ciclos formativos de
formación profesional en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación y ciclos formativos concertados en centros privados concertados.
Documentación a presentar
Para optar a las estancias formativas en empresas, los interesados deben presentar la documentación siguiente:
a. Solicitud de participación (anexo 2). Solo se admiten solicitudes originales y debidamente firmadas.
b. Proyecto formativo personal, de acuerdo con el anexo 3, que debe recoger, como mínimo, los apartados siguientes:
· Justificación del proyecto en relación con la actualización profesional
· Características de la empresa o entidad
· Objetivos de la estancia
· Contenidos y procesos de trabajo que se tratarán
· Programación de actividades
· Planificación de la estancia
c. Certificado de la secretaría del centro educativo donde está destinada la persona solicitante, de acuerdo con el anexo 4.
d. Copia compulsada del horario individual de la persona solicitante, que figura en el documento orgánico de centro (DOC).
e. Certificado de admisión de la empresa o entidad (anexo 5).
f. Documento de formalización de la estancia formativa (anexo 6).
g. Otros documentos:
· Solicitud de renuncia a participar en la convocatoria de estancias en empresas, si es el caso (anexo 7).
· Certificado de la empresa de la realización de la estancia formativa (anexo 8).
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Hasta el día 29 de enero de 2021.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Planificación y Participación
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta).
Tel.: 971177773
(oecaballero@dgfpieas.caib.es)