CAPITÁN DE YATE
Atribuciones básicas:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
- Gobierno de motos náuticas, dentro de los limites específicos de navegación aplicables a estas, de acuerdo con sus caracteristicas técnicas.
Atribuciones complementarias:
- Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Condiciones para su obtención:
- Ser mayor de 18 años.
- Estar en posesión del título de patrón de yate.
- Aprobar el correspondiente examen teórico (test de 40 preguntas).
- Acreditar la realización de las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación.
- Acreditar la aptitud psicofísica (mediante certificado médico).
Información adicional:
- Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.