INCORPORACIÓN DE NUEVOS VEHÍCULOS A LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO
Transporte de mercancías en vehículos de más de 3.500 kg de M.M.A.
Para la adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de mercancías ya existente, así como la substitución de alguno de los ya adscritos.
En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, si no está acreditada en el sistema esta representación, antes de presentar la solicitud del interesado, la gestoría/representante deberá iniciar previamente un expediente de acreditación de representación de empresa, al que deberá adjuntarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.
La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Plataforma de gestión de las autorizaciones de transporte interior del Ministerio competente en transportes.
REQUISITOS:
1. El vehículo tiene que estar matriculado en España y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
2. La capacidad financiera de la empresa deberá de ser suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adscripción.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
a) En el caso de que se disponga el vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, se deberá aportar el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.
b) Ficha técnica y permiso de circulación del/de los vehículo/s.
c) El último Impuesto de Sociedades presentado por la empresa.
d) Documento de ingreso de la tasa.
e) Tasa certificado. Sólo para vehículos con una M.M.A. superior a 6 toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas, incluidas las cabezas tractoras, para la emisión del certificado a presentar ante de la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación i/o transferencia (art. 106 Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social).