Comunicación de apertura o reanudación de actividad en los centros de trabajo
Comunicación de los datos relativos a la apertura de un centro de trabajo, o de reanudación de actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
Código SIA
207931
Personas destinatarias
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice.
En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del RD1627/1997, de 24 de octubre, por el que se estyablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas.
Plazo máximo para la resolución y notificación
No hi ha resolució. Si no es comuniquen defectes, la comunicació s'ha d'entendre realitzada en el moment del seu registre
Silencio administrativo
Positivo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Documentos relacionados con el procedimiento
- Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción