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INFORMACIÓN PARA LOS INQUILINOS

Requisitos de los inquilinos

  • Tener cinco años o más de residencia en las Illes Balears.
  • Contar con un máximo de ingresos anuales de 6,5 veces el IPREM ponderado (60.667 € para un inquilino y 68.250 € para dos inquilinos, importes que se irán actualizando anualmente de conformidad con la actualización del IPREM)
  • Como norma general, los inquilinos no ser propietarios ni titulares de un derecho real de uso y/o disfrute de una vivienda en la isla donde se quiere alquilar la vivienda.

    Excepcionalmente, se puede concurrir al proceso de adjudicación:

    - Si los titulares de una vivienda han perdido su uso como consecuencia de una sentencia firme de separación o divorcio y/o nulidad.
    - Si la propiedad o el derecho de uso y disfrute recae únicamente sobre un porcentaje inferior del 50 % de la vivienda y este se ha obtenido por herencia.
    - Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero acredita que el estado de la vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en la normativa vigente, siempre que las deficiencias no sean corregibles con soluciones constructivas que no afecten a la estructura del edificio y se acredite de forma fehaciente y a corto plazo que no puede conseguir financiación para hacerla habitable.
    - Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero acredita que la propiedad recae sobre una vivienda no adecuada a personas con movilidad reducida debidamente acreditada o bien en una vivienda que no se adecua a personas mayores de 65 años. Estos extremos se acreditarán mediante declaración responsable del propietario y comprobación por parte de los API.

  • No tener parentesco de hasta tercer grado con el propietario.
  • Contar con un avalista.
  • Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente durante la vigencia del contrato.
  • Ocupar la vivienda en el plazo de un mes desde la firma del contrato de alquiler.
  • Abonar el precio de alquiler puntualmente, la fianza (una mensualidad) y la garantía (una mensualidad).
  • Asumir los gastos de los servicios y suministros individualizados por contadores, o el importe de la estimación de consumo de agua comunitaria.
  • Abonar las pequeñas reparaciones a causa del uso ordinario.
  • Empadronarse en la vivienda alquilada.
  • Permitir la realización de visitas a la vivienda por parte del personal de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante el IBAVI, para poder inspeccionar en qué estado se encuentra la vivienda y qué uso se está haciendo.
  • Aportar la documentación que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante el IBAVI, pueda requerir durante la vigencia del contrato para poder comprobar el cumplimiento de todos los requisitos del programa.
  • Cumplir con todas las obligaciones que se prevén en el contrato de arrendamiento.
  • A la finalización, devolver la vivienda en buen estado de uso y conservación, en iguales condiciones en que accedió, a excepción del desgaste producido por el uso ordinario.
  • Pagar las tasas de residuos (incineradora).
  • No subarrendar ni permitir la residencia a personas que no figuren en el contrato ni destinarla a un número mayor de personas que el dispuesto en la cédula de habitabilidad.
  • El inquilino pagará un precio un 30% inferior al tasado.

    El Govern fija unos precios máximos de los alquileres que abonará a los propietarios, adaptados a la realidad de cada isla, sobre los cuales se aplicará la reducción de que se beneficiarán los inquilinos.

    El Govern fija un precio máximo de tasación, atendiendo la realidad de cada isla, de 1.500 € en Mallorca y Menorca y de 2.100 € en Ibiza y Formentera, situándose el precio a pagar por los inquilinos siempre por debajo de los 1.050 € en Mallorca y Menorca y de los 1.470 € en Ibiza y Formentera.

    Como ejemplos de la reducción de precio del alquiler del 30%:

    En el caso de un precio a abonar por la CAIB a los propietarios de 850 €, la reducción del 30% sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 595 €.

    En el caso de un precio de 1.000 €, la reducción del 30% sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 700 €.

    En el caso de un precio de 1.200 €, la reducción del 30% sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 840 €.

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