Acreditación de enfermeros para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano

 

El Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, modificado por el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, regula el procedimiento de acreditación de los enfermeros como requisito previo y necesario para el pleno desarrollo de la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos y no sujetos a prescripción médica, y de productos sanitarios de uso humano.
El artículo 2.2 del Real Decreto 954/2015, referido a la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios de uso humano, establece que para la ejecución de dichas actuaciones, tanto el enfermero responsable de curas generales como el enfermero responsable de curas especializadas serán titulares de la correspondiente acreditación emitida por el órgano competente de la respectiva comunidad autónoma de conformidad con lo establecido en este Real Decreto.


REQUISITOS Y TRÁMITES

El artículo 9 del mencionado R.D. establece los requisitos que tienen que cumplir los enfermeros/as para obtener la acreditación.

Documentación a presentar en el caso de enfermeros en el ámbito de las curas generales:

A) Copia del título de grado o diplomatura en enfermería.

B) Cumplir uno de los dos requisitos siguientes:

  • Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, acreditativo del cumplimiento de la experiencia profesional mínima de un año y un certificado de empresa que acredite la experiencia profesional como enfermero/a (mínima de un año).
  • Un certificado de la superación de un curso de adaptación adecuado, de acuerdo con el que dispone el artículo 9.1 del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, el uso y la autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Documentación a presentar en el caso de enfermeros/as en el ámbito de las curas especializadas:

A) Copia del título de grado o diplomatura en enfermería.

B) Copia del título de especialista.

C) Cumplir uno de los dos requisitos siguientes:

  • Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, acreditativo del cumplimiento de la experiencia profesional mínima de un año y un certificado de empresa que acredite la experiencia profesional como enfermero/a especialista (mínima de un año).
  • Un certificado de la superación de un curso de adaptación adecuado, de acuerdo con el que dispone el artículo 9.1 del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, el uso y la autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Forma de presentación:

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática, para poder hacer este tipo de trámite, deben disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

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Acceso al trámite telemático.

NOTA: La acreditación de los enfermeros que trabajen desde hace más de un año en el Servicio de Salud, tendrán que tramitar esta petición a través del portal de personal del IbSalut.


NORMATIVA

Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

 

CONTACTO

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