Registro de establecimientos y medios de transporte SANDACH (RES)

El Reglamento (CE) 1069/2009 establece la obligación que los operadores notifiquen los establecimientos o plantas bajo su control que intervengan en cualquier de las fases de generación, transporte, manipulación, procesamiento, almacenamiento, introducción en el mercado, distribución, uso o eliminación de subproductos animales y productos derivados, y establece un régimen de autorización para aquellas actividades recogidas al artículo 24.

El Real Decreto 1528/2012 crea el Registro de establecimientos, plantas y explotadores SANDACH, que está formado por los registros creados por las diferentes comunidades autónomas. Este Real Decreto establece en el anexo I los datos mínimos que las diferentes comunidades autónomas tienen que registrar en su ámbito territorial.

Se puede consultar la relación de los establecimientos registrados por sección a nivel nacional en la página web de los subproductos de origen animal no destinados al consumo humano del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para acceder a más información sobre el procedimiento del Registro de establecimientos y medios de transporte SANDACH en las Islas Baleares, clicáis aquí.