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PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿Cuáles son los objetivos de este programa?
  • Incentivar la salida al mercado de viviendas vacías para ofrecerlas a precios asequibles y aportar seguridad y confianza tanto a propietarios como inquilinos.
  • Aumentar la oferta de vivienda disponible en régimen de alquiler a precios accesibles para los ciudadanos residentes en las Illes, con la estimación de poder sacar al mercado en una primera fase entre 2.000 y 3.000 viviendas.
  • Reducir la incertidumbre y la inseguridad jurídica ante las ocupaciones e «inquiocupaciones».
¿Cuáles son las ventajas para los propietarios?
  • Garantía absoluta de cobro
  • Precios de mercado
  • Devolución del piso en las mismas condiciones
  • Importantes deducciones fiscales al IRPF
  • Contrato de alquiler de siete años
  • Varias modalidades de adelanto del cobro
¿Cuáles son los requisitos del propietario?
Requisitos del propietario
¿Cuáles son las obligaciones del propietario?
Obligaciones del propietario
¿Cuáles son los requisitos de los inquilinos?
Requisitos de los inquilinos
¿Cuáles son las ventajas para los inquilinos?
  • Precios accesibles
  • Buen estado del inmueble
  • Seguridad y confianza
¿Cuáles son los criterios?

El criterio objetivo para resolver la selección del arrendatario ante la concurrencia de pluralidad de personas posibles arrendatarias finales del Programa que hayan acreditado previamente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos al Programa y opten al arrendamiento de una misma vivienda, será la orden de prelación del número de registro de entrada de la solicitud.

Los colegiados Administrador de Fincas y Agente de la Propiedad Inmobiliaria que tramiten expedientes del Programa Alquiler Seguro dispondrá de un sistema que permita llevar un registro de entrada para poder identificar todas las solicitudes de arrendamiento presentadas al ámbito de este Programa ordenadas por fecha y hora de presentación. Al supuesto de pluralidad de personas que habiendo acreditado previamente el cumplimiento de todos los requisitos del Programa opten a un mismo inmueble y se encuentren en igualdad de condiciones, para resolver la selección del arrendatario, tendrà preferencia y se observará la orden de prelación del número de registro de entrada del respectivo expediente.

¿Puedo ser inquilino de una vivienda del programa «Lloguer Segur» si ya tengo una vivienda?

Como norma general, no.

Excepcionalmente, se puede concurrir al proceso de adjudicación:

  • Si los titulares de una vivienda han perdido su uso como consecuencia de una sentencia firme de separación o divorcio y/o nulidad.
  • Si la propiedad o el derecho de uso y disfrute recae únicamente sobre un porcentaje inferior del 50 % de la vivienda y este se ha obtenido por herencia.
  • Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero acredita que el estado de la vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en la normativa vigente, siempre que las deficiencias no sean corregibles con soluciones constructivas que no afecten a la estructura del edificio y se acredite de forma fehaciente y a corto plazo que no puede conseguir financiación para hacerla habitable.
  • Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero acredita que la propiedad recae sobre una vivienda no adecuada a personas con movilidad reducida debidamente acreditada o bien en una vivienda que no se adecua a personas mayores de 65 años. Estos extremos se acreditarán mediante declaración responsable del propietario y comprobación por parte de los API.
Si soy propietario y me quiero adherir al programa «Lloguer Segur», ¿tendré que realizar las pertinentes gestiones con el inquilino?

No. El Govern impulsa el programa «Lloguer Segur» en colaboración con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Illes Balears (COAPI) y el Colegio de Administradores de Fincas de las Illes Balears (CAFBAL), mediante convenios, como entidades colaboradoras para el desarrollo y la gestión del programa y la administración, la gestión y el seguimiento de los contratos de alquiler que se derivan.

Por lo tanto, el propietario no tendrá que realizar las gestiones con el inquilino.

Se me acaba de quedar vacía una vivienda de mi propiedad, ¿puedo adherirme al programa?
No. La vivienda deberá llevar vacía (con consumos mínimos de suministros) un mínimo de seis meses o no deberá figurar nadie empadronado en el último año.
Cumplo los requisitos como propietario, ¿qué vías de contacto tengo?
Debe comunicarse con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Illes Balears (COAPI) o el Colegio de Administradores de Fincas de las Illes Balears (CAFBAL) para poder adherirse al programa.
Cumplo los requisitos como inquilino, ¿qué vías de contacto tengo?
Debe comunicarse con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Illes Balears (COAPI) o el Colegio de Administradores de Fincas de las Illes Balears (CAFBAL) para poder alquilar un piso adherido al programa «Lloguer Segur».

 

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