Destinado a titulares de autorizaciones, a las cuales corresponda realizar el visado bianual.
La fecha para hacer el visado viene determinada por el último número del CIF/NIF y va en consonancia con el mismo número de mes del calendario. El mes de agosto es inhábil a la hora de visar, por lo cual los CIF/NIF acabados en 8, en 9 y en 0 se visarán en septiembre, octubre y noviembre, respectivamente.
En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representando, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.
La solicitud se tiene que hacer telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.
Los mismos que se tienen que tener para solicitar una NUEVA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE SANITARIO.
a) Certificados técnicos sanitarios en vigor.
b) Documento de ingreso de la tasa.