CONVOCATORIA AYUDAS AL ALQUILER 2024

 

Fecha inicio solicitudes: 15 noviembre 2024 desde las 9:00h.

Fecha fin solicitudes: 15 diciembre 2024 hasta las 23:59h.

 

SUBVENCIÓn: 50% de la renTa de lA VIVIENDA habitual

MÁXIMO 3.000€ ANUALES

 


MÉTODO DE PRESENTACIÓN: PREFERENTEMENTE TELEMÁTICO


 

 

REQUISITOS:

  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda (en los términos de la LAU) en las Islas Baleares, de una duración mínima de un año.
  • La vivienda alquilada se debe destinar a residencia habitual y permanente de la persona arrendataria, quien deberá presentar un certificado o volante de empadronamiento donde deben constar las personas que residan en la vivienda, en la fecha de solicitud.
  • Los miembros de la unidad de convivencia deben tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deben disponer de la autorización de estancia o residencia en España.
  • La renta máxima del alquiler debe ser igual o inferior a 900€ mensuales.
  • Las personas inquilinas deben estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de solicitar la ayuda.
  • Todas las personas que residan en la vivienda no deben superar, conjuntamente, el límite de ingresos máximos (según la tabla siguiente):

 

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

En el momento de la solicitud debe disponer de la documentación siguiente:

  1. PDF Solicitud cumplimentada y firmada (en caso de presentación presencial).
  2. PDF Anexo 1 cumplimentado y firmado.
  3. PDF Anexo 2 cumplimentado y firmado.
  4. PDF Anexo 3 cumplimentado y firmado (si es necesario).
  5. PDF Anexo 4 cumplimentado y firmado (si es necesario).
  6. PDF Anexo 5 cumplimentado y firmado (si es necesario).
  7. Documento acreditativo de las facultades de representación, si es necesario.
  8. Contrato de alquiler completo, en vigor y firmado por las partes.
  9. Certificado del Registro de la Propiedad.
  10. Volante colectivo de empadronamiento en la vivienda objeto de la subvención.
  11. Justificantes acreditativos del pago de las rentas mensuales a través de una entidad financiera o de crédito.
  12. Título de familia numerosa, si es necesario.
  13. Declaración administrativa del grado de discapacidad reconocido, si es necesario.
  14. Declaración administrativa por la que se reconoce que la persona beneficiaria es victima de terrorismo o de violencia de género, si es necesario.
  15. Documento acreditativo de tener residencia legal en España, en el caso de extranjeros.

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE!
  1. La SOLICITUD se debe presentar cuando se tengan todos los documentos requeridos recopilados.
  2. Es IMPORTANTE que, antes de finalizar el trámite, se compruebe haber adjuntado todos estos documentos.
  3. Una vez finalizado el trámite, NO se puede volver a acceder. Se deberá empezar de nuevo y volver a adjuntar todos los documentos.

 

A TENER EN CUENTA:

Todos los anexos que se presenten tienen que estar correctamente rellenados y firmados.

Solo se admitirán recibos de pago oficiales, emitidos por una entidad financiera o de crédito. En este justificante bancario ha de constar la siguiente información:

  • Identificación del arrendador o arrendadora que efectua el pago de la renta.
  • Identificación y cuenta bancaria de la persona arrendadora o autorizada que recibe la renta.
  • Concepto de renta que especifique a qué mes corresponde.
  • Importe de la renta.
  • Fecha del pago.

El nombre del beneficiario de la ayuda debe corresponderse con el arrendador del contrato o con el propietario. En caso contrario se tiene que presentar una autorización del arrendador.