CAPITÁN DE YATE

Atribuciones básicas:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los limites específicos de navegación aplicables a estas, de acuerdo con sus caracteristicas técnicas.

Atribuciones complementarias:

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.

Condiciones para su obtención:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar en posesión del título de patrón de yate.
  • Aprobar el correspondiente examen teórico (test de 40 preguntas).
  • Acreditar la realización de las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación.
  • Acreditar la aptitud psicofísica (mediante certificado médico).

Información adicional: