PATRÓN DE YATE
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a esta, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
Condiciones para su obtención:
- Ser mayor de 18 años.
- Poseer el título de patrón de embarcaciones de recreo.
- Aprobar el correspondiente examen teórico (test de 40 preguntas).
- Acreditar la realización de las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación.
- Acreditar la aptitud psicofísica (mediante certificado médico).
Més informació:
- Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre, ppor el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.