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La Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) tiene como principales objetivos reducir la presión fiscal indirecta de los contribuyentes y potenciar la lucha contra el fraude fiscal, con especial atención al servicio a la ciudadanía y a la implantación de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario.
Su gestión está fundamentada en los principios de objetividad, eficacia, eficiencia y transparencia, con una estructura organizativa ágil, flexible y de calidad, que responde a las necesidades de los ciudadanos, estimulándolos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y haciendo efectivos todos sus derechos y garantías.
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Deducciones fiscales que hay que tener en cuenta en la declaración de la renta (IRPF) de 2025
El Govern de les Illes Balears ha aprobado nuevas medidas fiscales y ha ampliado las que ya se aplicaban para ayudar a afrontar la situación actual de inflación y posibilitar un mayor poder adquisitivo a la ciudadanía de las Illes Balears.
Recomendación importante: antes de presentar la declaración, se recomienda revisar las posibles deducciones autonómicas aplicables según la situación personal y familiar de cada contribuyente.
En relación con las medidas ligadas al tramo autonómico del IRPF, cabe destacar que en esta campaña hay tres novedades fiscales:
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Nueva deducción para compensar hasta un 40 % —con un límite de 500 euros— los gastos de los propietarios de un inmueble ocupado ilegalmente o sobre el que se haya suspendido el lanzamiento porque el arrendatario se encuentra en situación de vulnerabilidad económica. Entre los gastos deducibles está el impuesto sobre bienes inmuebles; los suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones, o los gastos asociados a procedimientos judiciales para recuperar la posesión del inmueble.
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Los autónomos se equiparan a las familias numerosas y monoparentales en tres deducciones fiscales: por la adquisición de libros de texto, por gastos de conciliación relacionados con descendientes o acogidos menores de 6 años y por el arrendamiento de la vivienda habitual.
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Se incrementa al 30 % el límite máximo de renta en el caso de familias numerosas de categoría especial.
Otras deducciones autonómicas:
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Deducción de hasta 660 € por motivos de conciliación del 40 % de gastos de escoletes, centros de educación infantil, comedor o extraescolares para hijos menores de 6 años.
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Deducción de hasta 1.760 € para cursar estudios universitarios o de grado superior fuera de la isla de residencia habitual.
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Deducción por compra de libros de texto de hasta 220 € por hijo.
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Deducción de hasta 110 € por gastos de aprendizaje de idiomas extranjeros.
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Deducción máxima de 440 € por gastos de alquiler de vivienda por traslado temporal de residencia a otra isla del archipiélago.
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Deducción de 440 € por alquiler de vivienda habitual para determinados colectivos: menores de 36 años, personas con discapacidad y familias numerosas.
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Deducción del 50 % de inversiones por mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual, hasta una base máxima de 10.000 €.
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Deducción máxima de 440 € por gastos de seguros que cubran el impago de alquileres de vivienda.
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Deducción de 6.600 € por inversión en adquisición de empresas de nueva creación.
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Deducción de 13.200 € por inversión en sociedades con participación de centros de investigación o universidades.
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Deducción de hasta 165 € para personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
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Deducción por donaciones a entidades del tercer sector del 25 % sobre una base máxima de 165 €.
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Deducción de hasta 660 € por donaciones relativas a mecenazgo deportivo, cultural, científico...
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Deducción del 25 % por donaciones a determinadas entidades destinadas a I+D+I.
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Deducción del 25 % por donaciones en mecenazgo cultural, científico y tecnológico para los casos de proyectos o actividades culturales organizados por la CAIB y sus entes públicos.
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Deducción del 15 % por donaciones a entidades de fomento de la lengua catalana.
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Por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
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Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación.
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Por nacimiento.
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Por adopción.
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Por gastos derivados de la esclerosis lateral amiotrófica (ELA).
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Para el fomento del autoempleo.
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Por ocupación de plazas declaradas de difícil cobertura en las Illes Balears.
Además, la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB) ha puesto en marcha la campaña Renta Ágil, un servicio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que tiene como objetivo facilitar y agilizar la tramitación de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2025. Este servicio ofrece ayuda y asistencia personalizada a los contribuyentes para la confección y presentación de su declaración.
Este servicio se presta del 1 al 30 de junio de 2026 a través de 16 oficinas: 14 situadas en Mallorca, una en Menorca y otra en Formentera. Los contribuyentes pueden solicitar cita previa del 28 de mayo al 29 de junio, telefoneando al 971 767 676 o a través de Internet mediante el enlace SERVICIO RENDA ÁGIL.
Consulta toda la información actualizada a Deducciones autonómicas IRPF 2025 en las Illes Balears.
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